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Violencia sistemática de la Policía en protestas, la preocupación de la Corte Suprema

Aunque el Gobierno respondió, como ha dicho antes, que son casos aislados, para la Corte Suprema de Justicia la forma en la que el Esmad arremete en las protestas es sistemáticamente violenta. ¿Qué significa?

24 de septiembre de 2020 - 02:00 a. m.
Protestas 13 de septiembre
Protestas 13 de septiembre
Foto: JOSE VARGAS ESGUERRA
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“La democracia, como lo recuerda Norberto Bobbio, se funda no sobre el consenso, sino sobre el disenso”, escribió el Consejo de Estado al condenar a la nación por el asesinato del estudiante Jhonny Silva (de la Universidad del Valle) a manos del Esmad en 2005. En varias oportunidades, la Corte Constitucional ha dicho que el orden público no es un valor en sí mismo, sino “un valor subordinado al respeto a la dignidad humana”. Y ambos conceptos los retomó la Corte Suprema en su reciente sentencia sobre la sistematicidad con que la Policía arremete contra la protesta social. Un punto de honor para el Gobierno, que respondió que los excesos son casos aislados.

(Le puede interesar: “La pregunta es por qué sucedió esto por Ordóñez y no con el caso de Puerto Tejada”: profesora de Harvard)

“La Fuerza Pública, en particular el Esmad (Escuadrón Móvil Antidisturbios), no incurre institucionalmente en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte de la Fuerza Pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la ley y los reglamentos”, dijo el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, desde la Casa de Nariño, tras analizar la decisión judicial. Además, aseguró que los abusos de fuerza que pudieron presentarse -por lo menos 72, según Human Rights Watch-, están siendo investigados.

La Corte, sin embargo, ve el asunto diferente: “Se infiere de lo escrutado , por la comprobación de lesiones físicas a manifestantes y por la conducta de algunos agentes de la Policía y en el Esmad, que hay falencias e incapacidad en las instituciones encargadas de mantener el orden público interno para usar, de forma racional y moderada, las armas de la República”. Lo que el alto tribunal reprocha, específicamente, son las violaciones del derecho a la protesta y la actitud de agentes que, en lugar de velar por garantizarles a los ciudadanos ese derecho, han resultado agrediéndolos. De allí la sistematicidad.

(Lea también: Los detalles del histórico fallo que ordena frenar abuso policial en las protestas)

De hecho, el magistrado Luis Armando Tolosa, ponente del fallo, retoma la definición de sistematicidad del Tribunal Internacional para Ruanda: un ataque “masivo, frecuente, una acción a larga escala, llevado a cabo colectivamente con considerable seriedad y dirigido contra una multiplicidad de víctimas”. Y, tras esbozar paralelos entre el derecho penal internacional y los derechos humanos, el fallo concluye que los demandantes demostraron una “vulneración generalizada y reiterada de los derechos a la protesta, participación ciudadana, vida, integridad personal, debido proceso, libertad de expresión, reunión y circulación”.

En la tutela, como le explicó el abogado de Dejusticia Alejandro Jiménez a El Espectador, los accionantes aseguraron que la Policía y en particular el Esmad incurren en cuatro prácticas que violaban el derecho de los ciudadanos a protestar: “Primera, disolver protestas pacíficas; segunda, utilizar armas potencialmente letales en contravía de los reglamentos; tercera, usar gases indiscriminadamente, y cuarta, el uso masivo de detenciones administrativas. Creíamos que el uso de armas de fuego había parado y volvió el 9 de septiembre, entonces también lo incluimos”. Ocurrió en lugares tan distintos como Medellín, Bogotá y Cali durante las movilizaciones que se dieron entre noviembre pasado y febrero de este año.

(Puede ver: “Esmad no incurre institucionalmente en excesos”: ministro de Defensa tras fallo de la Corte Suprema)

Como lo explica la Corte “(hubo) una reiterada y constante agresión desproporcionada de la Fuerza Pública respecto de quienes, de manera pacífica, se manifestaron en las datas atrás indicadas, en ejercicio del derecho fundamental”. En ese sentido, agrega el fallo, este cuerpo policial puede considerarse “una amenaza”. Además, continúa, “no es la primera vez que el Esmad es convocado ante la justicia para responder por conductas ilegítimas y desproporcionadas frente a quienes, de manera pacífica, ejercen su derecho fundamental a reunirse para protestar”.

De hecho, entre los demandantes están Yuri Neira, el padre de Nicolás Neira, el joven que murió en Bogotá por el impacto de una lata de gas del Esmad en 2005; Wilman Silva y Eneried Aranguren, padres de Jhony Silva, el estudiante de la Universidad del Valle que murió ese mismo año por el impacto de bala de un arma de fuego de la Policía, y Ana Benilda Ángel, madre de Óscar Salas, estudiante de la Universidad Nacional que murió en 2006 en la capital porque el mismo Escuadrón Antidisturbios le disparó una canica a gran velocidad a la cabeza. A su vez, entre los tutelantes hay decenas de profesores universitarios que vivieron de primera mano los embates en el paro nacional de 2019.

(Le puede interesar: La defensa de la Corte Suprema al derecho a disentir)

El Gobierno ya anunció que le pedirá a la Corte Constitucional que revise la sentencia. Sin embargo, según le explicaron varios abogados a este diario, esa solicitud de revisión y el eventual control que hagan los magistrados del trabajo de la Corte Suprema no exime al Ejecutivo de cumplir las seis órdenes que los vinculan directamente. La versión gubernamental, sin embargo, es una sola: “La actuación del Esmad se produce exclusivamente ante las acciones violentas e irracionales que constituyen delitos, atentan contra los derechos de las personas y no son manifestaciones pacíficas”, dijo el ministro de Defensa.

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José(74482)24 de septiembre de 2020 - 07:11 p. m.
Que vergüenza en este país donde estamos llenos no sólo de vándalos físicos, sino ahora con el apoyo de una corte,que primero que todo no tiene la elección del pueblo y sin embargo se apropia e invade los espacios de otros poderes.Igual que la desgracia de alcaldesa que tenemos en Bogota. Parece que la mayoría que somos los más no tenemos derechos.
Berta(2263)24 de septiembre de 2020 - 10:51 a. m.
Mis aplausos para la Corte Suprema y todo mi rechazo para el gobierno criminal y fascista en cabeza de Duque (aunque habría que decir en cabeza del reo del Ubérrimo, 1500 hectáreas, 200 baldíos de la nación). La declaración de Homes, ministro de guerra es una declaración de guerra.
Che(76218)24 de septiembre de 2020 - 09:34 a. m.
La preocupación de la Corte Suprema es hacer política y de la mala desde la judicatura y eso no puede ser. A grandes problemas, grandes soluciones.
Fairta(73676)24 de septiembre de 2020 - 08:22 a. m.
Infortunadamente no encaminamos hacia una dictadura manejada por el "secuetrado" en el Uberrimo. El permanente desacato a la corte y la acumulación de poderes el el gobierno no presagia nada bueno. Entretanto Duque sigue en las nuves sin saber que pasa a su alrededor.
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