Corte Suprema continuará investigando al comandante del Ejército Ricardo Gómez Nieto

El general es investigado por supuestas irregularidades en contratación cuando se desempeñó como director del Hospital Militar.

* Redacción Judicial
29 de octubre de 2018 - 06:54 p. m.
Cortesía: Ejército Nacional
Cortesía: Ejército Nacional

La Corte Suprema de Justicia continuará la investigación contra el comandante del Ejército Nacional, general Ricardo Gómez Nieto, por presuntas irregularidades en contratación. La decisión fue tomada por la Sala de Primera Instancia al resolver una solicitud de la Fiscalía que pidió archivar la investigación, entre otras cosas, por supuestos errores en la responsabilidad del oficial.

El expediente tiene que ver con los hallazgos que encontró en 2011 la Contraloría en un contrato de prestación de servicios suscrito con Giomar Patricia Riveros, por un valor de $ 42’300.000. La investigación asegura que Riveros no podía suscribir ese contrato porque había sido condenada y, por eso, tenía una inhabilidad para contratar con el Estado. Este contrato se dio entre la mujer y el Hospital Militar Central, cuando el general Gómez Nieto fue el director.

En ente investigador pidió archivar la investigación al considerar que, al momento de suscribir el contrato, la inhabilidad de Patricia Riveros ya estaba cumplida. También tuvo en cuenta que el general habría sido inducido a error por una supuesta certificación firmada por Jaime Durán, procurador delegado ante la Corte Suprema, quien había constatado que ella podía contratar con cualquier entidad, incluido el Hospital Militar.

La Sala de Casación Penal, con ponencia del magistrado Ramiro Alonso Marín, determinó que los argumentos del ente investigador no son suficientes, teniendo en cuenta que dicha certificación la recibió después de haber firmado el contrato. También cuestionó que en el expediente no se contó la sentencia con la cual Riveros fue condenada y en la que se especifica, en efecto, la inhabilidad que tendría para contratar con el Estado.

“La Sala quiere llamar la atención por percepción directa de datos que no pueden soslayarse, de modo que queda al descubierto la debilidad en la actividad investigativa e la Fiscalía, por cuanto no puede ser posible, que si desde el año 2010 se habla de la existencia de una causal de inhabilidad para contratar con el Estado por parte de una persona, impuesta por fallo judicial (…), no se haya tenido copia de la referida decisión, para verificar, desde esa fuente primaria, la realidad que ha pretendido desconocer durante todos estos años”, se lee en el fallo.

Igualmente, la Corte Suprema debatió el general haya puesto en duda el certificado que señalaba la inhabilidad de la contratista al pedir el aval de un funcionario en específico. “Si para ese momento ya se contaba con el certificado de antecedentes expedido por la Procuraduría para qué se requería un aval. Acaso con bastaba con la información obtenida de una entidad judicial que, desde el punto de vista Constitucional, se encuentra facultada para ejercer esa función”, concluye la Corte Suprema.

Por * Redacción Judicial

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