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Una de las sanciones más severas impuestas a la plataforma electrónica de transporte Uber, en Colombia, se dio en la mañana de este lunes después de que la Superintendencia de Transporte impusiera una multa de 700 salarios mínimos, equivalentes a más de 450 millones de pesos.
El ente determinó que, tras la actuación administrativa iniciada en noviembre de 2014, el servicio es no autorizado y atenta a las reglamentaciones del Ministerio de Transporte sobre la libre y leal competencia en el sector. (Escuche aquí el audio de la sanción impuesta por la Superintendencia de Transporte a Uber)
Mediante la resolución número 7838 de 2016, la Superintendencia reiteró con la sanción -que es en segunda instancia y por la que no se procederá con otros recursos-, que “socios y conductores adscritos a Uber Colombia y a su plataforma prestan un servicio no autorizado (…) y que la compañía “facilita la prestación de un servicio en condiciones irregulares”. Pablo Arteaga, superintendente de transporte, hizo además un llamado a la ciudadanía a utilizar los medios de transporte público autorizados.
Cabe recordar que en noviembre de 2015 el Gobierno expidió un decreto por medio del cual se reglamenta la prestación de servicio de transporte individual de taxis de lujo que se basa en cuatro principios fundamentales: la comodidad del usuario, la accesibilidad del servicio, la seguridad y la calidad. (Vea: Las 18 claves para entender el servicio de taxi de lujo)
Para la fecha, la ministra de Transporte, Natalia Abello, explicó los alcances de este decreto, el cual aseguró pone “una reglamentación en la categoría de taxis de lujo” en el país y prohíbe la prestación del servicio de transporte a particulares, que en el país estaban operando bajo la modalidad de UberX. (Vea también los detalles del proyecto de ley radicado para legalizar Uber)