¿Se equivocó la Fiscalía al capturar a "Jesús Santrich" sin consultar a la JEP?

Expertos y abogados que han seguido de cerca la implementación del Acuerdo de Paz, aseguran que la Sala de Revisión de la justicia especial es la encargada de resolver casos como el del exguerrillero y que el ente investigador no tuvo en cuenta lo acordado en La Habana.

Redacción Judicial
11 de abril de 2018 - 12:01 p. m.
El fiscal Néstor Humberto Martínez confirmó la captura de "Santrich" el pasado 9 de abril. / Archivo
El fiscal Néstor Humberto Martínez confirmó la captura de "Santrich" el pasado 9 de abril. / Archivo
Foto: ANDRÉS TORRES/ EL ESPECTADOR -
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Se sabía, desde el comienzo de la implementación del Acuerdo de Paz, que por el camino se irían ajustando los errores, vacíos jurídicos y problemas que se pudieran presentar en la ardua tarea de poner a andar un modelo de justicia especial para acabar con una guerra de 50 años. Lo que no estaba tan claro es que el primer chicharrón que iba llegar a la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) iba a ser tan grave como para poner al proceso de paz a encarar una prueba de fuego. La razón es la captura del exjefe guerrillero Seuxis Hernández Solarte, más conocido por su nombre de guerra: Jesús Santrich, por cuenta de una investigación de agentes federales de la DEA y del Departamento de Justicia de Estados Unidos.

(En contexto: La operación encubierta que llevó a la captura de “Jesús Santrich”)

En las pesquisas de las autoridades estadounidenses estarían pruebas claves para demostrar que Santrich y otras tres personas, identificadas como Marlon Marín, Armando Gómez, alias el Doctor, y Fabio Younes Arboleda, habrían tenido un plan para exportar 10 toneladas de cocaína hacia Estados Unidos. En el negocio ilegal, se habría pactado la suma de $15 millones a cambio de llevar toda la pasta de droga hasta suelo norteamericano. Según los detalles que estaban en manos de la Interpol, los cuatro colombianos habrían negociado en Colombia el envió del estupefaciente y el propio exguerrillero habría propuesto una reunión en su casa, allanada el pasado lunes 9 de abril por agentes del CTI de la Fiscalía, para demostrar ante los compradores que tenía acceso a la droga.

En Colombia ya se empiezan a conocer las pruebas que tendría la justica de Estados Unidos. La Fiscalía reveló conversaciones telefónicas, fotografías y videos que evidenciarían la participación de Jesús Santrich en la negociación. Una de ellas, por ejemplo, es el supuesto envío de un cuadro pintado por el propio Santrich a  uno de los grandes capos del cartel de Sinaloa: Rafael Caro Quintero. Aunque la totalidad de las pruebas no se conocen, lo que está claro es que los señalamientos en contra de Santrich son de toda la gravedad pues, de probar sus supuestos vínculos con la operación de narcotráfico, se convertiría en el primer exguerrillero desmovilizado en ser extraditado.

Su defensa jurídica y compañeros de la FARC se pronunciaron al respecto y denunciaron que todo se trata de un “montaje judicial” que puede conducir al fracaso de la paz, y cuyo objetivo es “forzar una desbandada del proceso para justificar la violencia”. Una de las peticiones de los abogados y del partido político es que la Misión de Verificación de la ONU siga de cerca el caso pues, aseguran, se violó un punto clave que ya se había negociado en La Habana. 

Se refieren a la manera en que los exguerrilleros son procesados judicialmente en un caso de extradición. El Acto Legislativo 01 de 2017 expuso con claridad que todos delitos que cometieran los exguerrilleros, incluido el de narcotráfico, después de la firma del Acuerdo de Paz debían ser investigados en la justicia ordinaria. Pero, así como fue de claro en establecer qué casos se quedaban en la JEP y cuáles no, la norma no es precisa a la hora de establecer qué ocurría si se emitía un orden de captura internacional y si era necesario consultarle a la JEP el caso antes de realizar el procedimiento judicial. Exactamente lo que sucedió el pasado 9 de abril con Jesús Santrich.

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Al respecto, abogados expertos que han estudiado el Acto Legislativo, explicaron que se trata de un vacío jurídico que da pie a una serie de interpretaciones, todas ellas diferentes. Por un lado, están quienes aseguran que la captura se realizó siguiendo todos los protocolos aprobados pues lo que importaba era que Santrich no tuviera el chance de fugarse cuando se enterara de la decisión de la corte de Nueva York. Sin embargo, el otro bando de juristas aseguran que el operativo fue un error garrafal de la Fiscalía pues en la norma es clara al afirmar que la Sala de Revisión de la JEP es la encargada de decidir, después de una investigación interna, si el caso debe ser asumido por la justicia ordinaria o por el sistema especial.

“La Fiscalía se saltó un procedimiento que fue aprobado en el Acto Legislativo y que ahora hace parte de nuestra Constitución. Seguramente querían que el sujeto del proceso estuviera bajo su custodia. Pero lo que es claro, según el artículo 19, es que la JEP ha debido darle la luz verde a esa orden de captura internacional”, explicó un abogado que ha seguido de cerca la implementación del acuerdo de paz. Hay otros expertos que se atreven a hacer una interpretación mucho más arriesgada de la norma pues, aseguran que, según lo allí planteado, todas las órdenes de capturas y medidas de aseguramiento con fines de extradición quedaban suspendidas con la firma del acuerdo de paz, “y que la Fiscalía haya incumplido este pacto, es una estocada al proceso”.

(En contexto: ¿Quién es Jesús Santrich, el exguerrillero detenido por la Fiscalía?)

“Seguramente, además de la presión que tenía el ente investigador de no dejar que Santrich se fugara, tenía también una influencia política encima y por eso terminan capturándolo, aun cuando la JEP ha debido resolver la situación”, puntualizó un abogado experto en el proceso de paz colombiano. Hasta ahora, el fiscal no se ha pronunciado sobre si le va a enviar el expediente completo a la Sala de Revisión. Y otro de los grandes problemas de esta situación es que todavía no hay un Código de Procedimiento que puedan seguir los magistrados de la JEP para saber si le piden a la Fiscalía los documentos, o esperan a que la entidad se los envíe de manera voluntaria.

En este caso, señalaron fuentes consultadas por este diario, la defensa de los capturados también podría intervenir y presentar una tutela para que el ente investigador le entregue el caso a la JEP. “Este podría ser el comienzo del fin del acuerdo de paz con las Farc. Si la justicia ordinaria y la institucionalidad no son capaces de respetar lo que ya ha aprobado el Congreso y la Corte Constitucional, y además ya hace parte de la Constitución Política, lo más natural es que el acuerdo se acabe”, agregó un jurista que asesoró al gobierno en La Habana. En este caso, hay quienes tienen una mirada más optimista pues saben que en la actualidad existen normas vigentes que podrían guiar a la JEP y las demás entidades a resolver el asunto sin mayores sobresaltos.

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La Fiscalía, por su parte, explicó que el proceso va en marcha sin ningún inconveniente y que está a la espera de que la Sala de Revisión de la JEP emita su pronunciamiento para qu el caso siga los pasos en normalidad. Primero deberían recibir la formalización del pedido de extradición por parte de Estados Unidos, que no debería tardar más de 60 días, en seguida el caso pasaría a revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia y, finalmente, pasaría a sanción presidencial. El ente investigador señaló que, de ser necesario, le enviaría las pruebas a la JEP para su eventual revisión. 

Abogados que conocen bien cómo avanza el arranque de labores dentro de la justicia especial le explicaron a El Espectador que dentro de la Sala de Revisión ya conocen el tema y que no es la primera vez que se presenta un caso así. Por esta razón, los magistrados ya han estado discutiendo el paso a seguir e inclusive, han hablado de emitir un protocolo oficial para estas situaciones. Sin embargo, todavía no está claro. “Hubiera sido ideal que la Fiscalía le hubiera consultado a la JEP antes de realizar la captura. La clave para que el sistema especial funcione es que trabajemos de la mano con las demás entidades del Estado. Si el trabajo se va a convertir en un constante choque de trenes con la Fiscalía, va a ser imposible tener justicia y verdad”, puntualizó la fuente.

Además de la disputa jurídica de si el ente investigador se apresuró al realizar la captura de Santrich, o si ha debido enviar de inmediato el caso a la Sala de Revisión, hay otra arista clave de este problema que es la prioridad para los magistrados de la JEP. “Hemos hablado de las implicaciones del Acto Legislativo 01 de 2017, pero no hemos pensado en qué pasa si lo extraditamos. ¿A caso no puede contribuir con la verdad en cientos de casos? ¿Si se va a Estados Unidos vamos a perder su aporte a la verdad y reparación de millones de víctimas, como pasó con los paramilitares? Creo que aquí debemos analizar el caso con cabeza fría y recordad que la prioridad es la verdad, justicia, reparación y no repetición”, concluyó el abogado cercano a la JEP.

Por Redacción Judicial

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