EE explica: ¿Por qué es necesario tipificar el feminicidio en México?

El brutal asesinato de Ingrid Escamilla reactivó la indignación por la violencia contra la mujer en México, cuyas cifras son alarmantes. Días antes, el fiscal general, Alejandro Gertz Manero, insinuó una propuesta polémica para el país: eliminar el delito del feminicidio de la legislación. Expertos apunta que, en el contexto nacional, este sería un terrible retroceso.

redacción internacional
13 de febrero de 2020 - 12:40 a. m.
Según cifras oficiales, cerca de 3000 mujeres fueron asesinadas en el país solo en 2019. De estos casos, más de 700 fueron catalogados como feminicidios. / Manuel Velásquez - Agencia Anadolu
Según cifras oficiales, cerca de 3000 mujeres fueron asesinadas en el país solo en 2019. De estos casos, más de 700 fueron catalogados como feminicidios. / Manuel Velásquez - Agencia Anadolu
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México se sacude de nuevo por un terrible caso de violencia contra la mujer. Ingrid Escamilla, de 25 años, fue asesinada brutalmente a puñaladas por su pareja, Erick Francisco Robledo, al norte de Ciudad de México el pasado domingo. Robledo confesó ante las autoridades mexicanas que la mujer lo había amenazado con atacarlo con un cuchillo antes de que él la matara con el mismo. Tras el asesinato, el homicida descuartizó el cuerpo de la joven y trató de deshacerse de ellos llevándolos a una cloaca pública. Su declaración fue grabada por la policía y, en un acto que generó indignación en redes sociales, fue divulgada junto con imágenes de la víctima por los mismos oficiales. El hecho se presentó tan solo pocos días después de que el fiscal general, Alejandro Gertz Manero, insinuó un cambio en la legislación para debatir la tipificación del feminicidio. Le puede interesar: Su pareja la asesinó y la Policía filtró las fotos del crimen

Según Gertz Manero, la tipificación actual de “feminicidio” hace que sea difícil la judicialización de los homicidas, por lo que considera mejor para el sistema del país y para “la defensa de las mujeres” que los asesinatos de mujeres no se traten como feminicidios sino como “homicidios con agravantes”. Su declaración, en medio de un país donde los asesinatos de mujeres crecieron 111% en los últimos cuatro años, despertó fuertes críticas.

“Parece un asunto superado, pero preocupa que a estas alturas el fiscal plantee esta iniciativa. Desconoce las razones por las que se tipificó el feminicidio, no es solo algo legal, sino el reconocimiento del contexto de violencia que se visibilizó desde la década de 1990 en Ciudad Juárez. A pesar de que llevamos varias décadas con estas demandas, el número de víctimas mortales no ha hecho más que crecer”, dice Ana Yeli, Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios de México.

En la actualidad, el artículo 325 del Código Penal Federal de México establece siete supuestos con los que se acredita que un homicidio puede ser tipificado como un delito por razones de género (feminicidio). Estos son que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, que se le han infringido lesiones o mutilaciones degradantes, que entre el asesino y la víctima hubiera una relación afectiva, la existencia de amenazas, acoso, que haya sido incomunicada previamente a su muerte y que su cuerpo haya sido en un lugar público. En caso de no cumplirse estas reglas, el homicida se juzgará de acuerdo con las reglas del homicidio. La tipificación del delito de feminicidio se incorporó al Código Penal en 2012, luego de la ola de denuncias de asesinatos a mujeres desde 1993. Pero ¿por qué fue importante la tipificación de este delito?

“La tipificación del feminicidio es importante no sólo porque reconoce y evidencia un tipo específico de violencia que surge de una problemática estructural y sistemática que conocemos como violencia de género, de acuerdo con el Inmujeres (Instituto Nacional de las Mujeres), también es esencial en la búsqueda de un sistema penal que garantice los derechos de las mujeres y niñas en México”, escribe Ana Karen García, analista del diario El Economista de México.

Según comenta García, eliminar el tipo penal del feminicidio, como lo insinúa el fiscal general, significaría un retroceso en términos de Derechos Humanos y en el sistema de justicia nacional. Lucía Melgar, experta en materia de género e igualdad social, agrega que “si no se diferencia legalmente un feminicidio de un homicidio violento o agravado contra mujeres tampoco se observan los motivos por los cuales fue cometido y, como consecuencia, no se castiga de la manera adecuada”. La experta coincide en que, si bien es cierto que no todos los asesinatos de mujeres son feminicidios, es relevante tipificar el delito como feminicidio por su carácter de violencia de género.

“No es lo mismo un homicidio contra una mujer cometido con arma de fuego en un ataque relacionado con el narcotráfico o la inseguridad pública que el asesinato de una mujer que fue previamente abusada sexualmente y cuyo agresor es su pareja”, dice Melgar.

Para el Instituto Nacional de las Mujeres con sede en México, aún hay trabajo por hacer y los pasos a seguir no son dar un retroceso al pasado eliminando la tipificación del feminicidio, sino capacitar de manera efectiva a los involucrados en los procesos de justicia para mejorar el sistema penal. “Eliminar la tipificación del feminicidio en el Código Penal implicaría retrocesos en materia de Derechos Humanos, igualdad social e impartición de justicia, además de que afectaría el trabajo de miles de mujeres por evidenciar la estructura sistemática de la violencia de género”, destaca García.

Por redacción internacional

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