Se requirió que transcurrieran 30 años para que confluyeran las condiciones de modo y lugar, que desenmascararon la inviabilidad del sistema de la intermediación privada, en el modelo de la salud impuesto por la Ley 100 de 1993. El error inicial, como se describió previamente, fue delegar una función constitucional del Estado, “el derecho fundamental a la salud de todos los habitantes de Colombia”, a empresas privadas que debían administrar cuantiosos recursos públicos, en representación del Estado, sin los mecanismos apropiados de “dirección, coordinación y control”, que define la CPC, en los Artículos 48 y 49.
Las EPS tomaron ventaja de la carencia cómplice de la vigilancia estatal y se adiestraron en el poder dominante del sistema, particularmente en la modalidad de la integración vertical, que combinó la intermediación con el negocio facturable de la prestación de los servicios a la población afiliada.
Organizaciones profesionales de la sociedad civil detectaron tempranamente las conductas irregulares en la administración de esos recursos públicos, pero sus denuncias fueron desatendidas por los gobiernos y los órganos de control. Intentaron presentar proyectos de ley, sin futuro, por la cooptación del Legislativo y de los partidos tradicionales para mantener la rentabilidad de tan lucrativo negocio.
La Sentencia T-760 de la Corte Constitucional, en 2008, ratificó que la negación de servicios tutelados por la población era otra estrategia del negocio. Instauró la Comisión de Seguimiento a las órdenes de esa sentencia, conformada por ciudadanos del sector salud. No obstante, en septiembre de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a 14 EPS y a Acemi, en cuantía de $16.984 millones, por competencia desleal, al acordar la negación de servicios, en maniobra que fue calificada como el “cartel de las EPS”. Tanto la sentencia de la Corte como la Comisión de Seguimiento son un hito histórico en el derrumbe de la intermediación.
Una y otra cimentaron el escenario para el desarrollo de la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, por iniciativa de la sociedad civil, la gran junta médica, cuya gestión se inició en 2012. Esta Ley dio origen al proyecto de la reforma estructural al sistema, presentada por la ministra Carolina Corcho ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, con el radicado 339 que, después de ocho años de preparación y discusión, logró su aprobación en los dos debates, comisión y plenaria, de la corporación.
Los integrantes de la Comisión Séptima del Senado le deben al país, a la sociedad y a las mismas EPS el hundimiento de un proyecto con esos antecedentes históricos, cuyo debate, hubiera permitido que estas últimas transitaran al nuevo formato, sin el triste final a que están abocadas.
Desde que el presidente Petro anunció que cambiaría el modelo de salud, esta columna, fiel a la historia de 30 años, relatada, primero en El Tiempo y luego en El Espectador, consideró que sería una gran transformación social para la equidad y el buen vivir de todos los ciudadanos. Ojalá se logre en la próxima legislación.
Se requirió que transcurrieran 30 años para que confluyeran las condiciones de modo y lugar, que desenmascararon la inviabilidad del sistema de la intermediación privada, en el modelo de la salud impuesto por la Ley 100 de 1993. El error inicial, como se describió previamente, fue delegar una función constitucional del Estado, “el derecho fundamental a la salud de todos los habitantes de Colombia”, a empresas privadas que debían administrar cuantiosos recursos públicos, en representación del Estado, sin los mecanismos apropiados de “dirección, coordinación y control”, que define la CPC, en los Artículos 48 y 49.
Las EPS tomaron ventaja de la carencia cómplice de la vigilancia estatal y se adiestraron en el poder dominante del sistema, particularmente en la modalidad de la integración vertical, que combinó la intermediación con el negocio facturable de la prestación de los servicios a la población afiliada.
Organizaciones profesionales de la sociedad civil detectaron tempranamente las conductas irregulares en la administración de esos recursos públicos, pero sus denuncias fueron desatendidas por los gobiernos y los órganos de control. Intentaron presentar proyectos de ley, sin futuro, por la cooptación del Legislativo y de los partidos tradicionales para mantener la rentabilidad de tan lucrativo negocio.
La Sentencia T-760 de la Corte Constitucional, en 2008, ratificó que la negación de servicios tutelados por la población era otra estrategia del negocio. Instauró la Comisión de Seguimiento a las órdenes de esa sentencia, conformada por ciudadanos del sector salud. No obstante, en septiembre de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a 14 EPS y a Acemi, en cuantía de $16.984 millones, por competencia desleal, al acordar la negación de servicios, en maniobra que fue calificada como el “cartel de las EPS”. Tanto la sentencia de la Corte como la Comisión de Seguimiento son un hito histórico en el derrumbe de la intermediación.
Una y otra cimentaron el escenario para el desarrollo de la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, por iniciativa de la sociedad civil, la gran junta médica, cuya gestión se inició en 2012. Esta Ley dio origen al proyecto de la reforma estructural al sistema, presentada por la ministra Carolina Corcho ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, con el radicado 339 que, después de ocho años de preparación y discusión, logró su aprobación en los dos debates, comisión y plenaria, de la corporación.
Los integrantes de la Comisión Séptima del Senado le deben al país, a la sociedad y a las mismas EPS el hundimiento de un proyecto con esos antecedentes históricos, cuyo debate, hubiera permitido que estas últimas transitaran al nuevo formato, sin el triste final a que están abocadas.
Desde que el presidente Petro anunció que cambiaría el modelo de salud, esta columna, fiel a la historia de 30 años, relatada, primero en El Tiempo y luego en El Espectador, consideró que sería una gran transformación social para la equidad y el buen vivir de todos los ciudadanos. Ojalá se logre en la próxima legislación.