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Jurisdicción agraria, otra burla al ciudadano

Carlos Enrique Moreno
19 de febrero de 2023 - 02:05 a. m.
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En el importante evento “Desafíos de la Jurisdicción Agraria”, difundido en redes sociales (14/12/2022), destacados agraristas, constitucionalistas y el exconsejero para la Estabilización analizaron la reforma constitucional que se tramita para resolver el problema apremiante de tener más justicia en los territorios, pero el análisis es desolador.

El proceso de paz reconoce una falta de justicia en los territorios, especialmente en temas agrarios, y propone como solución una oferta jurisdiccional para abordar problemas que llevan más de 70 años. La problemática del campo es real. No existe prácticamente ningún acceso a la justicia para mujeres rurales, la disponibilidad de métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) es minúscula. Quienes fueron colonos y son tratados como invasores demandan solución. No hay oportunidad de manejar sucesiones, linderos, pertenencias, ocupaciones ilegales, clarificaciones de dominio ni procesos hipotecarios en áreas rurales. Grupos armados con control territorial generan desplazamientos por falta de justicia, derivando en justicia por propia mano. Con un Estado ausente, ¿cómo superar la barrera de acceso a la justicia en estos territorios? Se requieren soluciones prácticas, gratuidad para la población vulnerable, amplia oferta de conciliadores, que mujeres y campesinos puedan presentar demandas sin ser abogados y fortalecer el enfoque de género; en resumen, construir una justicia de abajo hacia arriba.

Sin embargo, la solución propuesta, en lugar de arreglar el problema, lo agrava, pues aumenta la burocracia de élite en Bogotá, creando otra gran corte que se suma a las cinco existentes (CSJ, CC, CE, CS Judicatura y JEP). Tendremos entonces dispersión temática y seis grandes cortes con lecturas distintas y contradicciones, en lugar de un solo órgano de cierre, con el supuesto de una justicia agraria autónoma e independiente.

Frente a la alternativa de una ley estatutaria que dispusiera las competencias funcionales de esa institucionalidad y creara los despachos, sus características y ubicación, se escoge seguir hipertrofiando la Rama Judicial con más cortes, creando una nueva fuente de conflictos sin llegar al territorio. De paso plantea que se debe hacer consulta previa de la ley estatutaria que desarrolle esa reforma constitucional con los más de 150 grupos étnicos…

Una vez salga la reforma, habrá que crear la estructura administrativa de la gran corte y dotar los cargos —jugosa burocracia en Bogotá—; entonces vendrán las luchas por la captura ideológica de esta corte, que tendrá “convenientes” interpretaciones sobre la propiedad privada. Además habrá que vaciar de competencias a lo contencioso y lo civil, y no faltarán los choques de trenes con otras cortes, tutelas por sentencias, colisiones de competencias, etc.

Un cambio constitucional sin competencias funcionales requerirá de una ley estatutaria, clarificaciones de competencias, controles de constitucionalidad, concursos para elecciones de magistrados, etc. En conclusión, el camino pensado para el ciudadano se convierte en un magistral ejercicio de procrastinación que hipertrofia aún más la Rama Judicial. La oportunidad de una justicia agraria en los territorios terminará siendo otra burla para estos compatriotas.

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