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En reciente foro de la Academia Nacional de Medicina se presentó la revisión de la literatura científica universal sobre los efectos del cigarrillo de combustión, comparados con los de los cigarrillos electrónicos, en la salud de los seres humanos. Tanto el doctor Jorge Mor, cardiólogo, como el doctor Jorge Maldonado, oncólogo, demostraron que los estudios realizados hasta la fecha comprueban que, para los fumadores, resulta más conveniente la modalidad electrónica y el vapeo, para afectar en menor grado sus vidas. Por supuesto, los conferencistas citados enfatizaron que esas conclusiones se aplican exclusivamente a los fumadores crónicos y de ninguna manera a la población general.
Ni el ministro Uribe, invitado de rigor, ni el viceministro González (que lo suele suplir en las reuniones académicas) asistieron al foro. Por consiguiente, no es sorprendente que el ministro haya solicitado a la Comisión Séptima de la Cámara “tomar medidas urgentes para regular la venta de cigarrillos electrónicos y vapeadores en el país” (13-11-19). Toda campaña contra el consumo de cigarrillos es pertinente, pero la coyuntura de los electrónicos y de los vapeadores la está utilizando el Ministerio de Salud para desviar la atención de la opinión pública sobre el colapso del sistema de salud, que dejó de ser “urgente” para volverse terminal.
Esa es la única lectura posible de la decisión de la Superintendencia Nacional de Salud de liquidar en las últimas semanas a siete EPS: Salud Vida, Emdisalud, Cruz Blanca, Comfacor, y que a Comparta, Medimás y Coomeva les hayan revocado la licencia para operar en ocho departamentos. Entre unas y otras hay 2,7 millones de ciudadanos afiliados.
Nuevamente, el poder judicial es más contundente en la preservación del derecho fundamental a la salud que el Ministerio. El Juzgado Primero del Circuito de Valledupar falló la tutela presentada por un grupo de afiliados a Salud Vida. El pasado 23 de octubre, el recurso judicial hizo que se suspendiera el traslado de más de 1’100.000 usuarios, que el 1.º de noviembre estaban previstos para distribuirse en las EPS habilitadas, y ordenó a la Superintendencia de Salud y al agente liquidador que en un máximo de 48 horas “deben garantizar al grupo de demandantes, la prestación continua y eficaz del servicio, hasta tanto se determine la EPS a la que serán trasladados”.
La insolvencia económica de las EPS fue atribuida por la Contraloría General de la República, desde 2012, a la desviación de los recursos públicos entregados a esas entidades para administrarlos. En el Ministerio de Salud sospechan que la Contraloría tenía razón en la percepción de corrupción del sector por parte de las EPS. ¿Notarían que, según la revista Semana, en el informe anual sobre las 100 empresas más grandes de Colombia, en 2016 figuraban solo dos EPS y en 2019 registraron 14? ¿Incremento patrimonial, con dinero público o privado?
Parche 1. Qué mala memoria la del senador Barreras sobre el reclutamiento, abuso y violación de niños y niñas por las Farc.
Parche 2. El presidente de la Conferencia Episcopal Colombiana, que apoyó el paro 21N, ¿condenará a los católicos que no acogieron su predicación?