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A través de una carta enviada al presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, el fiscal Néstor Humberto Martínez solicitó a esta corporación resolver el conflicto de competencias que se viene presentando desde hace varios meses con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) respecto a los bienes no inventariados por la antigua guerrilla de las Farc. La Fiscalía argumenta que es la justicia ordinaria la encargada de este tipo de bienes, que, por ser de origen ilícito, deben ser objeto de extinción de dominio.
(En contexto: JEP ordena avanzar en la protección de los bienes de las Farc)
En un documento de 20 páginas, el fiscal Martínez explica que el Acuerdo de Paz firmado entre el Gobierno y las Farc dispuso que este exgrupo guerrillero presentara un inventario de todos sus bienes para reparar a las víctimas antes del 15 de agosto de 2017. Sin embargo, también señaló que los activos que no fuesen incluidos en ese listado quedarían a disposición de la justicia ordinaria. Debido a que estos bienes son de origen ilícito, la Fiscalía aseguró que deben ser objeto de extinción de dominio, de acuerdo con la Ley 1708 de 2014.
Hasta el momento, la Fiscalía ha encontrado 548 predios urbanos, 5.228 bienes rurales, 207 bienes baldíos, 284 predios comerciales, 792.808 semovientes, 1.166 automotores y varias evidencias de caletas con dinero en efectivo que no fueron incluídas en el inventario de las Farc entregado a las Naciones Unidas. “La Fiscalía ha iniciado los trámites judiciales orientados a obtener para la Nación la extinción de dominio de tales bienes (…) gracias a lo cual hasta la fecha se ha obtenido la incautación de bienes presuntamente vinculados a las Farc por la suma de $2.3 billones de pesos…cifra que dobla con creces la relacionada en el inventario entregado al gobierno”, señala la carta enviada al magistrado Linares.
Este lío entre la JEP y la Fiscalía ya cumple tres meses. En agosto de este año, la Jurisdicción Especial le pidió al ente investigador, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) que le enviara toda la información que tuviera sobre los bienes de las Farc. En 30 días las entidades debían remitirle a la Sección de no Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP, El plazo se cumplió y la Fiscalía insistió en que no entregaría esa información. En una comunicación del pasado 12 de octubre, se resumen las razones que esgrimió el ente acusador para no entregar el reporte sobre los bienes de las Farc.
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Según la directora de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía, Myriam Stella Ortiz Quintero, el ente investigador no puede ser vinculado al proceso. “La Fiscalía debe poner de presente la imposibilidad de darles cumplimiento, toda vez que la información relacionada con procesos de extinción de dominio tiene carácter reservado”. Agregó en ese mismo sentido: “Es jurídicamente imposible que la Fiscalía cumpla con los requerimientos de información”. La Sección de no Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad le respondió a la Fiscalía el pasado 18 de octubre y dijo que la respuesta del ente investigador era insuficiente.
La JEP insistió en que debe recibir la información de la manera más ágil y que sí es una entidad con la jurisdicción necesaria para conocer detalles de los bienes de las Farc que están en procesos de extinción de dominio. Ante esta insistencia, el ente investigador decidió recurrir a la Corte Constitucional para que le ayude a solucionar este conflicto de competencias.
Los argumentos del fiscal Martínez
Son cinco los argumentos con los que el fiscal defiende su competencia frente al tema de los bienes no inventariados. Para el ente investigador, con los autos 02 y 05, emitidos por la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP el 21 de agosto y 18 de octubre, respectivamente, se “demuestra que esa sección ha asumido la competencia para solicitar información y adoptar medidas cautelares sobre bienes no inventariados por las extintas Farc”, añade el texto.(Le puede interesar: La JEP da ultimátum a Fiscalía y Gobierno para dar información sobre bienes de FARC)
Para la Fiscalía, la JEP se está extralimitando en sus funciones al querer disponer de los bienes no inventariados de las Farc. Allí hace énfasis en que lo previsto en la ley es que estos objetos deben quedar disposición de los jueces y de la Fiscalía.
“Carece de fundamento constitucional y legal la competencia que pretende atribuirse el Tribunal Especial para la Paz, a fin de solicitar información relativa a bienes de las Farc-Ep, no inventariados en el marco de lo previsto en el Decreto Ley 903 de 2017”, afirma el fiscal Martínez.
En segundo lugar, la Fiscalía hace un recuento de las actuaciones que ha venido adelantando sobre los activos que no fueron incluidos en el inventario de la antigua guerrilla. Asegura que a través de 82 radicados se han venido adelantando diversas investigaciones en la Dirección Especializada de Extinción de Derecho de Dominio.
El tercer argumento, con el que se busca que la Corte Constitucional resuelva el conflicto de competencias, tiene que ver con el hecho de que la información que ha requerido la JEP es de carácter reservado. “La información relativa a los bienes no inventariados de las Farc que se encuentra en procesos de extinción de dominio no hace parte del ejercicio de las funciones de las JEP”.
El cuarto punto que menciona el fiscal Martínez está relacionado con el régimen de condicionalidad. Para la Fiscalía, la JEP “pretende sustraer a los miembros de la extinta organización guerrillera Farc, del incumplimiento en que se encuentran incursos respecto del deber de entregar un ‘inventario definitivo de sus bienes y activos’”. Por tal motivo, pide que se inicie un proceso de verificación del cumplimiento de tales obligaciones ya que, para esta entidad, el inventario “carece de determinación”.
(Más información: JEP ordena a la Superintendencia de Notariado entregar reporte sobre bienes de Farc)
Finalmente, el ente investigador insiste en que hay una usurpación de competencias de la justicia ordinaria por parte de la JEP. Este punto tiene que ver con el auto 05 del 18 de octubre de 2018, en donde la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP pide que, en un término de tres días, se entregue la información requerida de los bienes no inventariados, de no ser así se incurrirá en un desacato.
Para la Fiscalía, esta sección asume competencias que no le corresponden con tal determinación y recuerda que esos bienes y activos, al no estar inventariados, quedan en poder de la justicia ordinaria, según lo señalado en el Acuerdo de Paz. Por tanto serán susceptibles a la extinción de dominio de la Fiscalía. La Corte Constitucional tiene la última palabra para resolver quién tiene la razón.