No, Unesco no pidió que prohíban los celulares en el aula
“«Pongan a los estudiantes primero»: Unesco llama a una prohibición global de celulares inteligentes en las escuelas”, es el título de un artículo en The Guardian que me asustó pues da la impresión de que la recomendación de Unesco era literalmente eso, y sin embargo no es así. El informe de Unesco “Tecnología en la educación: ¿Una herramienta en los términos de quién?” tiene muchos más matices sobre el tema de tecnología en educación que ese título no recoge.
El informe habla del gran potencial de uso de tecnología en la educación, sin embargo advierte que su uso debe ser apropiado y que la educación virtual no debe reemplazar la presencial, pues se debe aprender a estar con y sin tecnología. La parte que me pareció más interesante del informe de Unesco fue el llamado a que la tecnología sirva para facilitar oportunidades en equidad, que sirva para todas las personas.
El informe indica que la educación virtual creció mucho durante la pandemia de COVID-19, dejando por fuera a unos 500 millones de estudiantes en el mundo, sobre todo población marginalizada de comunidades rurales. De hecho las recomendaciones hablan mucho de esta situación y de la necesidad de tener un abordaje diferencial, lo cual me hizo ver que la lectura del artículo tiene un sesgo que habría que analizar.
El artículo toma el mapeo del informe sobre legislaciones y políticas privadas que se ocupan de prohibir los celulares en el aula y hace énfasis en los datos sobre las afectaciones que están teniendo los estudiantes por el uso de pantallas; también presenta los estudios que muestran cómo se distraen.
Lo que no dice es que en los datos sobre las regulaciones se describen diversas formas de prohibición y que hay abordajes diferentes del tema —como que Francia tiene una prohibición, pero con excepciones para ciertos grupos de estudiantes (por ejemplo, para quienes tienen alguna discapacidad)—. Esto es importante pues la reglamentación no es una talla única y más bien parece que Unesco lo que propone es que se regule considerando diferentes variables.
Este informe me recordó la Ley 2170 de 2021 en Colombia —ley que por cierto no aparece mencionada en el informe de Unesco—. Esta ley regula el uso de herramientas tecnológicas en los establecimientos educativos y tampoco prohíbe los celulares en el aula, sino que dejó en manos de las instituciones regular su uso.
Digo que “no prohibió” porque el resultado pudo ser que lo hiciera, pero la discusión en el Congreso cambió su alcance y permitió una aproximación diferencial. La primera iniciativa legislativa se dio en 2018 y fue archivada, este proyecto de ley tenía toda la intención de prohibir los celulares en el aula; el proyecto regresó en 2020 y se discutió en medio de la pandemia por COVID-19 para terminar en la mencionada Ley 2170.
Desde Karisma, donde trabajo, durante la discusión legislativa pedimos que se considerara la diferencia entre la situación de los estudiantes urbanos y la de quienes habitan la ruralidad colombiana. Explicamos que la prohibición tajante iba a crear impactos indeseables en poblaciones marginalizadas especialmente de la ruralidad. Solicitamos que se consideraran las necesidades y realidad de la ruralidad colombiana donde, además de la dificultad en la conectividad, no hay equipos y sí una importante penetración de celulares.
Si bien el proyecto de ley tenía un foco en los celulares, el texto final aprobado terminó con un alcance mayor, regularon todas las tecnologías e incluyeron una disposición sobre cómo regular al interior de las instituciones el uso de los celulares.
Vale la pena revisar el informe de Unesco que es una interesante carta de navegación para la construcción de las políticas que se derivan de esta ley —tanto institucionales como públicas—, porque a la fecha no conozco si se ha reglamentado.
Teniendo en cuenta lo anterior, del informe de Unesco me gustaría resaltar que afirma que “la tecnología que se implemente en educación debe poner a los estudiantes y docentes en el centro” y propone una serie de recomendaciones interesantes para implementar a la hora de incorporar tecnologías. Como herramienta especialmente útil el informe cuenta con cuatro preguntas prácticas —y detalles sobre cómo enfrentarlas para responderlas— que pueden facilitar la reflexión, en una forma que no había visto en documentos similares.
Aunque parece intuitivo, es interesante que el documento plantee expresamente que los responsables de la incorporación de cualquier tecnología educativa deben preguntarse si y cómo consideran el contexto, el potencial impacto a poblaciones determinadas, qué tan dependientes quedan de los sistemas, cómo escalan y cómo analizan su sostenibilidad. Interesante, ¿verdad?
“«Pongan a los estudiantes primero»: Unesco llama a una prohibición global de celulares inteligentes en las escuelas”, es el título de un artículo en The Guardian que me asustó pues da la impresión de que la recomendación de Unesco era literalmente eso, y sin embargo no es así. El informe de Unesco “Tecnología en la educación: ¿Una herramienta en los términos de quién?” tiene muchos más matices sobre el tema de tecnología en educación que ese título no recoge.
El informe habla del gran potencial de uso de tecnología en la educación, sin embargo advierte que su uso debe ser apropiado y que la educación virtual no debe reemplazar la presencial, pues se debe aprender a estar con y sin tecnología. La parte que me pareció más interesante del informe de Unesco fue el llamado a que la tecnología sirva para facilitar oportunidades en equidad, que sirva para todas las personas.
El informe indica que la educación virtual creció mucho durante la pandemia de COVID-19, dejando por fuera a unos 500 millones de estudiantes en el mundo, sobre todo población marginalizada de comunidades rurales. De hecho las recomendaciones hablan mucho de esta situación y de la necesidad de tener un abordaje diferencial, lo cual me hizo ver que la lectura del artículo tiene un sesgo que habría que analizar.
El artículo toma el mapeo del informe sobre legislaciones y políticas privadas que se ocupan de prohibir los celulares en el aula y hace énfasis en los datos sobre las afectaciones que están teniendo los estudiantes por el uso de pantallas; también presenta los estudios que muestran cómo se distraen.
Lo que no dice es que en los datos sobre las regulaciones se describen diversas formas de prohibición y que hay abordajes diferentes del tema —como que Francia tiene una prohibición, pero con excepciones para ciertos grupos de estudiantes (por ejemplo, para quienes tienen alguna discapacidad)—. Esto es importante pues la reglamentación no es una talla única y más bien parece que Unesco lo que propone es que se regule considerando diferentes variables.
Este informe me recordó la Ley 2170 de 2021 en Colombia —ley que por cierto no aparece mencionada en el informe de Unesco—. Esta ley regula el uso de herramientas tecnológicas en los establecimientos educativos y tampoco prohíbe los celulares en el aula, sino que dejó en manos de las instituciones regular su uso.
Digo que “no prohibió” porque el resultado pudo ser que lo hiciera, pero la discusión en el Congreso cambió su alcance y permitió una aproximación diferencial. La primera iniciativa legislativa se dio en 2018 y fue archivada, este proyecto de ley tenía toda la intención de prohibir los celulares en el aula; el proyecto regresó en 2020 y se discutió en medio de la pandemia por COVID-19 para terminar en la mencionada Ley 2170.
Desde Karisma, donde trabajo, durante la discusión legislativa pedimos que se considerara la diferencia entre la situación de los estudiantes urbanos y la de quienes habitan la ruralidad colombiana. Explicamos que la prohibición tajante iba a crear impactos indeseables en poblaciones marginalizadas especialmente de la ruralidad. Solicitamos que se consideraran las necesidades y realidad de la ruralidad colombiana donde, además de la dificultad en la conectividad, no hay equipos y sí una importante penetración de celulares.
Si bien el proyecto de ley tenía un foco en los celulares, el texto final aprobado terminó con un alcance mayor, regularon todas las tecnologías e incluyeron una disposición sobre cómo regular al interior de las instituciones el uso de los celulares.
Vale la pena revisar el informe de Unesco que es una interesante carta de navegación para la construcción de las políticas que se derivan de esta ley —tanto institucionales como públicas—, porque a la fecha no conozco si se ha reglamentado.
Teniendo en cuenta lo anterior, del informe de Unesco me gustaría resaltar que afirma que “la tecnología que se implemente en educación debe poner a los estudiantes y docentes en el centro” y propone una serie de recomendaciones interesantes para implementar a la hora de incorporar tecnologías. Como herramienta especialmente útil el informe cuenta con cuatro preguntas prácticas —y detalles sobre cómo enfrentarlas para responderlas— que pueden facilitar la reflexión, en una forma que no había visto en documentos similares.
Aunque parece intuitivo, es interesante que el documento plantee expresamente que los responsables de la incorporación de cualquier tecnología educativa deben preguntarse si y cómo consideran el contexto, el potencial impacto a poblaciones determinadas, qué tan dependientes quedan de los sistemas, cómo escalan y cómo analizan su sostenibilidad. Interesante, ¿verdad?