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En la plenaria de la Cámara de Representantes se surtió la aprobación en último debate del Acto Legislativo para la Paz, que es sin duda la iniciativa más importante que impulsa el Ejecutivo en el Capitolio Nacional. En él se consagra el último gran acuerdo conseguido en La Habana por las delegaciones de paz del Gobierno y las Farc, el cual establece la ruta que deberán tomar las leyes y reformas que exija lo pactado en la mesa de diálogos.
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó ayer, en último debate, el Acto Legislativo para la Paz, sin duda la iniciativa más importante que impulsa el Ejecutivo en el Capitolio Nacional. En él se consagra el último gran acuerdo conseguido en La Habana por las delegaciones de paz del Gobierno y las Farc, el cual establece la ruta que deberán tomar las leyes y reformas que exija lo pactado en la mesa de diálogos. La más importante de ellas es la ley de aprobación del Acuerdo Final, en la que el texto del fin del conflicto se eleva a Acuerdo Especial en el marco del derecho internacional humanitario, de manera que se incorpore al ordenamiento jurídico del país.
Una vez más la aplanadora de la Unidad Nacional impuso con facilidad sus mayorías, sin embargo, en el Salón Elíptico se vivió una auténtica batalla campal por cuenta de las acusaciones del uribismo de que el Gobierno les entregó el país a las Farc. Al margen de la situación bochornosa, lo aprobado constituye un espaldarazo vital del Congreso a la mesa de diálogos. Y es que la iniciativa incluye una serie de momentos de cara al Acuerdo Final de Paz con la guerrilla. Así las cosas, una vez aprobado en último debate, viene entonces la conciliación. Con un ingrediente adicional: el texto convenido en el Senado no contiene los elementos acordados en la mesa de diálogos en lo que se denominó “blindaje jurídico de los acuerdos de paz”, por lo que lo más probable es que el texto aprobado ayer sea la versión elegida.
De esta manera, los tiempos de este Acto Legislativo están en sincronía total con los ritmos del proceso de negociación. Es por esto que la única modificación que sufrió el informe de ponencia para su último debate fue la vigencia de la reforma, que entraría en vigor “a partir de la refrendación popular del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, a través del mecanismo que el Gobierno Nacional ponga en marcha para tal efecto”. Esto indicaría que si el fin del conflicto se alcanza entre julio y agosto, la convocatoria de los ciudadanos a las urnas para que refrenden lo pactado sería entre septiembre y octubre.
Con esto, la mesa de diálogos terminaría sus funciones y el proceso de paz se trasladaría del todo a Colombia, específicamente al Congreso de la República. Una vez refrendado el acuerdo, se iniciará la fase de implementación. Y el primer paso está consignado en el Acto Legislativo. El artículo primero señala que, para implementar las normas, leyes y reformas que la paz requiera, se implementará “un procedimiento especial” que regirá por seis meses, con posibilidad de prorrogarlo seis meses más. Es decir, las iniciativas para poner en marcha lo pactado en La Habana tendrán un plazo de hasta un año que, contado a partir de la refrendación, se extenderá hasta finales de 2017, en el ocaso del gobierno Santos.
Pero además de los tiempos políticos, la reforma implica unos tiempos legislativos especiales. Dice la iniciativa que las leyes ordinarias o reformas constitucionales para implementar la paz serán de iniciativa exclusiva del Gobierno y que tendrán prioridad en el orden del día sobre cualquier otra iniciativa. En el caso de los proyectos de ley, que hoy tienen cuatro debates separados por 10 días, se realizarán en tres debates, mediados por ocho días entre sí. De manera que el primer debate será en comisiones conjuntas, cosa que hoy sólo ocurre con proyectos que tienen mensaje de urgencia, no para actos legislativos.
En el caso de las reformas a la Constitución, su trámite se reducirá de ocho a cuatro debates y podrán aprobarse por mayoría absoluta —la mitad más uno del total de miembros de la corporación—, mientras que hoy se exige mayoría calificada, es decir, las tres cuartas partes de los miembros de las corporaciones. Este tipo de reformas sólo podrán incluir modificaciones avaladas por el Gobierno y podrán realizarse en sesiones extraordinarias. Con esto último se activan las funciones del Congreso para los meses de diciembre, enero, febrero y marzo, cuando normalmente está en receso.
Finalmente, el Acto Legislativo le pone límites al control de la Corte Constitucional, que actualmente puede tardar meses, y le da dos meses al alto tribunal para que emita sus conceptos, que sólo podrán ser de forma y tomando como referencia el Acuerdo Final. Y deja claro que el primer proyecto que el Congreso conocerá cuando se firme la paz será una ley aprobatoria del Acuerdo Especial, con la cual el Legislativo incorporará al derecho interno lo acordado en La Habana en un trámite especial: como ley ordinaria, con los requisitos del procedimiento especial y con una votación en la que los congresistas sólo podrán aprobar o improbar lo acordado.