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La Corte Suprema de Justicia declaró como sujeto de derechos a la zona protegida conocida como Vía Parque Isla Salamanca, que es un conjunto de playones y ciénagas ubicada entre los municipios de Pueblo Viejo y Sitio Nuevo en Magdalena. La decisión la tomó la Sala Civil del alto tribunal al estudiar una tutela que presentó el abogado Luis Miguel Llorente Altamiranda, alegando que la zona está en riesgo por quemas indiscriminadas y deforestación.
La Corte Suprema dio un plazo de cinco meses a la Presidencia de la República, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a Parques Nacionales Naturales de Colombia y a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag), para que “formulen un plan estratégico y efectivo de acción a mediano plazo para reducir los niveles de deforestación y degradación a cero (0) en la Vía Parque Isla de Salamanca”.
“Dicha planeación deberá contener compromisos, autoridades responsables, ejes de acción y fechas concretas para la promoción de actuaciones de prevención y restauración del VPIS, así como las consecuencias en caso de incumplimiento, de acuerdo con las disposiciones legales en materia ambiental”, dice la decisión. El fallo proyectado por el magistrado Octavio Tejeiro, dio dos meses para que se conforme un Comité Permanente de Seguimiento a ese plan estratégico que se encargue de dar informes periódicos a la Corte.
“De la evidencia arrimada y particularmente del detallado informe rendido por Parques Nacionales Naturales de Colombia se extrae sin duda que en la zona protegida Vía Parque Isla de Salamanca se viene presentando una deforestación descontrolada año tras año, que amenaza, por tanto, la supervivencia de su fauna y flora. Quiere esto decir que no quedaron desvirtuadas las manifestaciones del tutelante en el sentido de que los playones, ciénagas y bosques enmarcados en el VPIS sufren deterioro constante”, explicó la Corte Suprema.
El alto tribunal señaló que no se demostró que las autoridades hayan hecho acciones para prevenir “tal degradación ni para atender sus nefastas secuelas ecológicas y de salubridad”, lo que obliga a esa corporación a tomar esta decisión más, si se tiene en cuenta, que Vía Parque Isla Salamanca, es patrimonio ecológico y cultural de la Nación dada su riqueza ecosistémica. Así, se resaltó que tiene más de 52 familias de peces (140 especies) y 17 familias de reptiles, 14 familias y 33 especies de mamíferos y más de 199 especies de aves.
“Es del caso destacar que ha sido reconocida internacionalmente en varias ocasiones debido a la relevancia que tiene en el ámbito ecológico nacional e internacional. Fue declarada el 18 de junio de 1998 como sitio Ramsar de importancia mundial, de acuerdo con los parámetros de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional y, posteriormente, en noviembre de 2000, fue exaltada como Reserva de la Biosfera por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)”, agrega el fallo.
La Corte Suprema consideró que esos reconocimientos internacionales le dan una “categoría especial trasnacional” a la Vía Parque Isla Salamanca, que impone mayores responsabilidades a las autoridades ambientales a la hora de procurar su preservación de la fauna, flora y fuentes hídricas que la componen. Y, por esa razón, declaró a la zona como sujeto de derechos.