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Un caso de un aborto que se practicó con siete meses de embarazo una mujer en Popayán, alegando problemas para su salud mental, mientras que su pareja había emprendido una campaña para que no se llevara a cabo el procedimiento, y ahora busca llevar a la cárcel a su exnovia, ha encendido de nuevo el debate sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Colombia.
El procedimiento fue realizado por Profamilia, que este miércoles a través de una rueda de prensa argumentó que la IVE se le realizó a la mujer porque se ajustaba a las tres causales en la legislación colombiana, bajo la sentencia C-355 de 2006. Esta ley establece que el aborto solo está permitido en caso de violación, por malformación del feto incompatible con la vida y por peligro para la salud o la vida de la mujer.
“Profesionales de Profamilia atendieron a la señora, identificando y certificando que se encontraba bajo una de las tres causales despenalizadas. Los profesionales ofrecieron asesoría integral sobre las opciones con las que ella contaba. Tras su decisión libre e informada, Profamilia procedió con la interrupción voluntaria del embarazo”, informó la entidad.
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Poco se sabe del caso, salvo que la pareja se había separado poco después de que la mujer quedara embarazada. Sin embargo, el hombre ha hecho una fuerte campaña defendiendo “su derecho a ser padre”. Su manifestación ha hecho eco en movimientos religiosos y organizaciones en contra del aborto, que han cuestionado el actuar de la mujer y de Profamilia y se han movilizado en contra de la entidad.
En Colombia se dan entre 300.000 y 400.000 abortos por año, en su mayoría ilegales, y se estima que el 34 % de los casos son de madres solteras cabeza de hogar. En medio de este complejo panorama, la demanda de los hombres por verse más involucrados en la planificación y reproducción ha aumentado en los últimos veinte años, aunque de manera muy incipiente.
Y es que casos como el de Popayán no son únicos no solo en Colombia, sino en el mundo. El “derecho a ser padre”, como al que alude este hombre, es un tema del que se ha debatido por años. Un derecho que, dicho sea de paso, no está estipulado en la legislación colombiana.
Por un lado, están las mujeres que reclaman su derecho a decidir sobre sus propios cuerpos, pues si bien en la fecundación hombre y mujer aportan por igual, son ellas las que deben lidiar con el embarazo y todo lo que esto conlleva, en especial los cambios físicos y emocionales.
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Pero, por otro lado, están los hombres que reclaman un papel más activo en esta toma de decisiones, como es el caso del hombre de Popayán. Activistas de los derechos de los hombres argumentan que deberían tener poder de veto sobre las decisiones de sus parejas de abortar.
Y volviendo al caso de Popayán, de acuerdo con Viviana Bohórquez, abogada y experta en temas de derechos para las mujeres, este supuesto “derecho a la paternidad” no existe en la jurisprudencia colombiana, por lo que este caso no debería ser motivo de discusión.
“La paternidad o la maternidad se ejerce solo desde el momento en el que el feto haya nacido. La ley establece que ninguna persona puede decidir por la salud sexual de otra, ni siquiera los padres y mucho menos la pareja”, explica Bohórquez a El Espectador.
La abogada explica que en el mundo hay varios regímenes jurídicos para el aborto y en Colombia hay un sistema de aborto por “causales”, que establece la IVE en tres casos explícitos. Esto significa que, a diferencia de otros países, en Colombia no hay un límite de semanas de gestación para practicar una IVE.
Es por esta razón que Profamilia, en el caso de la mujer de Popayán, se acogió a la jurisprudencia colombiana, basándose no solo en los establecido en la decisión de 2006, sino en cerca de 20 fallos que ratifican que no debe limitarse las semanas de gestación, que el aborto es un derecho fundamental, que el Estado no puede obligar a las mujeres a ser madres contra su voluntad.
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Los ejemplos internacionales: Estados Unidos
En Estados Unidos, la histórica decisión de la Corte Suprema en el caso Roe vs. Wade, emitida el 22 de enero de 1973, consiguió legalizar el aborto en el país durante las primeras 12 semanas de embarazo.
La sentencia del alto tribunal se basó en la decisión de que el derecho de una mujer a poner fin a su embarazo estaba sujeto a la libertad de elección personal en asuntos familiares, protegidos por la Constitución estadounidense.
Pero dos casos posteriores tuvieron un mayor impacto para las mujeres, pues les dieron mayor autonomía en torno a la decisión de abortar.
Después de la decisión de 1976 de la Corte Suprema, otro caso, conocido como Planned Parenthood vs. Danforth, determinó que no se requería el consentimiento del hombre para practicar una IVE.
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El tribunal determinó en ese momento que, al igual que el estado no podía regular o prohibir el aborto durante las primeras 12 semanas de embarazo, tampoco podía "delegar a un cónyuge el poder de veto".
“No se puede afirmar que el interés del padre en el bienestar del feto es igual a la libertad protegida de la madre, ya que es un hecho biológico ineludible que la regulación estatal con respecto al feto tendrá un impacto mucho mayor en la integridad corporal de la mujer embarazada que voluntad sobre el esposo”, afirma la jurisprudencia estadounidense.
En su decisión de 1992, en el caso Planned Parenthood vs. Casey, el alto tribunal fue más allá, diciendo que los hombres no tenían derecho a ser notificados sobre un aborto.
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“Muchos esposos notificados podrían evitar los abortos mediante la fuerza física, la coerción psicológica y otros tipos de amenazas”, argumentó la Corte Suprema en su decisión.
De hecho, Amy Hagstrom Miller, quien dirige Whole Woman's Health, una compañía que administra siete clínicas que brindan servicios de aborto en cinco estados de Estados Unidos, opina que "los hombres están claramente involucrados al principio, en términos de embarazar a la mujer".
"Cuando se trata de su cuerpo, se dibuja una línea", dijo a BBC Mundo. "Es el embarazo de la mujer, lo lleva en su cuerpo y no puedes decirle a alguien qué hacer con su cuerpo y obligar a llevarlo a término. Una vez que lo haces, comienzas a entrar en áreas aterradoras", agrega.
Otros casos
Así como son cada vez más los países que flexibilizan sus leyes a favor de que las mujeres puedan acceder a IVE legales y seguras, en occidente se han dado algunos casos legales en los que los hombres han tratado de evitar que las mujeres, con quienes habían tenido relaciones sexuales abortaran. Todos fracasaron.
Uno de los primeros antecedentes se dio en el Reino Unido, donde el aborto es legal desde 1967, William Paton, de la ciudad de Liverpool, puso a prueba la legislación en 1978 al denunciar a su esposa tras enterarse de que ella pensaba someterse a un aborto. Paton originalmente argumentó que su esposa no tenía base legal para solicitar un aborto y que se comportaba de manera vengativa e irrazonable al solicitarlo, pues hace poco le había pedido que se divorciaran.
Durante este proceso judicial, el tribunal hizo un interesante paralelismo entre el hecho de que ningún tribunal otorgaría una orden para impedir una esterilización o una vasectomía y el tema a decidir. Esencialmente, se centra, no en la pregunta sobre el feto, sino en los derechos y en la autonomía de la persona, en este caso los de la persona que busca una vasectomía y una mujer que requiere un aborto.
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Al final, el tribunal sostuvo que la solicitud de una orden restrictiva no tenía fundamento. La Ley de 1967 sobre el aborto no otorga el derecho al padre de ser consultado en relación con la terminación del embarazo. De ese modo, el marido no tenía derecho exigible ante la ley o en principio para impedir a su esposa practicarse un aborto ni para impedir que un profesional de la salud llevara a cabo el procedimiento.
En un intento desesperado, Paton llevó su caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde también fue denegado.
Otro caso muy sonado ocurrió en 1987, cuando Robert Carver, del Reino Unido, trató de evitar un aborto al afirmar que la Ley de Vida Infantil le aplicaba al feto. Su exnovia, en ese momento, tenía 21 semanas de embarazo. Sin embargo, tanto el Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal de Apelación desestimaron el caso. Luego lo llevaron ante la Cámara de los Lores, donde tres jueces se pusieron del lado de las decisiones anteriores. No obstante, al final, la mujer decidió llevar el embarazo a término y le dio el bebé a Carver.
Dos años después, en Canadá, Jean-Guy Tremblay de Quebec, presentó una orden judicial contra su novia, Chantal Daigle, en un intento de evitar que ella se sometiera a un aborto. La Corte Suprema de Canadá finalmente dictaminó que no había precedente para el derecho de un hombre a proteger su "potencial progenie", ya que no se encontró que un feto tuviera derecho a la vida bajo la Carta de Derechos Humanos y Libertades de Quebec.
En la actualidad, Indonesia, Malawi, Siria, Emiratos Árabes Unidos, Guinea Ecuatorial, Kuwait, Maldivas, Marruecos, Corea del Sur, Arabia Saudita, Japón, Taiwán y Turquía tienen leyes que requieren que un aborto sea autorizado por el marido de la mujer.
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Ejemplos de veto
Si bien en Estados Unidos y varios países del mundo a los hombres se les ha negado la opción de vetar o frenar un aborto, hay lugares en donde la justicia ha fallado a favor de ellos.
En un caso que se asemeja mucho al ocurrido en Popayán, en Uruguay, un hombre denunció a su pareja y presentó un recurso de amparo para que no se practicara un aborto. El hombre afirmó haber “intentado de todas las formas posibles hacer reflexionar a la demandada para que depusiera su actitud, lo cual resultó infructuoso”, según consta en el informe judicial del caso.
El hombre fue al juzgado en la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano (en el sudoeste de Uruguay), y señaló que, si bien ya no estaba en pareja, estaba dispuesto a hacerse cargo de su hijo solo y que tenía los medios económicos para hacerlo.
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Y en el que fue un fallo inédito en su país, donde el aborto es legal desde 2012, y que cuenta con uno de los marcos legales más avanzados en el tema en la región, la justicia falló a favor del hombre y obligó a la mujer a tener al bebé.
Las razones de la justicia para darle la razón al hombre no fueron porque considerara que el hombre tuviera derecho a decidir sobre el aborto, algo que, como en Colombia, no está contemplado en la ley.
Este exige que en la historia clínica de la paciente se registren “las circunstancias derivadas de las condiciones en las que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales o familiares o etarias que a su criterio le impidan continuar con el embarazo en curso”.
"Esta intervención ha sido inédita, además, fuera totalmente de cualquier marco legal que ampare la intervención de la jueza", manifestó a la agencia de noticias EFE la directora de la ONG feminista Mujer y Salud en Uruguay (MUSY), Lilián Abracinskas.
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Acceso al aborto seguro, avanza y retrocede al tiempo
El acceso a un aborto seguro ha avanzado globalmente en el mundo desde principios de los años 1990, pero también ha dado pasos atrás en ciertos países donde se criminaliza esta práctica.
Según estimaciones de la ONG Campaña internacional para el derecho de las mujeres a un aborto seguro, se han practicado 56 millones de abortos cada año en el mundo entre 2010 y 2014, de los cuales cerca de la mitad (unos 25 millones) no fueron realizados en condiciones seguras. Sin embargo, estos números son difíciles de establecer en ciertos países.
La gran mayoría de estos abortos "no seguros" (97%) tienen lugar en países en vías de desarrollo de África, Asia y América Latina, añade Shilpa Shroff, subrayando que "hacer el aborto ilegal no reduce el número de abortos, solo los hace más peligrosos".
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En América Latina, el aborto sólo está totalmente despenalizado en Uruguay, Cuba y Ciudad de México. Y en otros países, como Brasil, el acceso está muy limitado y solo es posible interrumpir el embarazo en caso de violación, riesgo para la madre o grave malformación del feto.
De hecho, América Latina y el Caribe tienen una de las leyes más restrictivas de aborto en el mundo. Varios países de la región lo prohíben completamente, entre ellos Nicaragua, República Dominicana y Haití. También están países que tienen causales para salvar la vida, como el caso de Guatemala, que no se usan en la práctica; también, están Estados como Costa Rica que permiten el aborto para salvar la vida y la salud de las mujeres, pero se interpreta de manera restrictiva y no permite que las mujeres cuya salud está en riesgo en efecto accedan al aborto.
Los casos más extremos son Honduras y El Salvador. En el primero están prohibidos la anticoncepción de emergencia y el aborto y en el segundo todos los abortos están prohibidos y se han criminalizado las emergencias obstétricas. En ese contexto, las mujeres colombianas gozan del derecho a interrumpir el embarazo desde hace trece años, pero las barreras sociales y administrativas siguen siendo muy altas, sobre todo si las mujeres viven en la periferia.