Cartel del cemento: sanción contra Cemex fue confirmada

El Consejo de Estado corroboró la sanción que la Superintendencia de Industria y Comercio impuso a Cemex Colombia S.A. por fijar los precios del cemento en el país de la mano de otras cementeras.

Redacción Judicial
19 de junio de 2018 - 07:51 p. m.
Las empresas de cemento Cemex Colombia S.A, Holcim Colombia S.A. y Argos deberán pagar multas por infringir en el régimen legal de libre competencia.  / Cortesía
Las empresas de cemento Cemex Colombia S.A, Holcim Colombia S.A. y Argos deberán pagar multas por infringir en el régimen legal de libre competencia. / Cortesía
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El Consejo de Estado ratificó la sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en contra de la empresa de cementos Cemex Colombia S.A. La multa se confirmó el pasado 21 de abril, cuando se encontró que la empresa fijó ciertos precios de cemento en el mercado, infringiendo así el régimen legal de la libre competencia. Cemex deberá pagar dos sanciones por $923 y $138 millones.

En las investigaciones se determinó que junto a Cemex S.A., en los acuerdos de repartición de mercados y asignación de cuotas para el cemento con las empresas Holcim Colombia S.A. y Argos. Así como lo señaló el Consejo de Estado, el control de mercado por parte de estas empresas hacia 2005 causó la afectación de la oferta y el manejo de ventas del cemento a nivel nacional.

(Lea:SIC confirma multas a Cemex, Holcim y Argos por cartelización)

"La SIC efectuó una descripción del comportamiento del cemento gris portland tipo 1, en relación con las empresas Argos Cemex, Holcim y Andino y advirtió la escasez del producto, la afectación de la oferta del cemento y las inclinaciones de los precios y de las ventas, lo que consideró un indicio encaminado a manipular la situación del mercado", resaltó el Consejo de Estado.

De igual forma, la Sección Quinta de la misma providencia, recalcó que este tipo de prácticas “se convierten en un acuerdo anticompetitivo”. En el proceso de investigación se encontraron indicios del acuerdo para fijar precios, pues las empresas presentaron comportamientos económicos similares durante un periodo de tiempo determinado. Esta actuación se interpretó como un posible acuerdo en la distribución y fijación de precios en el mercado de cemento.

Como pruebas dentro de la investigación, se valoró un documento de la empresa Argos en el que se planteaba una estrategia para mantener un escenario de competencia equilibrado con otras cementeras también dominantes en el país. De igual forma, se encontraron diversos correos con información fundamental que finalmente llevaron a la Sala a considerar que el comportamiento en las ventas se había configurado de manera consciente.

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"El documento denominado Presentación Panamá plantea la forma como Argos debe 'entregar' a Cemex y Holcim puntos de la participación en Andino. Esa actuación configura un indicio de concertación para distribución del mercado, en la medida en que esos puntos de participación pudieron haberse quedado en manos de Argos, que es el que se encuentra probado como comprador de Andino",agregó el alto tribunal.

"También se encontraron en las instalaciones de Cemex evidencias de correos electrónicos del ICPC, recibidos mensualmente, en los que se evidencian estadísticas de las ventas de las cementeras, que también fueron encontrados en las instalaciones de Holcim", dice el fallo. "En consonancia con lo anterior, la Sala considera que sí se configuró el elemento consciente, derivado de la concertación de las sociedades cementeras para mantener el equilibrio del mercado".

El Consejo de Estado ratificó así la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de 2012, en el cual se tumbaron las sanciones impuestas a Holcim y a Argos, pero la de Cemex quedó en pie. En 2017, una vez más, la SIC sancionó a estas tres cementeras (que manejan el 96 % del mercado) por casi $200.000 millones debido a la "cartelización empresarial" que habrían protagonizado entre 2010 y 2012. Las tres empresas han recurrido a recursos legales para reversar esa sanción. 

 

Por Redacción Judicial

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