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Con ayuda de constitucionalistas y de expertos en justicia transicional, explicamos brevemente cómo en un juego muy colombiano, el diseño de la JEP va orientado a que los dirigentes de las FARC, autores de masivos crímenes de lesa humanidad, no paguen cárcel y evadan la llegada a la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma-EdR), laven los delitos y su inmensa renta criminal, se les “valide” su discurso político y, de paso, se traslade toda la culpa y responsabilidad al Estado y a los militares. Después de cerca de 70 años de conflicto, la Constitución, salvo por los artículos 93 y 94 que incorporan derechos humanos al derecho interno, no tiene normas explicitas sobre cómo manejar los derechos de las víctimas, pero se han realizado amplios desarrollos de los jueces constitucionales, vía tutelas, habeas data y otros, que facilitan la reparación a estas. En los acuerdos se reconoce la norma de amnistía o indulto, mediante la cual el Estado desconoce la aplicación del delito en ciertas circunstancias, otorgando el perdón para “delitos políticos” y conexos, y por esta línea están entrado casi todos los actores y sus delitos. La Corte Constitucional excluye algunos delitos como políticos, tal como el secuestro estableciendo criterios, y en el derecho internacional el secuestro y otros delitos no se pueden amnistiar ni indultar, y para el tratado de Roma son imprescriptibles. La colombianada del diseño de la JEP es que nos la vendieron como una justicia reparadora con una concepción de reinserción que, al bajar el tema sancionatorio y subirle a la reparación de las víctimas busca que no haya juzgamiento penal internacional. En este diseño se mete en la misma canasta a dos actores distintos, unos de origen criminal arropados con un velo político, y a los militares, que tienen un trasfondo de obediencia debida, para terminar trasladando toda la culpa al Estado y validando el discurso y accionar de los criminales. De no existir hoy el Estatuto de Roma el proceso con las FARC hubiera sido igual al que tuvimos con el M-19, con amnistía, indulto y entrega de armas, sin que hubiera verdad, reparación, castigos y no repetición, fue un “pasemos la página”. La concepción de la JEP con sus macrocasos, su individualización sesgada, sin que haya aún ninguna condena, con penas contempladas que rayan en lo ridículo y que además las víctimas vuelvan a ser victimizadas, nos lleva a una impunidad que está prohibida por la CPI, poniéndole conejo al EdR. ¿Y ahora que se discute la paz con el ELN será que al fondo multidonante entrarán también entre los recursos de países incautos los dineros del mismo ELN facilitando de nuevo otro lavado de su dinero? Esta simulación de justicia se burla de las víctimas, lava los crímenes y dineros de los victimarios, mientras en Colombia seguimos evadiendo abordar el problema de fondo: cómo manejar las economías ilegales. Los ciudadanos y la Corte Penal Internacional deberíamos reflexionar si la justicia de la JEP ha sido reparadora, si los intereses de las víctimas han sido atendidos, preguntarnos si hay condenas individuales y si hay sesgos. En el próximo artículo compararemos a Justicia y Paz vs. la JEP, mostrando cómo esta, por deliberado diseño, solo funciona para los victimarios.