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Congreso no tramitó bien ley que ponía a rendir cuentas a congresistas

El alto tribunal encontró tres errores cometidos por el Congreso cuando tramitó el proyecto que establecía las reglas para que congresistas, concejales, diputados e integrantes de las Juntas Administradoras Locales (JAL) les rindieran cuentas a los ciudadanos.

26 de marzo de 2021 - 12:56 a. m.
La Sala Plena encontró que en el trámite de aprobación del proyecto de ley se configuraron tres vicios de procedimiento. En otras palabras, que el Congreso cometió errores durante el trámite / Foto: Mauricio Dueñas Castañeda. EFE.
La Sala Plena encontró que en el trámite de aprobación del proyecto de ley se configuraron tres vicios de procedimiento. En otras palabras, que el Congreso cometió errores durante el trámite / Foto: Mauricio Dueñas Castañeda. EFE.
Foto: EFE - Mauricio Dueñas Castañeda

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La Corte Constitucional tumbó el proyecto de ley que establecía las reglas para que congresistas, concejales, diputados y representantes de las Juntas Administradoras Locales (JAL) rindieran cuentas de su gestión a los ciudadanos. El alto tribunal indicó que se trataba de un proyecto tan “importante y significativo” que su aprobación dependía de un trámite que asegurara un alto nivel de consenso y estabilidad. Sin embargo, tras revisar la actuación del Congreso, la Corte encontró tres errores cometidos durante el trámite del proyecto. (Lea también: El Consejo de Estado resolvió las dudas sobre el periodo del magistrado Alberto Rojas)

La Sala Penal de la Corte explicó que, luego de un examen detallado al proceso que surtió el proyecto de ley, encontró que en el trámite de aprobación se presentaron tres vicios de procedimiento. En otras palabras, el alto tribunal identificó tres errores que fueron cometidos el 20 de junio de 2019, cuando se aprobó el proyecto de ley por la Plenaria de la Cámara de Representantes. El primer punto que señaló el alto tribunal es que no pudo establecer si hubo voluntad del Congreso para aprobar el numeral 9 del artículo 5 de proyecto de ley.

Lo que pasó fue que ese día los congresistas estuvieron de acuerdo con aprobar el artículo 5 del proyecto, pero eliminando el numeral 10 sobre “Proposiciones y/o constancias presentadas en Comisión y Plenaria durante el Trámite Legislativo”. Sin embargo, el proyecto de ley se publicó con el numeral 9 que contenía la misma información del numeral 10 que, supuestamente, iba a ser eliminado. Dicho de otra forma, el Congreso tramitó el proyecto de ley con el numeral 9 sobre “Proposiciones y/o constancias presentadas en Comisión y Plenaria durante el Trámite Legislativo”, contenido que habían acordado eliminar.

“La Corte concluyó que no era posible identificar con claridad la voluntad del Congreso de la República respecto de la aprobación del numeral 9 del artículo 5º. Bajo esa perspectiva indicó que se presentaba una duda irresoluble acerca de lo efectivamente aprobado y negado”, explicó el alto tribunal. El segundo vicio encontrado por la alta Corte está relacionado con el “principio de publicidad y el de consecutividad”. Según explicó la Corte, la Plenaria de la Cámara le dio luz verde al proyecto sin que hubiese un conocimiento previo y suficiente del texto que sería aprobado. (Le puede interesar: Le piden a la Corte Constitucional mantener en los jueces la titulación de tierras en el país)

El alto tribunal señaló que, debido al vencimiento de la legislatura, el ponente presentó la adopción del texto el mismo día en el que el Senado lo aprobó. “La Corte consideró que ni las explicaciones dadas por el ponente, ni las intervenciones en el curso del debate, hacían posible concluir que los integrantes de la Plenaria de la Cámara de Representantes hubieran conocido el alcance concreto del texto aprobado por el Senado y que, en ese momento, se propuso acoger”, determinó el máximo tribunal constitucional.

Finalmente, la Corte encontró otro error parecido al primero. Ocurrió que en la sesión del 20 de junio de 2019 los congresistas acordaron eliminar el numeral 11 del artículo 5, porque su contenido era equivalente al del numeral 7. Ese día, todos estuvieron de acuerdo con esa decisión, sin embargo, dicho numeral 11 fue incluido en el proyecto de ley. Para la el alto tribunal estos vicios revelan una “infracción directa de los principios básicos que gobiernan los procedimientos de adopción de leyes por parte del Congreso”.

En conclusión, “a juicio de la Corte, tales irregularidades evidenciaron graves deficiencias en el trámite legislativo debido a que una de ellas -Plenaria del Senado- se produjo cuando apenas había tenido lugar la aprobación en las comisiones conjuntas, al tiempo que las otras dos -Plenaria de la Cámara- indicaban deficiencias inaceptables en el proceso deliberativo de dicha Corporación”. Incluso, la alta Corte indicó que la forma como tuvo lugar la adopción del proyecto de ley impuso a los representantes la carga de aprobar o improbar en “silencio” el texto, pues cualquier ajuste que implicara una diferencia con el texto acogido por el Senado. (Lea también: Jornada histórica en el “Día M” en el Congreso: más de 10 proyectos aprobados en favor de las mujeres)

Por último, la Sala Plena encontró necesario destacar la importancia que tiene un régimen de rendición de cuentas que vincule a los integrantes de las corporaciones de elección popular. No obstante, insistió en que su aprobación no puede ser posible si se desconocen los principios procedimentales básicos que legitiman la actuación del Congreso. “No conocer de manera suficiente lo que se aprueba, o negar la posibilidad de proponer, debatir o ajustar, constituye una abdicación de las responsabilidades que a ese órgano le confió la Constitución”, concluyó el alto tribunal.

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Pablo(88449)27 de marzo de 2021 - 06:50 p. m.
Con esa banda de bandidos denominados "los grillos" no se podía esperar nada diferente a este procedimiento corrupto de esta recua de congresistas. Para evitar todas estas artimañas se debe hacer una reforma para que sea uno por departamento, uno por distrito capital, uno por las negritudes y otro por los indígenas y listo. Así de esa manera se depura ese nido de alimañas evitando tanto malandro.
Paulo(36034)26 de marzo de 2021 - 03:13 p. m.
Es claro que ellos tienen completamente claro el procedimiento para sacar adelante una ley, también es claro que conocen donde meterle la zancadilla para que se caiga... por cualquiera de las razones que menciona la corte. Conclusión, estamos dirigidos por un grupo de bandidos vestidos de cuello blanco que se alinean con el mejor po$tor. Ahhh y bajo cuerda quieren 2 años mas... para lo mismo.
David(73769)26 de marzo de 2021 - 03:14 a. m.
Congresistas siempre actuando de mala fe. Lo mas seguro es que sabian que tumbarian esta disposicion por vicios de procedimiento. Unos delincuentes perversos
ethan(13485)26 de marzo de 2021 - 03:09 a. m.
ratas asquerosas asi quieren que el pueblo siga votando por estas ratas de alcanraillas malditos corruptos
Daniel(81587)26 de marzo de 2021 - 01:56 a. m.
Da una impresión como si lo hicieran a propósito, que casualidad que todo lo que sea para control y herramientas para la vigilancia de su labor, se termine hundiendo dentro del proceso de legalización. En serio nos ven la cara de pendejos
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