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¿Hora de reformar la justicia militar? Un debate que levanta roncha

Al Congreso llegará, una vez más, un proyecto para hacerle un revolcón al sistema con el que son juzgados los miembros de la Fuerza Pública. Desde la justicia penal militar dicen que a partir de este año serán independientes del Ministerio de Defensa. Este diario conoció cifras del funcionamiento de este sistema de justicia que respaldarían la tesis de que se requieren cambios. Análisis.

Javier González Penagos – Twitter: @Currinche
24 de enero de 2021 - 02:00 a. m.
El Espectador pudo establecer que solo en 2019 a la justicia penal militar llegaron 24.921 casos (68 diarios). Sin embargo, a lo largo del año, apenas se celebraron 587 cortes marciales (el 2,3 % del total). Adicionalmente, en 911 casos (el 3,6 %) se profirieron sentencias. /Archivo
El Espectador pudo establecer que solo en 2019 a la justicia penal militar llegaron 24.921 casos (68 diarios). Sin embargo, a lo largo del año, apenas se celebraron 587 cortes marciales (el 2,3 % del total). Adicionalmente, en 911 casos (el 3,6 %) se profirieron sentencias. /Archivo

Los últimos dos años no han sido los mejores para la Fuerza Pública. Su imagen, sus valores y su consigna suprema de defender y proteger a la población civil quedaron en entredicho como pocas veces por el actuar, eso sí, de unos cuantos. Lo ocurrido al cierre de 2019 -con las denuncias de abusos y excesos en el uso de la fuerza durante el paro nacional- es una muestra de la crisis, y casos como el homicidio del estudiante Dilan Cruz ejemplifican la indignación. Pero 2020 tampoco fue alentador: la violación de una niña indígena del resguardo embera-katío a manos de siete soldados del Ejército, las denuncias de ventas de armas a grupos ilegales, el escándalo de perfilamientos o la muerte del abogado Javier Ordóñez a manos de policías en Bogotá desataron una ola de furia y cólera ciudadana inédita, con consecuencias y repercusiones aún indeterminadas.

Lo que hay de fondo es, entre otras, un clamor de justicia y un grito de basta impunidad. Ante ello, la oposición a l gobierno de Iván Duque en el Congreso cree tener la fórmula para atender los reclamos y robustecer el componente de derechos humanos en la Fuerza Pública. Por ello, insistirá este 2021 en un proyecto de acto legislativo -es decir, que implica modificar la Constitución- para reformar la justicia penal militar, que investiga y juzga los delitos cometidos por los uniformados durante el servicio.

La iniciativa levanta roncha desde ya y abre un delicado debate. Sin embargo, antes de entrar en los argumentos de lado y lado, un vistazo al trabajo de la justicia penal militar permite dimensionar y aterrizar la discusión. En octubre pasado, vía derecho de petición, El Espectador requirió a la dirección ejecutiva de ese organismo para que presentara estadísticas sobre los casos de su competencia. Tuvieron que pasar casi dos meses -debido a la pandemia-, para que el documento fuera contestado a finales de diciembre. Fueron allegadas cifras de 2019; no obstante, solo las investigaciones hasta marzo de 2020. Que a finales de año solo haya registro del primer trimestre evidencia, entre otras, las dificultades en el manejo de la información en la justicia penal militar.

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Más allá de ello, el análisis de las estadísticas permite llegar a ciertas conclusiones. Solo en 2019, entre procesos formales e investigaciones preliminares, a la justicia penal militar llegaron 24.921 casos. Es decir, al menos dos cada hora durante los 365 días del año. En los primeros tres meses de 2020 los procesos y preliminares ascendían a 18.650 (205 cada día). Salta a la vista además que los integrantes del Ejército son los que suman la mayoría de investigaciones (más de la mitad de las de 2019), seguidos por los policías (38 %), los miembros de la Fuerza Aérea (3,3 %) y por último, la Armada, con 3,3 % (ver gráfico al final de la nota).

Sin embargo, no deja de llamar la atención que, si bien solo en 2019 hubo casi 25.000 casos, ese año apenas se celebraron 587 cortes marciales (el 2,3 % del total), consagradas como las audiencias de juzgamiento. A ello se suma que solo en 911 (3,6 %) se profirieron sentencias, en su mayoría condenatorias. Hasta marzo de 2020 las cortes marciales sumaban 59 (0,3 %) y las sentencias, 133.

Adicionalmente, aunque la deserción parece ser el delito más frecuente al interior de cada una de las instituciones que conforman la Fuerza Pública, un detalle que no es menor es que solo el número de casos por homicidios en el Ejército (1.465) es superior, incluso, al total de todos los procesos contra los miembros de la Armada Nacional (520) y la Fuerza Aérea (559) juntos. En el caso de la Policía este delito también sobresale con 652, solo superado por los procesos por lesiones personales (1.994).

Se evidencia también que los casos que escalaron hasta el Tribunal Superior Militar y Policial, considerada la segunda instancia de la justicia penal militar, fueron 474 en 2019. En 2020, hasta marzo, ese número ascendía a 325. Por otro lado, frente a los procesos remitidos a la justicia ordinaria, de los casi 25.000 en 2019, solo 254 (1 %) terminaron en esa jurisdicción. En el primer trimestre de 2020 se contaban apenas 59.

El proyecto

“Creemos que la justicia penal militar se ha convertido en un instrumento de impunidad, no de ahora, sino de hace décadas, y es una situación que hay que corregir. Esta justicia complaciente parece ser un estímulo para que se sigan cometiendo delitos”, alega el autor del proyecto, el senador Iván Cepeda, del Polo Democrático, quien -junto con parlamentarios de la Alianza Verde y la Colombia Humana- radicará en marzo una vez más la iniciativa, que terminó archivada el semestre pasado, dado que no alcanzó a ser discutida.

El proyecto, en síntesis, plantea un revolcón a la justicia penal militar. Por un lado, propone que los casos de violaciones a derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario (DIH) sean juzgados por la justicia ordinaria. Por otro lado, que dada la naturaleza civil de la Policía, todos los delitos cometidos por sus miembros sean de conocimiento exclusivo de la justicia ordinaria.

Frente a la iniciativa, reivindicando que los delitos relacionados con el servicio deben ser del resorte de un ente especializado que conozca en detalle el protocolo y el derecho operacional de los uniformados, desde la Asociación Colombiana de Oficiales Retirados de las Fuerzas Militares (Acore) expresan su rechazo.

“Es un exabrupto. Es un proyecto tendencioso y malintencionado de la extrema izquierda. La Fuerza Pública, sobre todo la Policía, debe tener seguridad jurídica. Se quiere deslegitimar a los uniformados e inhibirlos para actuar. La justicia penal militar es ejemplo de eficiencia y rapidez, pero sus detractores dicen que está amañada porque nos juzgamos nosotros mismos. Es un principio universal en todas las democracias”, revira el general (r) Jaime Ruiz, presidente del organismo.

El Espectador también indagó por la percepción del proyecto en el interior de la justicia penal militar, que hoy dirige Fabio Espitia. Si bien las fuentes consultadas pidieron no ser nombradas, admitieron que hay dificultades que impiden su normal desarrollo, entre ellas la falta de herramientas tecnológicas para poder actuar con mayor diligencia. En materia de eficacia, una alta fuente le aseguró a este diario que el objetivo es que la justicia penal militar tome distancia del Ministerio de Defensa y, a partir de este 2021, comience a actuar como un organismo autónomo e independiente. “Eso le da más dientes. Ya hay una partida en el presupuesto de este año”, dijo.

Desde la academia, el abogado y profesor Francisco Bernate, especialista en derecho penal y doctor en derecho, opina que, más allá de reformas, lo que se requiere es aplicar con todo rigor la Ley 1407, que expidió el Código Penal Militar. “Allí ya se indica que las violaciones de derechos humanos o al DIH no son delitos relacionados con el servicio. En esa ley está consagrada la virtualidad o la oralidad en el juzgamiento, pero no se ha aplicado. Antes de nuevas reformas al vaivén de los escándalos hay que poner en vigencia lo que ya está”, explica.

En respuesta, el senador Cepeda manifiesta que el proyecto es más pertinente que nunca a la luz de casos como el homicidio de Dilan Cruz: “Hay una zona gris que hace necesario que sea taxativo que estos hechos sean conocidos por la justicia ordinaria”.

Lea también: Caso de Dilan Cruz fue trasladado a la Justicia Penal Militar

La iniciativa, que será discutida cuando el Congreso reanude sesiones en marzo próximo, promete desde ya poner el dedo en la llaga en el funcionamiento de la justicia penal militar. Si bien hasta ahora tiene el respaldo de 23 congresistas de oposición, sus autores confían en sumar más apoyos ante los casos que siguen estremeciendo a la opinión pública.

Además de lidiar con el Centro Democrático, partido de gobierno con mayorías en el Parlamento e incondicional a la Fuerza Pública, el proyecto tendrá que enfrentar una carrera contrarreloj, pues por ser una reforma a la Constitución, demanda de ocho debates que deben darse antes del próximo 20 de julio. La discusión apenas comienza.

*Nota del editor:

Inicialmente, se informó que en 2019, entre procesos formales e investigaciones preliminares, a la justicia penal militar habían llegado 196.086 casos, y que en 2020 sumaban 52.250. Lo anterior, al sumar la información allegada por la entidad a este diario. Sin embargo, una vez publicada la nota, la justicia penal militar precisó que el discriminado mes a mes correspondía al acumulado que iba oscilando periodo a periodo. Es decir, que no era correcto sumarlos. Así las cosas, se precisa que en 2019, entre procesos formales e investigaciones preliminares, a la justicia penal militar llegaron 24.921 casos. Por otro lado, hasta marzo de 2020 los procesos y preliminares ascendían a 18.650. Una situación similar se presentó con los casos que escalaron hasta el Tribunal Superior Militar y Policial.

jgonzalez@elespectador.com

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ALBERTO(84624)24 de enero de 2021 - 09:05 p. m.
Con los señores militares nunca pasara nada que implique aplicar justicia.ELLOS NO SON EL PODER TRAS EL PODER, ELLOS SON EL PODER, ANTES, DESPUES , Y EN EL PODER.
Usuario(51538)24 de enero de 2021 - 12:59 p. m.
Esa iniciativa jamás saldrá adelante. Bernate aclara que dentro de la misma normatividad que tiene la JPM están contemplados delitos comunes o de lesa humanidad que no son de su resorte. Simplemente no aplican sus propias normas. A los señores uniformados les ha gustado actuar con impunidad y el Establecimiento les da gusto en ello. ¡Ni más faltaba que no consintieran a sus esbirros!
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