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Histórica propuesta para proteger mujeres en política requiere un último esfuerzo

Carolina Botero Cabrera
29 de abril de 2023 - 02:00 a. m.
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La violencia que sufren las mujeres que se atreven a entrar en el mundo político está muy vinculada con la cultura patriarcal y discriminatoria, con frecuencia esta violencia se deriva del hecho de ser mujeres y busca silenciarlas. Está en el Congreso un proyecto de ley que quiere enfrentar esa situación, que reconoce los obstáculos históricos que evitan la participación activa de la mitad de la población en la política del país y que quiere enfrentarla.

La iniciativa que pronto iniciará su cuarto y final debate en la plenaria del Senado es histórica y necesaria. Sin embargo, para que esta ley sea efectiva, sirva como modelo a otros legisladores y pase el escrutinio constitucional –en su tensión con la libertad de expresión–, es necesario trabajar un poco más en que su texto garantice el goce efectivo de los derechos políticos de las mujeres.

Varias organizaciones de la sociedad civil entre las que se cuentan Karisma, la FLIP, ISUR y el Veinte. Creemos que hay que aumentar las estrategias educativas, asegurarnos de que las rutas de atención puedan ser efectivas y afinar la estrategia para priorizar y ajustar conceptos y definiciones utilizados para las conductas de violencia que se sancionarán.

Uno de los componentes más importantes del proyecto, por su potencialidad para transformar la cultura política del país, es el educativo. Es clave que se explique y transmita que la violencia que experimentan las mujeres en política, muchas veces invisibilizada, es una barrera de participación que afecta a las mujeres que la sufren y al espacio público en que debaten –esto último porque afecta la pluralidad de voces en un Estado democrático–.

Ahora que el proyecto entra en su fase final valdría la pena afinar mejor la estrategia de sensibilización que en el proyecto está desaprovechada frente al componente punitivo –el de sancionar las acciones violentas que ya sucedieron–. Ambos componentes tienen su rol en la transformación de la cultura política que busca que la sociedad misma rechace públicamente estas formas de violencia.

El proyecto se beneficiaría de proponer más medidas preventivas, de hablar más sobre estrategias educativas que sensibilicen sobre la situación y la transformen. Por ejemplo, incorporar un enfoque interseccional de la participación política podría ayudar a los partidos a entender las particularidades de la experiencia de sus militantes y de cómo la violencia limita su participación, con esa comprensión se facilitaría que hicieran compromisos partidarios para garantizar espacios seguros y equitativos.

De ser exitosa la ley, aumentará la conciencia sobre el problema e incrementará la capacidad de las mujeres para denunciar, algo que, además expresamente hace el texto: invita a la denuncia, introduciendo el concepto de las rutas de atención de estas violencias con enfoque de género. Rutas que deben estar tanto dentro en las corporaciones políticas a las que pertenecen o participan, como en las derivadas de su labor pública.

Este es otro componente de la iniciativa legislativa que resulta importante. Cuando las mujeres usen la ruta, ésta debe ser efectiva para evitar la impunidad. Las rutas deben ser claras y las responsabilidades operativas, esto no necesariamente es lo que sucede.

Por ejemplo, mientras el Ministerio de Interior promoverá que los partidos hagan sus protocolos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) se encargará de hacer que cumplan con los mismos durante la etapa electoral. Acá surgen algunas preguntas: pareciera que las rutas de atención y protocolos fueran solo para organizaciones políticas, ¿no debería ser expreso que todos los actores del ecosistema las desarrollen?, ¿podría pensarse en una ventanilla única de denuncias que el Ministerio del Interior asigne según corresponda? ¿qué sucederá cuando la violencia no suceda en el período electoral sino, por ejemplo, dentro de procesos internos de los partidos? ¿qué capacidad tiene el CNE para cumplir la función que le asignan?

La violencia contra las mujeres en política pone sobre la mesa la tensión entre libertad de expresión y la protección de los derechos de esas mujeres, incluyendo el rol del sistema sancionatorio. Este análisis lo hacen caso a caso los jueces y lo deben valorar quienes legislan para que la ley lo refleje.

En relación con este último componente reconozco que los sistemas sancionatorios tienen su rol también en la transformación de la cultura en la medida en que garantizan el castigo a quien infringe. Se requiere analizar la pertinencia de algunos ajustes. El texto actual del proyecto de ley está desequilibrado, incluye definiciones y conceptos imprecisos y vagos, y un listado demasiado largo de conductas que se considerarán violencia política y serán castigadas. Estos textos no cumplen los estándares necesarios de libertad de expresión ni de un sistema sancionatorio, puede tener el resultado de favorecer la impunidad (el que mucho abarca poco aprieta).

Esto es una importante debilidad del proyecto, si se mantiene la ley corre el riesgo de terminar como una simple declaración de principios que no tendrá la capacidad sancionatoria que busca. La potestad sancionatoria del Estado debe ajustarse al principio de “ultima ratio” o último recurso que supone que no cualquier conducta es merecedora de sanción. Al legislador corresponde hacer un esfuerzo de selección de las conductas cuyo impacto tiene tal dimensión que merece la sanción, la conducta debe ser claramente definida y la sanción establecida de forma precisa. Tales exigencias tienen sentido si consideramos que con esa facultad el Estado usa su fuerza, su capacidad de castigarnos y debe hacerlo como último y muy estudiado recurso.

Se requiere entonces blindar el texto frente al escrutinio que tendrá para ajustarse al marco jurídico colombiano unificando las expresiones y reduciendo el listado de conductas que podrán ser sancionadas. Sería bueno que en esta fase del trámite legal se haga una evaluación rigurosa por expertos. En la práctica, muchas de las conductas allí descritas podrán ser molestas y socialmente sancionables, y sin duda pueden tener impacto en la participación de las mujeres. El punto es que no todas ellas podrán ser aceptadas jurídicamente como violencia política hacia las mujeres con la capacidad para derivar en una sanción por el Estado.

Advierto que el hecho de que no haya sanción no significa que la mujer no deba ser atendida en su afectación emocional o que no tenga derecho a otras protecciones. Por eso es tan importante fortalecer los otros componentes. Atención: tampoco significa que los partidos políticos o las autoridades, por ejemplo, no puedan hacer actos de rechazo públicos para que dialoguemos como sociedad sobre la política como un espacio seguro para quienes deciden entrar a ella.

 

Usuario(82535)29 de abril de 2023 - 12:19 p. m.
Como siempre acertada, precisa, clara, tocando lo esencial, lastima de otros formadores de opinión
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