La última controversia alrededor del fallo contra Odebrecht

El Ministerio Público aseguró que pedir la suspensión de la sentencia se enmarca en el código contencioso administrativo que establece que, ante una apelación de una sentencia administrativa, esta debe quedar suspendida mientras la estudia una segunda instancia.

Redacción Judicial
16 de febrero de 2020 - 10:51 p. m.
En un concepto, la Procuraduría señaló que la condena en contra de Odebrecht y socios debe ser suspendida mientras cursa la segunda instancia en el Consejo de Estado.  / AFP
En un concepto, la Procuraduría señaló que la condena en contra de Odebrecht y socios debe ser suspendida mientras cursa la segunda instancia en el Consejo de Estado. / AFP
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

El 20 de enero de este año, la Procuraduría dio su concepto frente a los recursos de reposición presentados por Odebrecht y CSS constructores en contra de la decisión del Consejo de Estado de suspender los efectos de la sentencia en su contra mientras la segunda instancia estudia la apelación. El fallo en cuestión es la condena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en contra de las empresas del Consorcio Ruta del Sol por los actos de corrupción para lograr su adjudicación.

En su concepto, el Ministerio Público le dio la razón a Odebrecht y aseguró que, de acuerdo al Código de Procedimiento Administrativo y de los Contencioso Administrativo (CPACA), la decisión del tribunal, de multarlos por $75.000 millones e inhabilitarlos por 10 años para contratar con el Estado, debía ser suspendida mientras que era estudiada la apelación. Por esta razón, la Procuraduría pidió que quedara sin efectos la primera decisión del Consejo de Estado. De acatarse el pedido del ente de control, la sentencia quedaría sin efecto mientras es estudiada por la segunda instancia.  

(Además: “Nada relaciona mi gobierno con sobornos de Odebrecht”: Santos)

En su más reciente columna en la revista Semana, María Jimena Duzán hizo duros señalamientos en contra de la Procuraduría por este concepto. La periodista criticò que el Ministerio Público, a pesar de haber sido la demandante, pidió que el fallo en contra de Odebrecht y Episol por las irregularidades de la Ruta del Sol fuera suspendido mientras este es apelado ante el Consejo de Estado. De acuerdo con lo expuesto por la columnista, esta decisión, habría sido motivada por el pasado del procurador Fernando Carrillo como abogado de una de las empresas de Luis Carlos Sarmiento, grupo empresarial del que hace parte Episol.

Frente a los señalamientos hechos por María Jimena Duzán, la Procuraduría emitió una respuesta rechazándolos. En el comunicado, el Ministerio Público aseguró que siempre ha ratificado ante el Consejo de Estado su solicitud de condena en contra de los miembros del Consorcio Ruta del Sol (Odebrecht, Episol y CSS Constructores) y “pidió que se confirme el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que les impuso un pago de $715.000 millones” por el entramado de corrupción que hubo alrededor de la adjudicación del tramo II de la Ruta del Sol.

Según el Ministerio Público, no hubo nunca intención de apelar el fallo, ya que estaba “de acuerdo en su totalidad con la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca”.  Sin embargo, el Ministerio Público señaló que pidió tramitar las apelaciones con efecto suspensivo (dejar sin efecto el fallo por el momento), tal como lo había definido el Tribunal Administrativo, y no devolutivo (sin suspender la decisión), como lo había determinado el magistrado del Consejo de Estado.

(También: Falta mucho por saber sobre el caso Odebrecht, dicen antiguas fichas de la firma en Colombia)

La razón de este pedido, expuso la Procuraduría, es que, de acuerdo con la tradición jurídica del sistema contencioso administrativo, las decisiones del tipo de inhabilidades deben ser suspendidas mientras son resueltas por la justicia. Sin embargo, el Ministerio Público declaró que “si como parte de este proceso el Magistrado Ponente Martín Gonzalo Bermúdez Muñoz ordena el cumplimiento con carácter inmediato a las inhabilidades de 10 años impuestas (…) la Procuraduría acatará sin reserva esa eventual decisión del Consejo de Estado, sin controvertirla”.

Luego añadió, haciendo referencia directamente a los comentarios de María Jimena Duzán: “Que nadie se llame a engaños. Ha sido la Procuraduría la única entidad del Estado que ha logrado condenas patrimoniales contra Odebrecht y sus socios locales. Defenderemos esa condena en el Consejo de Estado, hasta lograr la confirmación de lo fallado en la primera instancia”, señaló el procurador Fernando Carrillo en la comunicación en la que refutó los señalamientos de la periodista.

En el mismo comunicado, la Procuraduría le pidió Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) que estuviera preparada para cobrar los $715.000 millones de multa a los que el Tribunal de Cundinamarca condenó a las empresas miembro del Consorcio Ruta del Sol.

(Además: Gabriel Dumar prenderá el ventilador en el caso Odebrecht)

El fallo de la controversia es la condena emitida el 14 de diciembre de 2018 en contra de Odebrecht, Episol y CSS constructores, las empresas que se unieron en un solo consorcio para hacerse con el tramo II de la Ruta del Sol. Esta condena, producto de una acción popular impulsada por la Procuraduría, obligó a las tres empresas y a otros implicados en el caso de corrupción a pagar una millonaria multa. Asimismo, el tribunal departamental inhabilitó por 10 años a las empresas vinculadas al consorcio.

Este fallo fue impugnado por las tres empresas vinculadas y actualmente cursa su camino por el Consejo de Estado. Será el alto tribunal administrativo el que dejará en firme o no la condena en contra de Odebrecht y sus socios por el escándalo de corrupción.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar