Último llamado para migrantes en Colombia: hay que regularizarse ya

Existe un pequeño porcentaje de migrantes que todavía no han hecho el proceso para obtener el Estatuto Temporal de Protección para Venezolanos (ETPV). Para estas personas, el llamado es a realizar los trámites cuanto antes. Acá les resolvemos las preguntas más frecuentes alrededor del tema.

08 de abril de 2022 - 11:00 a. m.
El 76,66 % de la población migrante venezolana ya fue agendada para el registro biométrico, en el marco del ETPV.
El 76,66 % de la población migrante venezolana ya fue agendada para el registro biométrico, en el marco del ETPV.
Foto: Gustavo Torrijos - Gustavo Torrijos Zuluaga
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La población migrante entra en una carrera contrarreloj: los plazos para acogerse al Estatuto Temporal de Protección para Venezolanos (ETPV) están a la vuelta de la esquina. Medios de comunicación, ONG, organizaciones de la sociedad civil, pero sobre todo el Gobierno Nacional, están haciendo todo lo posible para comunicar las vías de acceso a la regularización y las razones por las que esta es la mejor opción para quienes eligieron una vida en Colombia.

El saldo, por ahora, es positivo: en la semana 48 de la implementación del ETPV ya se contaba con el 58,52 % de los migrantes con el registro biométrico finalizado, con 859.404 permisos aprobados y 646.198 entregados. El 76,66 % de la población migrante ya fue agendada para el registro biométrico. Hay un pequeño porcentaje que todavía no ha hecho el proceso, y es a quienes les decimos con urgencia que hay que completar el trámite ya.

Marcos Muleth Jiménez, abogado nacional en el área de acceso a recursos legales para población migrante, refugiada y desplazada de la Corporación Opción Legal, y Lucía Ramírez, coordinadora de Investigaciones en los temas de Migración y Venezuela en Dejusticia, nos ayudaron a resolver las dudas más comunes de la población migrante frente al Estatuto.

¿Todavía hay plazo para comenzar el registro para el ETPV?

Sí. Como lo establece el Decreto 216 de 2021, la población migrante todavía tiene tiempo para registrarse al ETPV. Es importante diferenciar quiénes son las personas beneficiarias para revisar los plazos que cada grupo tiene, pero una cosa es segura: hay que comenzar el proceso pronto, pues las fechas límites se acercan. Estos son los beneficiarios:

1) La población migrante en situación irregular que estaba establecida en Colombia antes del 31 de enero de 2021. Estas personas son las que tienen que correr a hacer el registro, si no han comenzado con su proceso ya, pues les queda poco menos de dos meses para hacerlo.

2) Aquellas personas solicitantes de refugio que no han recibido respuesta sobre su aplicación.Las personas que ya contaban con un documento como el Permiso Especial de Permanencia (PEP) pueden hacer un tránsito al ETPV, ya que les ofrece más beneficios.

3) Las personas que ingresen al país de manera regular, es decir, por un punto fronterizo autorizado con su pasaporte sellado, entre el 29 de mayo de 2021 y el 28 de mayo de 2023.

Esta última salvedad se adoptó teniendo en cuenta el principio de la unidad familiar. Los núcleos de familias venezolanas no siempre viajan juntos y se separan. Las autoridades continúan estudiando formas para que las familias se reúnan. Quienes están en Venezuela todavía y quieren viajar a Colombia a reencontrarse con sus familias y establecerse en el país como regulares, podrán hacerlo hasta el próximo año, siempre y cuando cumplan con las anteriores condiciones: pasaporte en regla y paso por un punto fronterizo autorizado.

A las personas del primer grupo se les pide una prueba sumaria, ¿qué es eso y cómo funciona?

El primer grupo beneficiario del Estatuto, las personas que se encontraban en el país antes del 31 de enero de 2021, tienen que demostrar que estaban en territorio nacional a través de un documento que se llama prueba sumaria.Este es cualquier documento que acredite algo y que no ha sido controvertido. Migración Colombia ha fijado elementos para considerar qué pruebas van a ser consideradas como válidas. Hay tres tipos de pruebas sumarias:

1) Un documento expedido por una autoridad colombiana que, en el marco de sus competencias, pueda acreditar que una persona estaba en el territorio nacional antes de una fecha. Esto puede ser, por ejemplo, un trámite hecho ante una comisaría de familia.

2) El segundo tipo de documento es uno expedido por una persona jurídica, que tiene que estar firmado por un representante legal. Por ejemplo: un contrato laboral o de arrendamiento que acredite que el nacional venezolano o venezolana estaba antes de esta fecha.

3) La tercera posibilidad es una declaración extrajudicial notariada de una persona natural colombiana que certifique que la persona venezolana estaba antes del 31 de enero de 2021.

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Esta última es la opción más sencilla para quienes no tengan la posibilidad de presentar las primeras dos opciones. Pueden buscar a una persona natural colombiana que haga la declaración. En la página de Migración hay un modelo de la declaración que se tiene que presentar, en el cual deben quedar claros los datos de identificación de la persona colombiana que acredita cuál relación tiene con la persona migrante y declarar que esta se encontraba en el plazo requerido. El documento no tiene que estar autenticado en una notaría.

Hay otros documentos que podrían servir como una historia clínica o constancias escolares, pero ojo: cada prueba es individual y acredita la permanencia de una persona y no se extiende a su núcleo familiar. Es decir, si presenta la certificación de que su hijo estaba estudiando en el colegio, esta no le sirve a usted, a menos de que las directivas del colegio expidan un documento que pruebe que usted era el acudiente del menor y se encontraba en el país, según Opción Legal.

¿Cuáles son las barreras para acceder?

Hay comunidades donde no hay una conexión estable a internet o no tienen un teléfono móvil que les permita hacer el proceso. Migración Colombia tiene “Centros visibles”, que buscan apoyar a quienes tienen esas brechas tecnológicas, y otras instituciones como las personerías en algunas ciudades también prestan asesoría. Ojo: Migración informa que la razón por la que algunos permisos no han sido aprobados es porque las personas incluyeron información que no se puede validar.

Por ejemplo: ponen una foto de jóvenes en el registro y en la cita biométrica se toman una en la que ya son adultos, así que no coinciden, o sus correos electrónicos no son válidos o se registraron en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) con documentos diferentes al que presentaron en la cita en el biométrico. Hay que prestarles atención a los detalles para que el permiso sea aprobado.

¿Qué beneficios trae la regularización?

Primero, el permiso le otorga a la población migrante la posibilidad de acceder a ocupaciones legales, es decir, trabajar de manera formal. Se ha identificado que por la situación de irregularidad migratoria, miles de migrantes están trabajando de manera informal. Esta será una gran oportunidad para el desarrollo de la población y el desarrollo económico del país.

En segundo lugar, el acceso al sistema de salud. Es un servicio y un derecho que para las personas migrantes, por no estar regularizadas, han encontrado grandes barreras para acceder a este. El documento se constituye como un documento válido para afiliarse al sistema de salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, cumpliendo con las condiciones para estar en uno o en otro.

A su vez, el documento le da acceso al sistema de educación. Es un gran avance respecto a regulaciones anteriores. Con el permiso no solo podrán acceder a educación básica, sino a todos los tipos de educación, incluida la superior.

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Se permite también el acceso al sistema financiero. En sí, el documento no constituye una garantía para que la persona pueda acceder a un crédito, pero sí habilita a la persona para que pueda adquirir una cuenta bancaria a solicitar créditos.

También es importante reconocer que es un documento que permite a las personas migrantes entrar y salir del territorio nacional de manera regular. Esto es muy valioso, pues se ha identificado que la población migrante, por carecer de documentos de viaje, se ha expuesto a movimientos en puestos irregulares, como las llamadas trochas. En caso de salir del país, cabe resaltar, no pueden exceder un período de 180 días en el exterior, pues esto constituye una causal de cancelación del permiso. La salida no puede ser indefinida.

¿Cuáles son los derechos y deberes laborales de la población migrante en Colombia?

Para poder vincularse a un trabajo es necesario tener un documento de regularización. De entrada, esto nos supone la primera obligación. Con respecto al proceso de contratación, los empleadores van a comprobar que la persona tenga el permiso. Quienes cuenten con un PEP, todavía podrán usarlo hasta 2023.

Luego vienen unas obligaciones para el contratante, quien tiene que registrar a sus empleados extranjeros en el Sistema de Reporte de Extranjeros (Sire) y en el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (Rutec), dos plataformas que se usan para recopilar la información de extranjeros e identificar las formas de contratación.

Estas operaciones ya las realizan con frecuencia sectores como hotelería y turismo, y salud. Pero las pequeñas y medianas empresas no están acostumbradas al proceso y puede que tengan desconocimiento de este trámite. No hacerlo puede traducirse en sanciones a los empleadores, por lo que es muy importante recordarles el proceso.En cuanto a los derechos, es importante que la población migrante, pero sobre todo la local, entienda que con el Estatuto se va a reconocer el principio de igualdad. No significa que van a tener más derechos y garantías laborales que los colombianos, sino que van a entrar al mercado laboral en las mismas condiciones, como debe ser en una sociedad justa.

¿Cuáles son las rutas para acceder al sistema de salud?

El primero es que, desde 2020, la Corte Constitucional dejó claro que los niños y niñas nacidos en Colombia y que sus padres son venezolanos tienen una afiliación automática al sistema subsidiado de salud. La responsabilidad de esa afiliación es de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud donde nace este niño o niña.

El segundo caso es que la persona tiene PPT y tiene un contrato laboral o trabaja de forma independiente, pero tiene la capacidad económica y puede hacer o hace el aporte a salud, este caso, es decir, hacer parte del Régimen Contributivo y este y su familia pueden acceder a los servicios de salud. Con contrato laboral la empresa hace la afiliación, en caso de ser independiente la persona se debe acercar a las EPS.

El tercer caso es si tiene PPT y no tiene contrato de trabajo ni capacidad de pago. la persona puede hacer la afiliación al régimen subsidiado. La afiliación es frente a una Entidades Promotoras de Salud según el departamento donde se encuentre, la persona solicita y llena el formulario de afiliación y esto toma cerca de un mes. Ya afiliada la persona, y pudiendo acceder a los servicios de salud, tiene cuatro meses para acercarse a la alcaldía municipal y solicitar que se le aplique la encuesta del Sistema de Identificación de Potenciales

Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén). Esto es para demostrar la vocación de permanencia en el municipio.El cuarto caso -que es el más complejo- es el de condición irregular, cuando las personas solo tengan derecho a la atención por urgencias y Mercy Corps está apoyando con servicios no urgentes a la población migrante en Antioquia y Bolívar.

También hay estándares fijados por la Corte Constitucional que establecen estándares para brindar atención más allá de urgencias en algunos casos en específico, como es el caso de niños, niñas y adolescentes. Por ejemplo, personas con enfermedades catastróficas o de tipo ruinoso. Jurídicamente, se han fijado unos lineamientos. En el caso de madres gestantes también se ha reconocido la atención en todo el proceso de gestación del parto, independientemente de su estatus migratorio.

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¿A qué tiene derecho la población migrante en materia de educación?

Hay que diferenciar entre niños, niñas y adolescentes. Independientemente de su estatus migratorio, a estas personas se les debe garantizar el acceso al sistema educativo, así no se puedan acoger al Estatuto por alguna razón, pues la educación es una parte fundamental del desarrollo infantil. Caso contrario a lo que pasa con los adultos. Había una barrera con la población estudiantil que se encontraba en el grado once y se iban a graduar del bachillerato. Sin un documento de identificación, a estas personas se les dificultaba graduarse. El permiso rompe esta barrera y le permitirá a la población estudiantil graduarse.

En el caso de las personas adultas, el permiso les permitirá el acceso a la educación superior. Se está planteando que se pueda incluir en un futuro a esta población migrante al programa Generación E que facilita becas para acceder a la educación superior. Estas recomendaciones deberán ser abordadas por los futuros gobiernos. Básicamente, con el permiso, la población migrante adulta podrá acceder a universidades públicas y privadas y a la formación que ofrece el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), que ofrece programas técnicos.

¿Cómo apostillar un título de Venezuela en Colombia?

Es una de las dudas más frecuentes. Para quienes ya cuentan con un título profesional, validar el documento en Colombia ha sido todo un reto por la dificultad que hay para apostillar el título en Venezuela. Hay que diferenciar conceptos: la apostilla es una especie de sello que da el país donde se realizaron los estudios de pregrado o posgrado, que acredita que el programa es real y la persona cumplió con este. Dada la crisis institucional en Venezuela, cumplir con este requisito es muy difícil y cuando las personas llegan a Colombia no pueden iniciar el trámite ante el Ministerio de Educación, que es el que realiza la convalidación del apostillado.

La comunidad migrante desconoce que a embajada del gobierno interino de Juan Guaidó en Colombia hizo un convenio con la Cancillería que les va a permitir apostillar sus títulos en el país. La embajada certifica el título, entrega la apostilla y ya con eso la persona puede iniciar el proceso frente al Ministerio de Educación.

Hay, sin embargo, una barrera: los costos del proceso de convalidación, que puede costar entre $600 mil y $700 mil. No todas las personas provenientes de Venezuela cuentan con los recursos para costear el trámite, por lo que la recomendación es que se establezcan unas tarifas diferenciadas dependiendo del estatus socioeconómico de la persona. La convalidación de títulos ofrece la oportunidad de que la población migrante se integre al mercado laboral en sus áreas de experticia, lo que contribuye no solo a la mejora en las condiciones de vida de estas personas, sino también al país.

Si quiero abrir una cuenta bancaria y no me lo permiten, ¿qué hago?

Es otra de las dudas más frecuentes. Con el Estatuto, las personas migrantes no necesitan un documento complementario para hacer sus trámites. Migración Colombia ha trabajado en que sea un documento con códigos, sellos de calidad y filtros de seguridad que garantiza que sea un documento real de identificación de las personas. En ese sentido, basta con que la persona acuda a la entidad financiera para que le abran la cuenta.El problema es que entidades, o funcionarios de estas entidades, desconocen todavía la norma. Por eso les solicitan a las personas un pasaporte, porque era lo que normalmente se exigía.

La recomendación es que acuda a alguno de los lugares que brinda acompañamiento jurídico, como la corporación Opción Legal, donde se puede elaborar una petición en la que se le explique a la entidad financiera cuál es el nuevo marco legal. Sin embargo, no es necesario que busque un abogado. La Superintendencia Financiera expidió la carta circular 71 del año 2021, en la cual les indican a estas entidades que este es un documento perfectamente válido. Puede presentarle la circular a la entidad financiera, si esta no le permite abrir una cuenta de ahorros.

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