"Pasamos de cinco excepciones a 32, por eso hay tanta gente en la calle": Claudia López

La alcaldesa de Bogotá hizo un llamado a los capitalinos para que se tomen la cuarentena en serio y permanezcan en sus casas el mayor tiempo posible. Además, afirmó que los controles serán estrictos y habrá sanciones ejemplares para quienes incumplan.

Redacción Bogotá / bogota@elespectador.com
25 de marzo de 2020 - 03:50 p. m.
Gustavo Torrijos y Jose Vargas. El Espectador
Gustavo Torrijos y Jose Vargas. El Espectador

En el primer día de cuarentena nacional, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, se refirió a las lecciones aprendidas durante los cinco días de simulacro de aislamiento en la ciudad e hizo énfasis en cuáles son las restricciones y excepciones vigentes durante el confinamiento obligatorio que irá hasta el 13 de abril

“Si algo aprendimos es que hay que dejar funcionando estrictamente las funciones indispensables. En el simulacro permitimos solo cinco actividades: alimentación, salud, cuidado, fuerza pública y servidores públicos. Pero con la instrucción del decreto del gobierno, hemos pasado de cinco a 32 actividades permitidas. Es mucho más amplio y más poroso, la cantidad de actividades que se permite”, afirmó la mandataria.

Agregó que debido a que es tan permisivo, mucha más gente está saliendo a trabajar y esto genera una presión sobre el transporte masivo. “Es una cuarentena muy amplia. Yo creo que entre más restrictiva sea, mejor se cumple, eso fue lo que demostró el simulacro en Bogotá”.

Sobre cómo va a regir la medida en Bogotá, López dijo que además de las 32 excepciones que definió el Gobierno Nacional, desde el distrito se hará especial control en los siguientes puntos:

*Teletrabajo: “en Bogotá hemos dispuesto que, para cualquiera actividad, así esté permitida, se tiene que cumplir el teletrabajo. La gente solo puede ir a trabajar si es estrictamente indispensable, para no provocar aglomeración”

*Turnos: “no puede ir todo el mundo al mismo tiempo, se debe trabajar por turnos”.

*Protocolo de seguridad: “nadie en Bogotá puede tener a más de 50 personas en un recinto de trabajo, ni en un espacio público o laboral. Tampoco pueden tener a personas trabajando a menos de dos metros el uno del otro”.

*Estricta limpieza: “toda empresa debe disponer de elementos de desinfección que necesiten sus trabajadores y quien tenga síntomas no puede ir al lugar de trabajo por ningún motivo. Tuvimos quejas de aglomeraciones de los call centers, entidades bancarias y servicios de domicilios que, a propósito, tuvieron un crecimiento del 300% y la capacidad para responder a la demanda. Recuerden que los elementos de trabajo de estas personas (motos, bicicletas, maletas) deben ser desinfectados tres veces al día, el personal que trabaja en domicilios no se puede aglomerar en los sitios de despacho, deben garantizar que los productos estén bien empacados y sellados, y abstenerse de trabajar si presentan síntomas”.

*Restricción al consumo y venta de licor: “vamos a mantener la restricción que prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacio público de la ciudad  y no se podrá vender más de una botella por persona, -tal como se hizo durante el simulacro-”.

Además, la alcaldesa afirmó que la terminal de transporte y sus terminales satélites únicamente prestarán el servicio de despacho de buses y venta de tiquetes a personas que se encuentren en la ciudad realizando cualquiera de las actividades que están exceptuadas de la cuarentena.

Todas estas disposiciones fueron consignadas en el decreto 092 de 2020, que busca reforzar en la capital el decreto que emitió el Gobierno Nacional para regular la cuarentena obligatoria preventiva en todo el país, que inició este miércoles 25 de marzo y se extenderá hasta el 13 de abril, por causa de la emergencia sanitaria por el Covid-19.

Las 32 excepciones de la cuarentena

Se permitirá la circulación de personas y vehículos que se desempeñen o sean indispensables para prestar o recibir los siguientes servicios:

1. Asistencia y prestación de servicios de salud

2. Adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.

3. Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operaciones de pago, y a servicios notariales.

4. Asistencia y cuidado de niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

5. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.

6. La labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismos internacionales de la salud, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.

7. La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnología en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.

El funcionamiento de establecimientos y locales comerciales para comercialización de medicamentos, insumos, equipos y dispositivos de tecnologías en salud

8. Actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.

9. Los servicios funerarios, entierros y cremaciones

10. Cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de: insumos para producir bienes de primera necesidad, bienes de primera necesidad (alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza), alimentos y medicinas para mascotas.

11. Cadena de siembra, cosecha, producción, embalaje, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de semillas, insumos y productos agrícolas, piscícolas, pecuarios y agroquímicos; productos agropecuarios, piscícolas y pecuarios, y alimentos para animales, mantenimiento de la sanidad animal. Se garantizará la logística y transporte de las anteriores actividades.

12. La comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional. Podrán comercializar sus productos a través de plataformas de comercio electrónico y por entrega a domicilio.

13. Actividades de servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado.

14. Las actividades del personal de misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas ante el Estado colombiano, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.

15. Actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y de defensa.

16. Revisión y atención de emergencias y afectaciones viales, y las obras de infraestructura que no pueden suspenderse.

17. Actividades necesarias para operación aérea y portuaria.

18. Comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas de comercio electrónico o domicilio. Los restaurantes ubicados en hoteles solo podrán prestar servicios a sus huéspedes.

19. Actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Covid-19.

20. Funcionamiento de la industria crítica (computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede habilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas).

21. Funcionamiento y operación de los centros de llamadas, contactos, soporte técnico y procesamiento de datos que presten servicios en el territorio nacional  y las plataformas de comercio electrónico.

22. Funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas.

23. Actividades para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de: servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público y aseo; cadena logística de insumos, suministro para producción, abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, gas Licuado de Petróleo (GLP); cadena logística de insumos, suministros para producción, abastecimiento, importación, exportación y suministros de minerales; y servicio de internet y telefonía.

24. Prestación de servicios bancarios y financieros, de operadores postales de pago, centrales de riesgo, transporte de valores y actividades notariales.

25. Funcionamiento de servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de medios de comunicación.

26. Abastecimiento y distribución de alimentos y bienes de primera necesidad de ordinario consumo en la población – en virtud de programas sociales del Estado y de personas privadas

27. Actividades del sector interreligioso relacionadas con los programas institucionales de emergencia y ayuda humanitaria, espiritual y psicológica.

28. Actividades necesarias para operar y realizar los mantenimientos indispensables de empresas, plantas industriales o minas, del sector público o privado, que por naturaleza de su proceso productivo requieran mantener su operación ininterrumpidamente.

29. Intervención de obras civiles y de construcción que, por su estado de avance y características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.

30. Actividades de los operadores de pagos de salarios, honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicos y privados; beneficios económicos periódicos sociales (BEPS), y los correspondientes a los sistemas y subsistemas de Seguridad Social y Protección Social.

31. El desplazamiento es estrictamente necesario del personal directivo y docente de las instituciones educativas públicas y privadas; para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.

32. La construcción de infraestructura de salud necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por Covid-19

 

Congestión en Transmilenio

La salida masiva de las personas en la mañana de este miércoles congestionó algunas estaciones del sistema de Transmilenio. Sobre estas aglomeraciones, que representan un grave riesgo de que se propague el virus, Claudia López afirmó que se están mezclando la gente que tiene que escoger entre el hambre y el coronavirus; la irresponsabilidad de empresas que no están excentas y obligan a sus trabajadores a cumplir con las labores; empresas autorizadas para operar pero que no respetan los protocolos de seguridad; y operadores de Transmilenio que no están cumpliendo con la flota que se les ha solicitado.

En ese sentido, la mandataria mostró especial preocupación por el municipio de Soacha desde donde salieron cientos de personas hacia el sistema masivo de transporte, lo que ocasionó la congestión de todas las troncales del sur. La alcaldesa solicitó que el Gobierno Nacional enfoque sus esfuerzos por ayudar a este municipio vecino y aseguró que hoy mismo entregará el censo de las personas vulnerables en la capital para que Prosperidad Social desembolse el apoyo económico que el presidente Iván Duque entregará a las personas que viven de la informalidad.

 

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