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El ajedrez en que se convirtió el caso Uribe

En medio de críticas y recusaciones, el ente investigador ya tomó la primera decisión clave: el caso contra el expresidente se desarrollará bajo el sistema penal acusatorio. ¿Qué vendrá ahora para este expediente histórico en Colombia?

06 de septiembre de 2020 - 02:00 a. m.
l expresidente Álvaro Uribe junto a su abogado Jaime Granados. / EFE
l expresidente Álvaro Uribe junto a su abogado Jaime Granados. / EFE
Foto: EFE - Mauricio Dueñas Castañeda

El movimiento de las piezas del ajedrez en que se volvió el caso del expresidente Álvaro Uribe por supuesta manipulación de testigos ha sido tan calculado, que cualquier paso en falso podría definir el futuro de la partida. Esta semana hubo dos jugadas claves: la defensa del exsenador le pidió a la Fiscalía su libertad inmediata y un cambio radical (pasar de Ley 600 a sistema penal acusatorio); mientras el senador Iván Cepeda y su abogado radicaron en la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía la recusación formal contra el fiscal general, Francisco Barbosa. Ahora que el alto tribunal remitió todo el expediente a la Fiscalía, la investigación empieza a colmarse de recursos y polémicas de tinte más político que judicial.

Ninguna de esas movidas resultó correcta. Sobre la primera, el fiscal que por ahora está encargado del caso, Gabriel Jaimes Durán, coordinador de fiscales ante la Corte Suprema -a quien también recusó Iván Cepeda-, señaló que él no puede decidir sobre la libertad de Uribe Vélez, pues es algo que le compete a un juez de control de garantías, una característica propia del sistema acusatorio. Y, sobre la segunda, el alto tribunal recibió la recusación, pero aclaró que, tal y como lo dice la ley, hasta que el fiscal Barbosa decida de manera oficial si se declara impedido, la Corte no podrá pronunciarse al respecto. En otras palabras, ninguno de los recursos cumplió con los requisitos básicos para ser radicados.

A la par con esas movidas jurídicas poco eficaces, en el mundo político las cosas estuvieron igual de agitadas y llenas de acusaciones. El expresidente Uribe divulgó desde su cuenta de Twitter un contrato que firmó en 2016 Nueva Justicia y Litigación Oral Consultores Ltda. con el gobierno de Juan Manuel Santos. Un socio de la firma era César Reyes, quien renunció a ella días antes de volverse magistrado de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema en 2018. Desde ese cargo asumió el caso Uribe como ponente y, a raíz del contrato, de inmediato las críticas de seguidores del Centro Democrático y penalistas afines a ese partido se hicieron escuchar. Reclamaron que Reyes no se hubiera declarado impedido para investigar a Uribe.

Al unísono reclamaron una supuesta falta de imparcialidad por parte del magistrado Reyes, sosteniendo que ese contrato evidenciaba su cercanía con un enemigo político de Uribe. Ni Reyes ni la Corte salieron a pronunciarse. Al tiempo que esta polémica subía de tono, otro contrato del gobierno Santos avivó aún más la hoguera. El firmante no era otro que el hoy fiscal Francisco Barbosa, quien en 2014 asesoró al Ministerio de Transporte. Aunque ese contrato no tenía que ver con el proceso de paz, como el de Reyes, la posición de Barbosa frente a ese tema es de conocimiento público, pues no solo votó por el Sí en el plebiscito de 2016, sino que se postuló para ser magistrado de la Jurisdicción Especial para la Paz.

“Si consideran que Reyes está impedido por ese contrato, pues Barbosa también lo estaría”, señaló una fuente del ente investigador. Reyes no se hizo a un lado mientras el expediente estuvo en la Corte y el fiscal Barbosa, por su parte, ya ha dicho que no aceptará la recusación de Cepeda, lo que enviaría esa petición a definirse en la Corte. En medio de esta pelea, los impedimentos de lado y lado buscan que tanto el fiscal como el magistrado tengan una “apariencia de imparcialidad”. Un término relativamente novedoso en el país, que cogió fuerza luego de que, con base en él, la Sala de Instrucción apartara a la magistrada Cristina Lombana de las investigaciones contra Uribe en la Corte por su trayectoria como militar.

Ley 906: ¿y ahora qué?

La estratégica decisión del expresidente Uribe de renunciar al Senado el pasado 18 de agosto, luego de haber llegado allí como el congresista más votado en todo el país con más de 875 mil votos, apuntó no solo a sacar el expediente de la Corte Suprema, que ya se logró, sino a conseguir los beneficios del sistema penal acusatorio, que es mucho más garantista que la Ley 600 de 2000 bajo la cual son investigados los aforados constitucionales, tal como lo era Uribe por ser senador de la República. Por eso, lo primero que pidió su defensa fue su libertad, incluso desde antes de que se definiera si este proceso iba a seguir bajo el sistema acusatorio.

Al cerrar la tarde del viernes pasado, la Fiscalía notificó que el proceso, definitivamente, se regirá por el sistema penal acusatorio. La decisión no es de poca monta, pues lo que el caso Uribe ha venido a dejar en evidencia es el enorme vacío jurídico que hay sobre qué hacer en circunstancias como estas. En Colombia hay unos cuantos precedentes y conceptos legales, pero no existe una sola norma que determine qué pasa con un expediente que nació bajo la sombrilla de la Ley 600 y que, por cuestiones de renuncias y fueros, podría pasar a operar con la lógica de la Ley 906, que se ocupa de los delitos cometidos por ciudadanos comunes después de 2005. Así las cosas, lo que queda es mucho campo a la interpretación.

“La complejidad de la investigación y la dispendiosa documentación del expediente (que tiene miles de folios) exigirá que en los próximos días se haga un estudio del caso para definir un método de tránsito entre los dos sistemas procesales”, explicó la Fiscalía, al tiempo que confirmó que no podía decidir sobre la libertad de Uribe porque, en el sistema penal acusatorio, quienes toman esas decisiones son los jueces. Pero, con esta decisión, lo que se vienen son muchos nuevos interrogantes por resolver. Por ejemplo, si la Fiscalía asimilará el llamado a indagatoria del expresidente con una imputación de cargos o si tomará en cuenta todas las piezas procesales que la Sala de Instrucción recaudó en los últimos dos años para seguir con el siguiente paso en la línea procesal: la acusación.

Si habrá imputación a Uribe o si seguirán siendo válidos los testimonios que recopiló la Corte son preguntas difíciles, y penalistas consultados por este diario dejan ver que no hay consenso: mientras algunos sostienen que todo lo que la Corte Suprema hizo se debe considerar válido, otros manifiestan que, con la pérdida de fuero de Uribe y el cambio de juez natural, se debe empezar de ceros. “La indagatoria equivale a una imputación”, afirma el abogado Carlos Andrés Gómez, exdecano de derecho de la Universidad Jorge Tadeo Lozano. “La Corte actuó de acuerdo con las normas vigentes que les aplican a los aforados, lo que la Fiscalía debe hacer es seguir investigando y decidir si llama al expresidente Uribe a juicio o si pide ante un juez que el caso prescriba”.

Camilo Ortiz piensa todo lo contrario: “Cuando el exsenador Uribe perdió el fuero, su juez natural cambió. Las pruebas pierden validez porque el control de legalidad sobre las mismas no es igual en la Ley 600 que en la Ley 906. En esa última, el control de legalidad lo aplica un juez; en la primera, la misma Corte. Hay que recordar también el principio pro homine: a los procesados se les deben aplicar las normas que sean más favorables para ellos. La Fiscalía debe arrancar desde el inicio”. Pero Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, dice que todas las indagatorias terminan en una imputación de cargos y que, en este caso, no ve por qué se tenga que dejar sin piso todo lo que ha hecho la Corte.

La discusión es amplia y está abierta.

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