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Colombia Humana y UP lanzan protocolo para sancionar violencias contra mujeres y LGTBI

Las colectividades presentaron una ruta de atención para tratar quejas o denuncias. Se contemplan pautas como acompañamiento y orientación, así como investigación y seguimiento. El protocolo tiene un enfoque preventivo, de atención y erradicación de hechos de violencia.

09 de marzo de 2021 - 12:34 a. m.
El protocolo abarca enfoques de género y justicia restaurativa. Además, se rige por los principios de un derecho a una vida libre de violencias; pedagogía y publicidad; confidencialidad; asesoría y acompañamiento, y el derecho a no ser confrontadas con el agresor.  / Twitter
El protocolo abarca enfoques de género y justicia restaurativa. Además, se rige por los principios de un derecho a una vida libre de violencias; pedagogía y publicidad; confidencialidad; asesoría y acompañamiento, y el derecho a no ser confrontadas con el agresor. / Twitter

En línea con lo que hecho recientemente por el Partido Conservador, la alianza de los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica (UP) presentó este lunes –cuando se conmemora el Día Internacional de la Mujer–, el protocolo para la prevención, atención, sanción y erradicación de violencias contra mujeres y personas LGTBI al interior de sus colectividades.

Lea también: Conservadores presentan protocolo de no violencia contra la mujer

Reconociendo que la violencia contra niñas, mujeres y las personas de los sectores LGTBI+ “constituye una forma extrema de discriminación y expresión de una sociedad que no solo la reproduce cotidianamente, sino que favorece su impunidad”, los partidos presentan una ruta de atención para tratar quejas o denuncias.

La ruta comprende cinco pautas: primero, conocimiento del caso y atención de la emergencia; segundo, determinación del tipo de violencia; tercero, iniciar proceso de acompañamiento y orientación jurídica, psicológica, psicosocial y espiritual según sea el caso; cuarto, investigación de los hechos, y finalmente, seguimiento por parte de quien hizo el proceso de acompañamiento y orientación jurídica, psicológica, psicosocial y espiritual según sea el caso.

Se establece que toda mujer o persona de los sectores LGTBI+ que sea víctima de acoso o de hostigamiento sexual por razón de sexo, podrá presentar una denuncia verbal o por escrito ante las instancias creadas. Dichas instancias serán de orden local, departamental, nacional e internacional, que deberán adoptar conocimientos, procedimientos y herramientas para la comprensión de las violencias basadas en género, incluyendo la violencia política con el objetivo de garantizar la idoneidad en la tramitación, investigación y sanción de las denuncias.

Una vez formulada la queja o denuncia, una persona integrante de dichas instancias se pondrá en contacto con la persona afectada por la violencia de género, el acoso o el hostigamiento sexual, en un plazo de 48 horas hábiles a fin de poner a disposición de la víctima el presente protocolo.

Para ello, se tendrán en cuenta lineamientos como el respeto a la expresión de sentimientos sin proferir juicios de valor; una actuación con empatía ante la situación que enfrenta la persona; mostrar tranquilidad y proyectar seguridad; mantener un equilibrio entre distancia y cercanía emocional, y transmitir mensajes claros mediante lenguaje accesible, claro y simple, así como identificar si afectada requiere de ayuda psicológica profesional.

El protocolo advierte también que no se admitirán las denuncias anónimas y que la persona encargada de recibir la denuncia abrirá un expediente con toda la información recibida. “Preferiblemente la persona afectada entregará esta denuncia por escrito. Si la persona afectada no está en condiciones emocionales de escribir la denuncia, se dispondrá de una persona que le ayude a reconstruir la historia y escribir la denuncia”, reza el documento.

Posteriormente, se procederá a confirmar la veracidad de la denuncia y, una vez comprobada la existencia de indicios que doten de veracidad la denuncia, la persona encargada de la instrucción del caso entrará en contacto de forma confidencial con la persona denunciada, sola o en compañía de la persona denunciante, si así lo considera la persona denunciante, para manifestarle la existencia de una queja sobre su conducta.

El procedimiento se desarrollará en un plazo máximo de 10 días hábiles y solamente “en casos excepcionales y de imperiosa necesidad” podrá ampliarse el plazo hasta en cinco días. Se indica también que se procurará la protección suficiente de la persona denunciante en cuanto a su seguridad y salud, interviniendo para impedir la continuidad de las presuntas situaciones de acoso y proponiendo las medidas cautelares necesarias.

En esa línea, se precisa que la investigación de los hechos denunciados tendrá como plazo máximo 30 días hábiles desde el momento en el que se admita la denuncia, pudiendo sólo ser ampliado por 10 días hábiles bajo “razones fundadas por las instancias creadas”. Y en todos los casos, se realizará con perspectiva de género, y se enfatizará en aquellos casos donde se esté ante grupos de especial vulnerabilidad, como mujeres y niñas indígenas y afrodescendientes.

Al finalizar la investigación, las instancias creadas junto con el Consejo Nacional Ético deberán emitir un informe de valoración con las conclusiones y propuestas que se deriven, que se ha de aprobar por mayoría. Posteriormente, este informe se remite al órgano creado dentro del movimiento para su resolución.

Se contempla también que, en los casos en los que la seguridad o tranquilidad de la víctima esté en riesgo, se podrán dictar órdenes de protección que son medidas de carácter temporal para garantizar la seguridad de la víctima, como impedir el acceso de la persona denunciada a las instalaciones del movimiento, brindar acompañamiento, notificar a la Fiscalía o pedir el apoyo de las autoridades para vigilar su persona y domicilio.

Por último, en materia de sanciones, que en todo caso se determinarán de acuerdo con el principio de proporcionalidad, se podrían contemplar situaciones como amonestación privada o pública, suspensión de derechos dentro del movimiento, cancelación de la membresía, destitución del cargo en los órganos de representación y dirección del movimiento, inhabilidad para participar en esos órganos o resarcimiento del daño patrimonial ocasionado.

Sumado a las sanciones, se precisa que, en caso de que la víctima así lo decida, el proceso podrá continuar a nivel civil, penal o administrativo, y que las sanciones internas de ninguna manera sustituyen dicho proceso.

El protocolo incluye también medidas de reparación a la víctima, como la prestación de bienes y servicios y/o indemnizaciones económicas; disculpas públicas o privadas; que el responsable financie cursos en materia de igualdad entre hombres y mujeres, o impartición de cursos para el empoderamiento de las víctimas.

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Berta(2263)09 de marzo de 2021 - 11:26 a. m.
¿"Colombia Humana"? ¿Petro "defiende" a las mujeres? ¿Primero apoya la candidatura de Morris, acusado de violencia intrafamiliar, a la alcaldía de Bogotá, y ahora se las da de "feminista"? No le creo. Petro es polarizador, violento, arrogante. Apoyó a Ordoñez; desde eso dejé de creer en él. Solo le interesa su gloria personal. Nunca ha rechazado vehemente a Maduro ni a la dictadura cubana.
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