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En medio del secretismo en que fue llegó extraditado desde los Estados Unidos a Colombia el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias —condenado por las irregularidades de Agro Ingreso Seguro (AIS)—, las razones por las que la Corte Suprema lo halló culpable en 2014 vuelven a tomar total relevancia. En ese momento, el alto tribunal indicó que el miembro del gabinete del expresidente Uribe, mientras se hizo cargo de esa cartera ministerial (2005-2009), cometió los delitos de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros. El escándalo reveló que las familias del Magdalena Dávila, Lacouture y los Vives se beneficiaron de este AIS.
::Andrés Felipe Arias llegó extraditado a Colombia::
En detalle, la magistrada ponente, María del Rosario González, señaló para ese entonces, que los convenios firmados por Arias con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (LICA) y avaluados $280.000 millones, permitian que un terreno fuera fragmentado en varios predios y de manera fraudulenta pudiera recibir más de un subsidio de Agro Ingreso Seguro. La magistrada apuntó que el exministro tenía conocimiento del fraccionamiento de predios que se podía presentar a fin de que un terreno recibiera más de un subsidio de Agro Ingreso Seguro.
“Era tan evidente la existencia de este fraccionamiento, que desde la presentación de las propuestas podía advertirse cómo estas se referían a un mismo predio, situación que no originó reacción alguna por parte del titular de la cartera de Agricultura (Andrés Felipe Arias), porque su objetivo era ubicar los subsidios en determinados sectores”, aseguró la magistrada González. Después se supo que este mecanismo de fragmentar los terrenos benefició a familias prestantes de la Costa Caribe. y que este, según la Sala Penal de la Corte, "no hizo nada a pesar de la detallada intervención que hizo en todo el proceso de convocatoria para la asignación de los subsidios".
En cuanto al delito de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales el alto tribunal aseguró que Arias “soslayó la regla general” en materia de contratación al celebrar los convenios con el Lica de manera directa y no mediante licitación y concurso público “sin que mediara razón distinta a su interés de iniciar cuanto antes el programa y ejecutar los recursos obtenidos a través de su gestión”. Según la Sala Penal, Arias no realizó los estudios necesarios para establecer la conveniencia de esa contratación bajo la modalidad de ciencia y tecnología, cuando el desarrollo de las convocatorias de riego y drenaje no tenía ese fin.
“El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural al celebrar los convenios desconoció los principios rectores de la función pública y de la contratación estatal, en especial los de planeación, transparencia, economía y responsabilidad. Al escoger de manera discrecional al IICA como cooperante soslayó la regla según la cual la escogencia del contratista debe efectuarse a través de licitación o concurso público”, precisó la Corte Suprema en su momento.
Entre los años 2007 y 2009 Arias desembolsó más de $550.000 millones al IICA para la ejecución de tres contratos. "Se demostró que Arias conservó la disponibilidad jurídica de estos dineros y en ese sentido se valió de los términos de referencia de las convocatorias de riego y drenaje, para incluir reglas que favorecían a sectores específico de la producción agrícola” agregó la Corte.