Congreso aprueba la Justicia Especial para la Paz

En último debate, la plenaria de la Cámara le dio el último "sí" a la que ha sido denominada como la columna vertebral del Acuerdo de Paz. Las sanciones de la JEP no afectarán los derechos políticos de exmiembros de la guerrilla. Por otro lado, quiénes hayan cometido delitos sexuales contra menores no tendrán beneficios.

-Lorena Arboleda Zárate / @LorenaArboleda8
28 de noviembre de 2017 - 04:11 a. m.
El presidente de la Cámara, Rodrigo Lara, se opuso a la participación en política de la Farc sin antes someterse a la JEP. / Prensa Cámara de Representantes
El presidente de la Cámara, Rodrigo Lara, se opuso a la participación en política de la Farc sin antes someterse a la JEP. / Prensa Cámara de Representantes
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Lo que hasta hace apenas algunos días parecía una misión imposible, logró coger vuelo y, al fin, el Congreso dio el último sí a la columna vertebral del Acuerdo de Paz con la desarmada guerrilla de las Farc: la ley estatutaria que reglamenta la Jurisdicción Especial de Paz. En tiempo récord, tal y como lo prometió el Gobierno, la Cámara baja sacó adelante la iniciativa que permitirá juzgar, a través de un sistema transicional, a los actores involucrados en el conflicto armado. Y ahora les corresponde a los excombatientes, a los terceros civiles y agentes del Estado (si así lo quieren), y a los integrantes de la Fuerza Pública cumplir con su parte: reparar a las víctimas.

(Lea: El último intento por la JEP)

La ley estatutaria de la JEP, que pasó su último debate en el Congreso y que se apresta a pasar por la etapa de conciliación es, además, el corazón mismo del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición. De su funcionamiento, depende que se logre un verdadero tránsito hacia el denominado posconflicto y hacia la consolidación de una paz estable y duradera. Una meta que, sin embargo, se ve bastante lejos por cuenta de la lenta implementación con la que se han venido materializando las normas para traer a la realidad lo pactado en Cuba. Y si a eso se suman las modificaciones introducidas a textos tan importantes como el aprobado ayer, pareciera anticipar que este proyecto no será recibido con el beneplácito esperado por parte de la naciente Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común.  

(Lea: Los planes del Gobierno para salvar la paz)

De hecho, desde la semana pasada, Voces de Paz anunció que no participaría más en los debates de la JEP por considerar que su espíritu había sido vulnerado y que contrariaba los pactos de la Habana. “Proyecto que se debate no es garantía de verdad y reparación para la reconciliación”, dijeron ayer. Pero, sin duda, el nuevo sistema de justicia transicional previsto por 10 años –y cinco más para concluir con su actividad jurisdiccional- es el primer paso para, ahora sí, fortalecer la construcción de memoria histórica y garantizar la reinserción plena de quienes decidieron dejar las botas para competir por votos. Y en ese sentido, el eje central de lo pactado es que quienes alguna vez alzaron las armas podrán hacer política sin restricciones.

Participación en política

Lo aprobado ayer establece claramente que las sanciones que imponga la JEP no inhabilitarán a los exguerrilleros para participar en política. Más aún, aquellos que reconozcan su responsabilidad de manera temprana, y se comprometan con el resarcimiento a las víctimas, podrán ocupar cargos de elección popular en los comicios del próximo año. Por eso, y acogiendo la decisión que sobre el asunto adoptó la Corte Constitucional, quedará en manos de los jueces de la JEP determinar la compatibilidad entre la ejecución de la condena y la participación en política, en aras de evitar que la persona de la Farc que resulte electa tenga que renunciar a su cargo por cuenta de la sanción que le sea impuesta. Cosa que, por el contrario, no se les permite a quienes sean sancionados con penas alternativas u ordinarias (es decir, que reconozcan su responsabilidad de manera tardía o que, sencillamente, no lo hagan), pues tendrán una pena privativa de la libertad, abiertamente incompatible con el ejercicio político.

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Un asunto que, en todo caso, no estuvo exento de discusión como si los congresistas apenas se enteraran de que esa era una condición incluida desde el Acuerdo de Cartagena. “Es muy grave que se les imponga a los colombianos la representación de personas sobre quienes aún pende un repudio de una grave condena por delitos de lesa humanidad”, señaló el presidente de la Cámara de Cambio Radical, Rodrigo Lara. Entretanto, el representante de la U, John Jairo Cárdenas, calificó de “mezquina” la intención de los congresistas de querer cambiar las reglas del juego a estas alturas. “Estamos haciendo una trampa a los acuerdos”, señaló.

Magistrados de la JEP ¿con inhabilidades e incompatibilidades?

A pesar de que en el Senado fue aprobado un régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los magistrados de la JEP - un hecho que, dicho sea de paso, fue recibido como si se hubieran legislado en contra de los funcionarios ya electos para hacer parte del sistema-, la Cámara aprobó, más bien, un sistema de impedimentos y recusaciones, tal y como opera para los magistrados de las altas cortes. 

(Lea: Los 18 elegidos para ser magistrados de las salas de la JEP)

 Comparecencia ante la JEP

Otro punto polémico que tendrá que ser conciliado se relaciona con el fuero constitucional que tienen los altos mandos militares y su eventual comparecencia ante la JEP. Ayer, la plenaria de la Cámara decidió eliminar el artículo que privilegiaba a generales y almirantes, aforados por la Constitución Política, con el objetivo de que comparezcan ante el sistema transicional en caso de ser requeridos. “Se aplica lo que señaló la corte Constitucional. Es decir, se respetan los fueros constitucionales salvo el de los altos mandos militares”. Una postura que contradice la interpretación del representante conservador, Telésforo Pedraza, quien propuso la eliminación de ese artículo. “La Corte Constitucional allí dejó una puerta abierta y hay que esperar el fallo definitivo en el sentido de que hoy los almirantes y generales tienen el fuero ante la Corte suprema de Justicia, y yo defiendo que generales y almirantes mantengan ese fuero”, argumentó.

Delitos sexuales sin beneficios

Ayer también se aprobó una proposición del representante de la U, Efraín Torres, con la que se niegan beneficios a los miembros de las Farc que hayan cometido delitos sexuales en contra de menores. Eso quiere decir que la pena máxima de la JEP, que es de 20 años, no aplicará para ellos, sino que serán sancionados con las penas que establece la justicia ordinaria. “Ante la JEP es una realidad que los violadores y asesinos de niños miembros de las FARC recibirán las penas de la justicia ordinaria, con penas en centros carcelarios, y no los beneficios de la jurisdicción de paz con penas bajas y trabajo restaurativo. Así defendemos y reparamos a todos esos niñas y niñas que fueron abusados sexualmente mientras estuvieron en manos de la guerrilla, una violación o la explotación sexual no tienen nada que ver con el conflicto armado”, sostuvo Torre

Al “fast track” le quedan apenas tres días de vigencia jurídica. En ese tiempo, el Congreso tendrá que votar la conciliación de los textos que sobre la JEP aprobaron Senado y Cámara y que, al final, será la última palabra para saber si, en efecto, el sistema les cumplirá a las protagonistas de todo este proceso: las víctimas de la guerra.

Por -Lorena Arboleda Zárate / @LorenaArboleda8

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