Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Cuando iniciaron las audiencias, a finales de enero, contra el exdirector de la cárcel La Modelo por presuntos actos de corrupción, la jueza encargada, por solicitud de la Fiscalía, decidió que las diligencias debían hacerse a puerta cerrada, por lo que todo el público —incluyendo a periodistas— tuvieron que desalojar el recinto. El ente acusador lo había pedido para proteger a las víctimas del caso. Pero la determinación de la jueza dejó inconformes a los periodistas, por lo que un grupo de ellos interpuso una tutela para que las futuras audiencias de este caso fueran públicas.
La tutela fue rechazada en primera instancia, por lo que los comunicadores demandantes acudieron a la Corte Suprema de Justicia para que revisara la decisión. Pero el alto tribunal, este lunes, emitió su decisión: aunque consideró que “los medios de comunicación ejercen una importante labor de control y vigilancia de la actividad estatal, más aún cuando se trata de posibles actos de corrupción”, la Corte mantuvo el fallo de primera instancia.
El alto tribunal dijo que “la decisión de la jueza no resulta arbitraria, inmotivada o constitutiva de alguna vía de hecho. En efecto, esta funcionaria era la competente para limitar el acceso a la diligencia y las razones para ello, además de atinadas, muestran la necesidad de tal medida, que se adoptó: en defensa y aras de salvaguardar la vida de las posibles víctimas y porque debe garantizarse el ‘éxito de la investigación’, que no había concluido”.
(Lea aquí: Corte Constitucional evaluará derecho a la libertad de expresión redes sociales).
Pero el debate va más allá del caso en concreto del exdirector de la cárcel La Modelo. Que un grupo de periodistas acudiera a una tutela es la consecuencia de unas series de diferencias que ha habido entre comunicadores y autoridades judiciales por el cubrimiento de este tipo de diligencias. Desde audiencias cerradas al público, sin un motivo aparente, hasta casos en las que miembros de la Fuerza Pública obligan a periodistas a borrar fotos que han tomado en audiencias, son algunas de las denuncias de los comunicadores.
Rafael Pérez Becerra, periodista de RCN Radio, dijo a este medio que guardias y agentes del CTI, el Inpec y la Policía, tanto en los Juzgados de Paloquemao como en los Especializados de Bogotá, cada vez que creen que está grabando algo no se lo permiten. “Es pura paranoia de los guardias. Si uno saca el celular ellos creen que se están tomando fotos de ellos o de los asistentes”, afirmó.
Hay, además, otro caso que también tuvo particular repercusión en redes sociales. El periodista José David Rodríguez Gómez fue a cubrir la audiencia de acusación, realizada en los Juzgados Especializados de Bogotá, a los llamados “bulldozers” por el caso Odebrecht. Después de discutir con un agente de la Policía adscrito a la Unidad de Protección, que estaba en la diligencia, a Rodríguez lo “obligaron a mostrar las fotos que tenía en el celular y a borrar el contenido, bajo el argumento de que ponía en riesgo al juez y a los asistentes de la audiencia”.
Laura Palomino, editora Judicial de W Radio y quien estuvo en la misma audiencia que Rodríguez, señaló a El Espectador que “estábamos afuera de la audiencia, que se realizaba en el tercer piso, porque nos dijeron que no podíamos ni siquiera ingresar el celular. Ese día estábamos tomando fotos de los implicados, no del fiscal ni del juez, pero a él lo bajaron y le hicieron borrar todas las fotos”. Después de este episodio, Palomino, a través de su cuenta en Twitter, que a los periodistas “nos trataron como delincuentes”.
Palomino también se refirió a otra situación que le ocurrió que dificultó su trabajo. Explicó que durante una diligencia estaba parada al lado del bafle, para poder grabar lo que se decía, cuando "el Policía, en frente de todo el público (lo que fue muy humillante), me dijo que no podía pararme ahí, pues estaba muy cerca de los implicados". A pesar de que le explicó que necesitaba grabar para poder realizar su trabajo en radio, no se lo permitieron.
(Le puede interesar: Partidos firmaron pacto político en favor de la libertad de prensa para las elecciones de octubre).
Ante esto, el juez coordinador de los Juzgados Especializados publicó un comunicado en el que señaló, por un lado, que se puede restringir la publicidad total o parcial de las audiencias y, por el otro, que “existe un protocolo que establece los parámetros de acceso a la información judicial a las audiencias en la cual también se restringe el cubrimiento de estas por parte de periodistas, pero nunca se prohíbe y siempre se sujeta a la ponderación que hace el juez en protección del interés de la justicia”.
El principal argumento que exponen los comunicadores para decir que se está entorpeciendo su trabajo es que las audiencias son públicas, como lo define la ley 906 de 2004, que creó el actual sistema penal acusatorio. Este explica que a las audiencias tienen acceso “además de los intervinientes, los medios de comunicación y la comunidad en general”, con contadas excepciones: que se ponga en peligro a alguna de las partes, que se afecte la seguridad nacional, que haya un daño psicológico a menores de edad, que por esto el acusado no tenga un juicio justo o que se comprometa la investigación.
En ese sentido, Pedro Vaca, director ejecutivo de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), aseguró que decisiones como la de la Corte Suprema en la tutela por el caso del exdirector de La Modelo son “una patada a la libertad de prensa”. Criticó que la Fiscalía anunciara el caso en rueda de prensa, con fiscal general a bordo, para luego solicitar una audiencia reservada: “El mensaje es fuerte: ustedes solo van a conocer lo que nosotros, la justicia, queremos que conozcan”, dijo Vaca antes de añadir que “la reserva (de las audiencias) es la excepción”.
"Este es el peor caso que pudieron escoger. Fue la Fiscalía quien reveló (la información sobre el exdirector de La Modelo) antes de ir a juicio", insistió Vaca para señalar que la audiencia no debió ser reservada y que el ente investigador está "haciendo justicia mediática", a pesar de que "la justicia no se hace en comunicados ni en ruedas de prensa, sino en las salas de audiencia".
(También: ¿Se pueden revelar órdenes de captura en medios? Empieza debate en la Corte Constitucional).
El periodista de RCN Florencio Sánchez, uno de los que interpuso la acción de tutela, explicó que el cierre de las audiencias "nos dejan en una situación muy difícil: no podemos informar con conocimiento de fondo de lo que pasa. Si no nos dejan escuchar a todas las partes que intervienen, tenemos que conformarnos con un trino de 10 o 20 palabras o con la versión de alguno de los que asisten a las audiencias, que nos cuenten después de estas qué fue lo que pasó y en un proceso penal hay muchos intereses, y esa parte va a contar lo que le interesa y no todo lo que pasó".
Pero no todos están de acuerdo. El abogado penalista David Albarracín afirmó que “a los periodistas que cubren audiencias les hace falta conocer de los procedimientos”, además de considerar que hay una revictimización a las víctimas y una exposición innecesaria a los procesados. Por su parte, una jueza que habló con este medio explicó que no es capricho de ellos cerrar determinadas audiencias y que esto no significa que se esté afectando el derecho a informar, y pone como ejemplo a Estados Unidos, donde hay algunas órdenes judiciales que no pueden ser reveladas por nadie.
El abogado Francisco Bernate, aun así, señaló que el derecho a la información solo se puede limitar en las situaciones estipuladas por la ley y que es necesario “que los periodistas, ciudadanos y usuarios de redes sociales puedan asistir a las audiencias y transmitan aquello que vieron y entendieron, de acuerdo a su propio saber, y que ello no quede limitado a las informaciones que divulgan los propios despachos judiciales”.