Corte Suprema negó pruebas a defensa de “Pedro Orejas”

El reconocido esmeraldero Pedro Nel Rincón Castillo, pedido en extradición por EE.UU., se encuentra pagando una pena de 20 años y 8 meses de prisión por el homicidio del minero Miguel Pinilla.

Redacción Judicial
27 de marzo de 2018 - 05:06 p. m.
El gobierno estadouniense también estaría detrás de las propiedades de los acusados. / Archivo El Espectador
El gobierno estadouniense también estaría detrás de las propiedades de los acusados. / Archivo El Espectador
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Bajo la ponencia del magistrado Fernando Alberto Castro, la Corte Suprema de Justicia no permitió la practica de más pruebas pedidas por la Procuraduría y el abogado defensor de alias Pedro Orejas, debido a que no existe evidencia de que Rincón Castillo esté siendo juzgado dos veces por el mismo delito, por lo que su proceso de extradición a Estados Unidos continúa en pie.

Pedro Nel Rincón Castillo, más conocido con el alias de Pedro Orejas, fue detenido con fines de extradición para Estados Unidos el pasado 17 de octubre de 2017 por el delito de tráfico de narcóticos, tras el pedido de extradición por parte de una Corte del Distrito Sur de Florida. Ante esta solicitud, la Procuraduría y la defensa pidieron la práctica de una serie de pruebas al alto tribunal, para que se respetara el principio del non bis in ídem, es decir, el derecho que prohíbe que un acusado sea enjuiciado dos veces por un mismo delito. Sin embargo, la petición fue negada.

A inicios de este año, la Procuraduría solicitó un informe por parte de la Fiscalía para determinar si en contra de Pedro Orejas se “adelantó o actualmente se tramita alguna investigación (…) por algún delito relacionado con narcotráfico, lavado de activos o concierto para delinquir”. Rincón Castillo se encuentra preso en la cárcel Picaleña de Ibagué, desde el 11 de diciembre de 2014 “por los delitos de concierto para delinquir, homicidio, fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones”.

(En contexto: Justicia de EE.UU. pide en extradición a 'Pedro Orejas' y a otros cuatro esmeralderos)

Ante la petición del Ministerio Público, el alto tribunal señaló que no es necesario hacer tal verificación debido a que son claros los delitos por los que Pedro Orejas fue detenido en 2014 y está siendo procesado por la justicia colombiana, los cuales son muy diferentes al pedido de extradición que hace Estados Unidos por narcotráfico, descartándose así este impedimento para que responda ante la justicia estadounidense.

Por otra parte, la defensa de Rincón Castillo solicitó a la Corte una serie de pruebas para verificar la legalidad del proceso de extradición del esmeraldero. Algunas de esas pruebas son: la declaración jurada del agente de la DEA, William Callo, para verificar por qué se hace el pedido por parte de Estados Unidos; reportes de inteligencia del Batallón La Popa de las Fuerzas Militares y de la Dirección de Inteligencia de la Policía sobre destrucción de laboratorios de estupefacientes en Boyacá; informe de las autoridades locales de los municipios Coper, Maripi, Briceño y San Cayetano (Boyacá) sobre la creación de laboratorios para la producción de droga, entre otras.

(Le puede interesar: El documento del gobierno de EE.UU. que acusa a los zares de las esmeraldas de narcotráfico)

Ante esa solicitud, la Corte nuevamente dijo que no. ¿El motivo? Para el alto tribunal, estos cuestionamientos son propios de la justicia estadounidense, escenario donde se dará la batalla legal de Pedro Orejas.

“Solicita la práctica de diversas pruebas en procura de cuestionar principalmente la competencia del Gobierno de los Estados Unidos para solicitar la entrega de PEDRO NEL RINCÓN CASTILLO y, adicionalmente, el soporte probatorio que sustenta los cargos que se le atribuyen a éste, pretensión que se reputa impertinente y por ello se negará, como quiera que se refiere a temas que conciernen a la órbita de las autoridades judiciales del Estado requirente, pero además se encamina a controvertir la responsabilidad atribuida al reclamado”, se afirma en el documento.

 

Por Redacción Judicial

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