Publicidad

“Congreso no autorizó presencia de tropas norteamericanas”: Lidio García

El expresidente del Senado contrarió una afirmación del Ministerio de Defensa en la que, al parecer, confundió una información sobre los conceptos de senadores con relación a la permanencia de la brigada de EE. UU. con un permiso.

31 de agosto de 2020 - 06:54 p. m.
Lidio García, expresidente del Senado.
Lidio García, expresidente del Senado.
Foto: Cortesía
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

El viernes pasado, se conoció un documento del Ministerio de Defensa en el que se afirmaba que el Senado supuestamente autorizó la presencia de la Brigada de Asistencia de Fuerzas de Seguridad de EE. UU. (SFAB por sus siglas en inglés), que llegó a principios de junio a asesorar al Ejército en temas de lucha contra el narcotráfico. El ministro Carlos Holmes Trujillo aseguró que el presidente de la corporación de ese entonces, Lidio García, envió una carta el 17 de julio al Gobierno en la que recogía que 69 senadores de siete partidos consideraron que la brigada podía operar, luego de discutir el tema en dos debates de control político.

Lea: ¿Senado autorizó presencia militar estadounidense en Colombia con una carta?

García le suscribió una carta al ministro Trujillo cuestionando si fue él quien aseguró la existencia de la supuesta autorización o si fueron los medios de comunicación los que malinterpretaron el documento del despacho de defensa: “No se encuentra ajustado a la verdad que el Congreso hubiese ‘autorizado’ la presencia de tropas norteamericanas en el territorio colombiano”, se lee en la misiva con la que exige la rectificación de la información.

Según el senador liberal, el 17 de julio efectivamente envió una carta a la Secretaría Jurídica de Presidencia en respuesta a la obligación que le dictó el Tribunal de Cundinamarca al Ejecutivo de suspender las actividades de los uniformados extranjeros y de allegar al Senador “toda información y antecedentes relacionados con el ingreso, llegada y permanencia de la brigada”.

“En dicha comunicación, simplemente, se le informó a su destinataria (Clara María González) que 69 senadores de siete partidos políticos habían remitido sendos oficios a la Presidencia del Senado manifestando todos que, con ocasión al arribo de una comisión asesora de EE. UU., se había ejercido por parte del Senado el ‘control político satisfactorio que le asiste a este cuerpo colegiado’ y que en criterio de los firmantes no procedía dar aplicación a lo señalado por el numeral 4 (permitir el tránsito de tropas extranjeras en el territorio nacional) del artículo 173 de la Constitución Política”.

También: Brigada de EE.UU. en Colombia debe suspender actividades: Tribunal de Cundinamarca.

En ese sentido le explicó que dicha carta a la que el Gobierno, al parecer, le dio atributos de autorización “no tiene ningún alcance jurídico que comprometa al Congreso de la República, porque simplemente se trató de una comunicación de carácter informativo, respecto de la gestión de 69 senadores”.

La misión militar de EE. UU. se reanudó luego de que el Gobierno enviara al Senado el informe con el detalle de las actividades y los motivos de la presencia de la brigada en el país, así como el desarrollo de dos debates de control político en los que el Ministerio de Defensa respondió las preguntas de los congresistas.

Tras conocer a versión del ministro Trujillo, la oposición salió a desestimarla y aseguró, en voz del senador Iván Cepeda, que “cualquier desconocimiento de la decisión vigente de paralizar la actividad de las tropas de EE. UU. en Colombia y pasar por encima de la decisión de la plenaria del Senado es violatoria de la Constitución y puede generar acciones por prevaricación”.

Aunque el Gobierno acató la decisión del Tribunal, apeló la decisión ante el Consejo de Estado. Así mismo, el tribunal de los contencioso administrativo señaló que “la orden de suspensión rige hasta tanto el Senado de la República, no el presidente de esa Corporación, menos aún un grupo de congresistas, decida si asume o no su deber funcional, para lo cual debe mediar un acto de la Corporación pública, mediante una sesión de la Plenaria del Senado, en la que el pleno de la Corporación discuta y vote sobre el particular”.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar