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                                                                                                                                  Nicaragua podrá juzgar a quienes desde el exterior actúen contra el Gobierno

                                                                                                                                  La reforma al Código Penal nicaragüense, avalada dentro del Parlamento, establece unas leyes aplicables a nacionales o extranjeros que hayan cometido fuera del país algunos de los siguientes delitos: lavado de activos, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, así como crimen organizado, entre otros.

                                                                                                                                  Fotografía de archivo del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, durante la Cumbre ALBA, en el Palacio de Miraflores, en Caracas, Venezuela.
                                                                                                                                  Foto: EFE - Miguel Gutiérrez

                                                                                                                                  La Asamblea Nacional de Nicaragua reformó este martes el Código Penal con el cual se allana el camino para enjuiciar a las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o extranjeras, que cometan fuera del territorio nacional delitos contra la administración pública, el Estado o sus instituciones, ciberdelitos, entre otros. La reforma penal, propuesta por el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, fue aprobada por 88 de los 91 diputados que integran el Parlamento.

                                                                                                                                  Esa iniciativa reformó 27 de los 568 artículos del Código Penal, entre ellos uno que establece que las leyes penales de Nicaragua serán también aplicables a los nicaragüenses o extranjeros que hayan cometido fuera del territorio nacional algunos de los siguientes delitos: lavado de activos, terrorismo y su financiamiento, proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, así como crimen organizado.

                                                                                                                                  También aparecen en la lista delitos contra la administración pública, contra el Estado o sus instituciones, ciberdelitos o cualquier otro que pueda ser perseguido en Nicaragua, conforme los instrumentos internacionales ratificados por el país, entre otros. Las penas por esos delitos, según la reforma, van desde las privativas de libertad, decomiso de bienes o activos y multa. En los casos de encarcelamiento, en casos de delitos graves, las penas serán hasta de prisión perpetua revisable.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Durante el debate en el pleno, los diputados sandinistas Carlos Emilio López y Edwin Castro defendieron esa reforma bajo el argumento de que fortalece el ordenamiento jurídico nicaragüense y la labor de las instituciones encargadas del enfrentamiento a la criminalidad organizada transnacional.

                                                                                                                                  “Con esta reforma les estamos autorizando a los judiciales el decomiso de bienes lícitos, entre comillas, de estas personas, sean naturales o jurídicas condenados, para resarcir a la sociedad por el delito cometido”, dijo Castro, quien es vicepresidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos. “Creo que es justo y es necesario, que es importantísimo y es, además, disuasivo” decomisar bienes a personas jurídicas que cometan delitos, agregó.

                                                                                                                                  En el caso de personas jurídicas, la enmienda establece que se impondrán penas de multa, decomiso y clausura de locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder los cinco años. También la prohibición temporal o definitiva de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. La prohibición temporal no podrá exceder la misma cantidad de años.

                                                                                                                                  Asimismo, la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, así como la prohibición para contratar con el sector público, o para gozar de beneficios o incentivos fiscales por un plazo que no podrá exceder de cinco años. Además, la intervención judicial, a fin de salvaguardar los derechos de los trabajadores del Estado, acreedores y terceros por un plazo que no podrá exceder los mismos años, y la disolución de la persona jurídica.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Previo a la aprobación de esa reforma penal, dirigentes opositores y abogados nicaragüenses en el exilio opinaron que el presidente Ortega busca enjuiciar en ausencia a los nicaragüenses críticos a su gestión.

                                                                                                                                  “Esta reforma no solo busca ampliar la capacidad del régimen para perseguir a los opositores dentro de Nicaragua, sino que también extiende su alcance más allá de las fronteras nacionales, convirtiéndose en un arma de represión transnacional”, dijo en un análisis el dirigente opositor desnacionalizado Félix Maradiaga.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Según él, la reforma da luz verde para “juzgar y confiscar los bienes de aquellos que se encuentran en el exilio, ampliando su capacidad para silenciar a la oposición en cualquier lugar del mundo”.

                                                                                                                                  “No es simplemente una nueva ley, es una declaración de guerra contra todos aquellos que desafíen al régimen, estén donde estén”, argumentó Maradiaga, que es politólogo, académico y activista, que auguró un mayor número de personas privadas de su nacionalidad y de sus bienes. Para el exdiputado opositor y abogado nicaragüense exiliado Eliseo Núñez, ahora cualquier persona acusada por los delitos señalados podría ser sentenciado a cadena perpetua, y en ausencia.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  👀🌎📄 ¿Ya se enteró de las últimas noticias en el mundo? Invitamos a verlas en El Espectador.

                                                                                                                                  Si le interesa algún tema internacional, quiere enviarnos una opinión sobre nuestro contenido o recibir más información, escríbanos al correo mmedina@elespectador.com o aosorio@elespectador.com

                                                                                                                                  Fotografía de archivo del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, durante la Cumbre ALBA, en el Palacio de Miraflores, en Caracas, Venezuela.
                                                                                                                                  Foto: EFE - Miguel Gutiérrez

                                                                                                                                  La Asamblea Nacional de Nicaragua reformó este martes el Código Penal con el cual se allana el camino para enjuiciar a las personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o extranjeras, que cometan fuera del territorio nacional delitos contra la administración pública, el Estado o sus instituciones, ciberdelitos, entre otros. La reforma penal, propuesta por el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, fue aprobada por 88 de los 91 diputados que integran el Parlamento.

                                                                                                                                  Esa iniciativa reformó 27 de los 568 artículos del Código Penal, entre ellos uno que establece que las leyes penales de Nicaragua serán también aplicables a los nicaragüenses o extranjeros que hayan cometido fuera del territorio nacional algunos de los siguientes delitos: lavado de activos, terrorismo y su financiamiento, proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, así como crimen organizado.

                                                                                                                                  También aparecen en la lista delitos contra la administración pública, contra el Estado o sus instituciones, ciberdelitos o cualquier otro que pueda ser perseguido en Nicaragua, conforme los instrumentos internacionales ratificados por el país, entre otros. Las penas por esos delitos, según la reforma, van desde las privativas de libertad, decomiso de bienes o activos y multa. En los casos de encarcelamiento, en casos de delitos graves, las penas serán hasta de prisión perpetua revisable.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Durante el debate en el pleno, los diputados sandinistas Carlos Emilio López y Edwin Castro defendieron esa reforma bajo el argumento de que fortalece el ordenamiento jurídico nicaragüense y la labor de las instituciones encargadas del enfrentamiento a la criminalidad organizada transnacional.

                                                                                                                                  “Con esta reforma les estamos autorizando a los judiciales el decomiso de bienes lícitos, entre comillas, de estas personas, sean naturales o jurídicas condenados, para resarcir a la sociedad por el delito cometido”, dijo Castro, quien es vicepresidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos. “Creo que es justo y es necesario, que es importantísimo y es, además, disuasivo” decomisar bienes a personas jurídicas que cometan delitos, agregó.

                                                                                                                                  En el caso de personas jurídicas, la enmienda establece que se impondrán penas de multa, decomiso y clausura de locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder los cinco años. También la prohibición temporal o definitiva de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. La prohibición temporal no podrá exceder la misma cantidad de años.

                                                                                                                                  Asimismo, la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, así como la prohibición para contratar con el sector público, o para gozar de beneficios o incentivos fiscales por un plazo que no podrá exceder de cinco años. Además, la intervención judicial, a fin de salvaguardar los derechos de los trabajadores del Estado, acreedores y terceros por un plazo que no podrá exceder los mismos años, y la disolución de la persona jurídica.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Previo a la aprobación de esa reforma penal, dirigentes opositores y abogados nicaragüenses en el exilio opinaron que el presidente Ortega busca enjuiciar en ausencia a los nicaragüenses críticos a su gestión.

                                                                                                                                  “Esta reforma no solo busca ampliar la capacidad del régimen para perseguir a los opositores dentro de Nicaragua, sino que también extiende su alcance más allá de las fronteras nacionales, convirtiéndose en un arma de represión transnacional”, dijo en un análisis el dirigente opositor desnacionalizado Félix Maradiaga.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  “No es simplemente una nueva ley, es una declaración de guerra contra todos aquellos que desafíen al régimen, estén donde estén”, argumentó Maradiaga, que es politólogo, académico y activista, que auguró un mayor número de personas privadas de su nacionalidad y de sus bienes. Para el exdiputado opositor y abogado nicaragüense exiliado Eliseo Núñez, ahora cualquier persona acusada por los delitos señalados podría ser sentenciado a cadena perpetua, y en ausencia.

                                                                                                                                  No ad for you

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