La caza deportiva no va más en el país: Corte Constitucional

La decisión del alto tribunal se pronunció sobre una demanda que aseguraba que esta práctica reducía a los animales a un “mero negocio”. La decisión empieza a regir dentro de un año.

Redacción Judicial
07 de febrero de 2019 - 12:27 a. m.
El caso estaba en manos del magistrado Antonio José Lizarazo. / Pixabay
El caso estaba en manos del magistrado Antonio José Lizarazo. / Pixabay
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Tras semanas de ardua discusión y polémica nacional, la Corte Constitucional tomó una decisión: la caza de fauna silvestre con fines deportivos quedó prohibida en todo el país. La Sala Plena tumbó varios apartes del Estatuto de Protección Animal de 1989 y del Decreto Ley 2811 de 1974 que la permitían y que creaban cotos de caza, es decir, áreas específicas para cazar. La decisión se tomó al aprobar la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo y empieza a regir en un año.

El debate inició por una demanda que presentó Laura Juliana Santacoloma Méndez, quien alegaba que la caza deportiva desconocía los principios de dignidad humana, solidaridad y prevalencia del interés general. Y afirmaba que con esta se reducen a los animales a un “mero negocio”. “En el marco del límite de los derechos que le serían propios a los animales de existir y no sufrir sin razones moralmente injustificadas, la caza deportiva implica un abuso de derechos”, decía la demanda.

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El procurador general Fernando Carrillo también había sentado su posición al decirle a la Corte que no había una justificación válida para la caza deportiva. En su concepto, dijo que se trataba de "la muerte, tortura y mutilación de los animales exclusivamente para recrear al ser humano”. Entre tanto, para el gobierno de Juan Manuel Santos, la práctica debía mantenerse el marco legal de la caza deportiva porque realmente estaban protegiendo a la fauna silvestre. 

“El control existente al tipo de caza deportiva, forma de realización, armas, lugares, especies afectadas, lejos de permitir la actividad, la somete a los estrictos controles que debe establecer la autoridad ambiental competente”, decía el concepto presentado por el gobierno anterior. Luego que ese documento fuera revelado por El Espectador, el actual ministerio de Ambiente, que encabeza Ricardo Lozano, manifestó su rechazo a la caza deportiva, aunque esa postura no alcanzó a ser tenida en cuenta por el alto tribunal.

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De hecho, el ministerio señaló en un comunicado de prensa el lanzamiento de una nueva política, llamada “Un país amigable con los animales”. La idea es que “erradicar toda forma de violencia, crueldad, tráfico y comercio ilegal” contra la fauna, sea parte del Plan Nacional de Desarrollo. Y en ese panorama no hay lugar para los 21 clubes de cazadores registrados a nivel nacional y los más de 10.000 afiliados a la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva (Fedetiro).

No obstante, entre los conceptos que la Corte Constitucional recibió para el estudio de este asunto, se encontraba uno de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, presentado por el Gobierno anterior, en el que se pedía mantener la caza deportiva. El argumento era que no se trataba de una actividad en la que se presentaran  “altas dosis de maltrato animal”, como sí sucede en el coleo, las peleas de gallos o las corridas de toros".

(Si quiere consultar el concepto del Ministerio de Ambiente, haga click aquí. El de la Agencia Jurídica del Estado, puede leerlo aquí)

Incluso, la Agencia Jurídica afirmó: “El sistema nervioso central de un venado no es igual al de un pato o una paloma y por lo tanto la experiencia de dolor y sufrimiento es completamente diferente en ambas especies”. En su concepto, la entidad defendió igualmente el derecho de los cazadores deportivos. “Si de dignidad se trata, los cazadores deportivos han escogido una actividad “acorde a sus propios intereses” (…) Están ejerciendo su derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin causar perjuicio a otros seres humanos y fomentando la protección del medio ambiente y de las especies de fauna que viven en él”, precisaba el documento.

Por Redacción Judicial

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