Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Sala de Justicia y Paz, del Tribunal Superior de Bogotá, condenó con una pena de 8 años de prisión a 32 exparamilitares del Bloque Central Bolívar por más de 250 homicidios cometidos en diez departamentos del país: Santander, Norte de Santander, Nariño, Putumayo, Caquetá, Antioquia, Bolívar, Boyacá, Caldas y Risaralda. Entre los principales exjefes paramilitares penados, la Fiscalía señaló a Iván Roberto Duque Gaviria, más conocido como Ernesto Báez; Guillermo Pérez Alzate o Pablo Sevillano; y Rodrigo Pérez Alzate, alias Julián Bolívar, por hechos perpetrados entre 1999 y 2006.
Este fallo, según el organismo investigativo, también permitió esclarecer 324 casos de desaparición forzada, 213 desplazamientos, 173 reportes de reclutamiento ilícito y 14 situaciones de violencia basada en género, en las que las mujeres fueron afectadas con tratos crueles e inhumanos. Además, 4.260 víctimas, directas e indirectas, fueron reconocidas en la sentencia y, con el fin de respaldar la reparación material, ordenó iniciar medidas cautelares de extinción de dominio contra bienes de los paramilitares condenados. Entre las propiedades hay haciendas ganaderas, extensiones de tierra en el sur del país, entre otros. (Le podría interesar: Fiscalía documentó 200 casos de tortura del Bloque Central Bolívar de las AUC)
Dentro de los crímenes atribuidos a la extinta estructura paramilitar y que el Tribunal Superior de Bogotá incluyó en la sentencia, está la masacre de Guadualito, en Puerto Asís (Putumayo), ocurrida entre el 17 y 19 de agosto de 2004, en donde 8 personas fueron asesinadas, seis secuestradas y 21 familias desplazadas; el desplazamiento y quema del corregimiento Vallecito, en San Pablo (Bolívar). Este hecho produjo que 63 familias abandonaran la población porque fue incinerada el 22 de junio de 2000.
Otros de los hechos que se les atribuye al Bloque Central Bolívar son las masacres y desplazamientos masivos en Simití (Bolívar) en agosto y octubre de 1999; el homicidio del sindicalista y líder social Livio Tito Hernández, ocurrido el 16 de abril de 2002 en Nariño; la desaparición forzada y homicidio de la menor Nohelis Capacho, en Barrancabermeja (Santander), perpetrado el 6 de abril de 2001; y el homicidio del periodista Flavio Iván Bedoya, sucedido el 27 de abril de 2001, en Tumaco (Nariño). Esta condena de ocho años a los 32 exparamilitares es la máxima que permite la ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005). (Lea: El bloque Central Bolívar pide perdón)