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                                                                                                                                Ley 2421 de 2024: ¿un paso para adelante o para atrás?

                                                                                                                                Diana Bravo Rubio

                                                                                                                                A propósito de la reciente Ley 2421 de 2024 sancionada hace poco, recordemos que su antecesora, la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (1448 de 2011), pese a ser un hito en el reconocimiento amplio del derecho a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado, tras 13 años de implementación, ha demostrado que se requiere mucho más que expedir normas.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Ahora lo preocupante. La falta de consulta previa del texto es un desliz imperdonable a estas alturas, más porque muchas víctimas del conflicto armado pertenecen a grupos étnicos, han cargado con la peor parte y siguen esperando. Además, la ampliación de la definición de víctima, al incorporar “víctimas de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” plantea grandes interrogantes sobre su puesta en marcha; y en todo caso, ampliar la definición, sin contar con correspondiente respaldo financiero para cubrir sus derechos, nada aporta y distraen la atención.

                                                                                                                                Se perdió una oportunidad única de proteger a las víctimas de violencia sexual y reproductiva ocurrida intrafilas, y que han sido sistemáticamente desatendidas. Las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad y la sentencia SU 599 de 2019 de la Corte Constitucional seguirán sin cumplirse.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Otro cambio controversial toca la indemnización administrativa, puesto que se introduce el concepto de un “acuerdo restaurador reparador” y una “ruta restaurativa de indemnización”. La idea de que víctimas en situación de vulnerabilidad puedan ser presionadas a transigir sobre el monto de su indemnización, en una negociación desigual con el Gobierno, es cuestionable. El plazo de seis meses para ejecutar estos acuerdos irreal, dado el complejo proceso administrativo y los bajos niveles de cumplimiento históricos, que apenas llegan al 10 % de las víctimas del Registro.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Muchas de las modificaciones dependen de reglamentaciones que deben ser emitidas por el Gobierno, en un plazo de seis meses. Ya han corrido tres, dejando en suspenso la aplicación de las nuevas disposiciones, no sabemos para cuándo y sin la garantía de participación significativa de las víctimas y la sociedad civil en la reglamentación. No siendo suficiente, la ley presenta graves problemas de redacción y coherencia, que complican su interpretación y ejecución.

                                                                                                                                La Ley 2421/2024 debería caracterizarse por su claridad y eficacia y no lo hace, y se encuentra lejos de facilitar el cumplimiento de las promesas hechas a las víctimas del conflicto desde el año 2011, en su lugar, agrega complejidad. Continúan en el aire los factores clave: la financiación, la implementación real y efectiva que dé cobertura a más 9 millones de víctimas y la participación de las víctimas en su proceso.

                                                                                                                                A propósito de la reciente Ley 2421 de 2024 sancionada hace poco, recordemos que su antecesora, la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (1448 de 2011), pese a ser un hito en el reconocimiento amplio del derecho a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado, tras 13 años de implementación, ha demostrado que se requiere mucho más que expedir normas.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Ahora lo preocupante. La falta de consulta previa del texto es un desliz imperdonable a estas alturas, más porque muchas víctimas del conflicto armado pertenecen a grupos étnicos, han cargado con la peor parte y siguen esperando. Además, la ampliación de la definición de víctima, al incorporar “víctimas de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” plantea grandes interrogantes sobre su puesta en marcha; y en todo caso, ampliar la definición, sin contar con correspondiente respaldo financiero para cubrir sus derechos, nada aporta y distraen la atención.

                                                                                                                                Se perdió una oportunidad única de proteger a las víctimas de violencia sexual y reproductiva ocurrida intrafilas, y que han sido sistemáticamente desatendidas. Las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad y la sentencia SU 599 de 2019 de la Corte Constitucional seguirán sin cumplirse.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Muchas de las modificaciones dependen de reglamentaciones que deben ser emitidas por el Gobierno, en un plazo de seis meses. Ya han corrido tres, dejando en suspenso la aplicación de las nuevas disposiciones, no sabemos para cuándo y sin la garantía de participación significativa de las víctimas y la sociedad civil en la reglamentación. No siendo suficiente, la ley presenta graves problemas de redacción y coherencia, que complican su interpretación y ejecución.

                                                                                                                                La Ley 2421/2024 debería caracterizarse por su claridad y eficacia y no lo hace, y se encuentra lejos de facilitar el cumplimiento de las promesas hechas a las víctimas del conflicto desde el año 2011, en su lugar, agrega complejidad. Continúan en el aire los factores clave: la financiación, la implementación real y efectiva que dé cobertura a más 9 millones de víctimas y la participación de las víctimas en su proceso.

                                                                                                                                Por Diana Bravo Rubio

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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