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Se tramita con mensaje de urgencia en el Congreso un proyecto de ley anticorrupción que propone reformar los delitos de divulgación y empleo de documentos reservados, y el de utilización indebida de información privilegiada. El propósito es elevar el costo para quien filtre este tipo de información aumentando las penas. El texto aparece en un contexto en el que no hay ninguna protección para quien divulgue información con el fin de denunciar irregularidades o ilícitos
Es decir, esta ley nace desequilibrada y, contrario a su título, puede servir para proteger la corrupción.
Recientes escándalos de corrupción, tanto acá como en otros países, se han destapado gracias a que alguien reveló las amenazas al interés público que estaban ocultas a la sociedad. Quien hace estas revelaciones, debe contar un secreto y tiene que sentirse respaldado para hacerlo. La importancia de estas personas y la de su protección quedó resaltada en el informe sobre el tema del relator especial para la libertad de expresión de la ONU, David Kaye, en 2015.
Este documento es claro en afirmar que la divulgación de información de interés público que se oculta en forma injustificada requiere de tres elementos: una persona, con información relativa a ilícitos o irregularidades, que quiere y puede arrojar luz sobre lo que está oculto; un comunicador o una plataforma de comunicación que permita difundir esa información; y un sistema jurídico y una cultura política que protejan efectivamente a ambos.
La norma intenta recoger uno de los tres elementos. El artículo 194 incluiría una excepción que busca reconocer el valor de la divulgación de secretos incómodos al incluir que no será delito si se hace en “ejercicio legítimo de la libertad de información y de prensa, y de control político”. Protege, al menos respecto de información reservada, a quien difunde la información y lo hace más allá de los periodistas, bien. Sin embargo, el silencio frente a la protección de quien denuncia hace que falle en los otros dos elementos.
Legislar para proteger a los informantes, denunciantes, fuentes, alertadores, etcétera, está de moda. Kaye recordaba en su informe que más de 60 países habían legislado en este sentido; hoy esta cifra ha aumentado. En 2018, la Unión Europa aprobó una directiva que hará que todos los países miembros tengan una legislación en este tema para 2020.
Mientras EE.UU. celebraba el pasado 30 de julio el Día Nacional de Reconocimiento a Denunciantes (whistleblowers) recordando su importancia para la sociedad, el proyecto de ley anticorrupción saca a Colombia de la agenda internacional de protección a las personas informantes o denunciantes que son eslabones claves en la lucha contra la corrupción.
Sí, Colombia tiene una Ley de Acceso a la Información que es modelo. Sin embargo, como hemos comprobado en varias oportunidades, es poco efectiva para que determinados secretos vean la luz. Sí, es legítimo que cierta información esté restringida. Pero evitar la revelación de información relativa a afectaciones y amenazas al interés público debe ser excepcional -la razón debe estar en la ley, tener un objetivo legítimo y aplicarse en forma restrictiva-. La realidad es que en la práctica no siempre es así.
La ausencia de un marco legal que garantice que los secretos del poder vean la luz, que proteja a las personas denunciantes frente a represalias, afecta el derecho de acceso a la información y limita la capacidad de proteger el interés público. No solo se afecta el derecho de quien denuncia a difundir información, sino que se vulnera el derecho que tenemos como sociedad de recibirla. Poder recibir información de todo tipo se vincula con el derecho a buscar y encontrar información que nos permita construir nuestras opiniones libremente, también con el derecho a participar en asuntos públicos. Además, se relaciona con la promoción a la rendición de cuentas aumentando el costo para quien comete irregularidades.
El delito ya existe y se debe aplicar y reforzar contra los corruptos, pero no contra aquellas personas que se arriesgan precisamente para luchar contra la corrupción. Por eso vale la pena reflexionar si elevar el costo de divulgar secretos sin que se cree la protección para las personas denunciantes es ir en contravía de los estándares internacionales de derechos humanos y de lo que se ha mostrado como efectivo en la lucha contra la corrupción.
El Proyecto de Ley 05/19 parece reforzar un marco legal y una cultura contraria al aprecio y protección que merecen estas personas, se inclina mejor por una cultura de silencio que los condena al señalamiento y al castigo. Colombia no debería reformar estos delitos sin crear la protección para las personas que hacen denuncias de corrupción.