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"Que se adopten las medidas para preservar la vida de los niños wayúu"

La CIDH otorgó medidas cautelares para esta población ante la grave situación que se vive en La Guajira.

Redacción Judicial
17 de diciembre de 2015 - 10:48 p. m.
"Que se adopten las medidas para preservar la vida de los niños wayúu"
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Que se adopten “las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los niñas, niños y adolescentes” de las comunidades Wayúu en los municipios de Uribía, Manaure, Riohacha y Maicao, en La Guajira. Así lo ordenó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un documento de 15 páginas, revelado este jueves.

La Comisión otorgó medidas cautelares para esta población, dándole la razón a los demandantes, Javier Rojas Uriana y Carolina Sáchica Moreno, quienes desde febrero de este año le habían solicitado a ese tribunal internacional que protegiera a esta comunidad ante la hambruna que se presenta en La Guajira y que ha afectado, sobre todo, a los niños wayúu.

Para ese momento, 11 niños habían fallecido en La Guajira por causas asociadas a la falta de agua y a la desnutrición. Mientras que en los últimos 8 años, según los demandantes, “se habría identificado el fallecimiento de 4771 niños y niñas por causa de desnutrición crónica, 8% de los cuales representaría niños y niñas registradas y el 92% de niñas y niños no registrados”. Sumado a problemas con el abastecimiento de agua en La Guajira por culpa, según los demandantes, de varios proyectos mineros y de ingeniería.

Por ello, la Comisión ordenó asegurar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud en las comunidades de Uribía, Manaure, Riohacha y Maicao, “con un enfoque Integral y culturalmente adecuado, con el fin de atender la desnutrición infantil y enfermedades prevenibles o evitables”.

Igualmente, tTomar medidas inmediatas para que las comunidades beneficiarias puedan tener, a la brevedad posible, acceso al agua potable y salubre, de manera sostenible y suficiente para la subsistencia de los niñas, niños y adolescentes. Y, además, tomar “medidas inmediatas para que las niñas, niños y adolescentes puedan tener alimentos en calidad y cantidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias con pertinencia cultural, así como de establecer los mecanismos idóneos para la identificación de casos de desnutrición para una intervención inmediata”.

Por Redacción Judicial

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