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Homicidio y tortura agravada son los cargos por los que deberán responder ante la justicia los patrulleros de la Policía Nacional Harby Damián Rodríguez y Juan Camilo Lloreda, a quienes la Fiscalía General llamó a juicio por su participación en el homicidio del abogado Javier Ordóñez, ocurrido el 9 de septiembre de 2020 en Bogotá. Ordóñez fue detenido en vía pública, reducido, golpeado y llevado al CAI de Villa Luz en malas condiciones. Más tarde murió.
La Fiscalía radicó el escrito de acusación en contra de los dos uniformados, a quienes ya había imputado cargos en septiembre pasado. Dicho documento, según Blu Radio, enfatiza en que los policías sometieron a Ordóñez y a su grupo de amigos luego de una discusión, lo llevan al CAI y allí le dan una golpiza nuevamente.
En contexto: Medicina Legal señala que la muerte de Javier Ordóñez fue “violenta-homicidio”.
“Con puños y patadas, aprovechando la impunidad que el mismo recinto ofrecía, además del silencio cómplice de otros uniformados presentes en el lugar. Luego y como consecuencia de la agresión por parte de los patrulleros, el ciudadano requiere ser trasladado a un centro de atención hospitalaria donde finalmente se confirma su fallecimiento a las 1:40 a.m. como consecuencia de los múltiples traumatismos en abdomen y región lumbar”, señala el escrito citado por Blu Radio.
El 29 de octubre de 2020 la Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad por 20 años para ejercer funciones públicas a los patrulleros Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda como directos responsables del homicidio y por abuso de autoridad. “Juan Camilo Lloreda brutalmente le causó las lesiones al señor Ordóñez Bermúdez, que le produjeron la muerte. Mientras que su compañero Harby Damián Rodríguez colaboró incluso para sujetarlo por los pies, tal como quedó registrado en las imágenes. Esa autoridad de la que arbitrariamente abusó (…) se le otorgó para un fin completamente diferente, para protegerlo en su vida”, señaló la entidad.
En contexto: “Le dije a mi compañero que no le pegara más a Javier Ordóñez”, admite patrullero.
En ese caso, la Procuraduría detalló cada uno de los momentos clave durante el proceso disciplinario contra Rodríguez y Lloreda. Desde la supuesta noticia criminal de una riña en el barrio Villaluz, que en el informe policial quedó registrada como la -falsa- explicación que intentaron dar los patrulleros al maltrato que evidenció Medicina Legal, en el cuerpo de Javier Ordóñez. Además, el Ministerio Público demostró que, en el CAI Villaluz, Lloreda estalló con golpes repetitivos el riñón derecho del abogado, con complicidad de Harby Rodríguez, situación que llevó a su muerte por hemorragia interna.
“Es tal la intención de faltar a la verdad que Harby Rodríguez omitió decir (en un informe policial) que había disparado su arma de fuego -acción que luego confesó en la audiencia disciplinaria-. La retención y conducción de Javier Ordóñez fue un acto arbitrario e injusto porque los patrulleros violaron el Código de Policía, porque hicieron uso de un arma de fuego y una pistola taser sin ser necesario, proporcional y racional. Solo podían hacer uso de ellas como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas”, agregó la Procuraduría.