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Por Diana Isabel Güiza Gómez*
Entre 1920 y 1940, surgió una contienda entre terratenientes y colonos en torno a la propiedad rural. Mientras los primeros acudían a los títulos para defender sus grandes predios frente a los colonos, los segundos se oponían a ser desalojados de los predios que habían cultivado por años, alegando que eran tierras públicas, pues los terratenientes no tenían títulos válidos. Era la disputa entre el papel sellado de los terratenientes y el machete de los colonos.
Para zanjar la discusión, la Ley 200 de 1936 exigió los títulos válidos para acreditar la propiedad privada (el papel sellado) y, al mismo tiempo, señaló que se presumirían bienes privados aquellos que fueran explotados económicamente (el machete). En la práctica, la norma benefició tanto a colonos en procesos policivos de lanzamiento como a terratenientes en procesos judiciales de prescripción adquisitiva.
Hoy, este debate ha resurgido con unas connotaciones distintas. Bajo la lógica de la ley del machete, los jueces han dado baldíos en procesos de prescripción adquisitiva. Esa figura regula las relaciones entre particulares cuando el dueño legal de un predio lo abandona y otro particular lo ocupa, por lo que se convierte en el nuevo propietario. Así, si una persona comprueba que explotó un baldío, por un tiempo, puede convertirse en su dueño, en un proceso de prescripción.
Pero esa ruta contraría la Constitución del 91. En Colombia, la reforma agraria se desarrolla con la entrega de baldíos al campesinado sin tierra, a diferencia de otras políticas redistributivas como las de México y Perú. La vía que tiene el campesinado para acceder a los baldíos es la adjudicación administrativa. Allí, el Estado constata que el beneficiario sea sujeto de reforma agraria (un campesino sin tierra y con bajos ingresos) y el terreno no supere unos topes de extensión (UAF) y pueda ser apropiado (por, entre otras, razones ambientales).
Esos requisitos mínimos no son verificados en los procesos de prescripción. Así lo constatamos en un estudio de la Universidad Nacional. Luego de revisar 12.005 casos ocurridos entre 1991 y 2015, encontramos que unas 368.000 ha fueron entregadas a particulares por esa ruta, lo que supera incluso las tierras restituidas que, a julio de 2018, redondeaban unas 237.679 ha, según Forjando Futuros.
En promedio, los predios son pequeños: el 62 % corresponde a microfundio (menos de 3 ha) y minifundio (entre 3 y 10 ha). Esto indicaría que la prescripción facilitó la reforma agraria, pues la mayoría de los predios respetan los topes de la UAF. Pero no es así: el 1,5 % de casos (179 predios) concentra el 72 % del área prescrita.
La ley del machete sobre el papel sellado no encaja en el régimen agrario actual y hasta contradice la Constitución. En su lugar, necesitamos un catastro actualizado e instituciones capaces de controlar los baldíos y asegurar que son entregados a su legítimo destinatario: el campesinado.
* Investigadora de Dejusticia y profesora de la Universidad Nacional de Colombia.