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                                                                                                                                  Intrigas del acuerdo con la alta comisionada

                                                                                                                                  El pasado 30 de octubre se firmó un nuevo acuerdo de sede entre el Gobierno y la alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre su oficina en Colombia. Allí se suprimió la frase que decía, en el primer acuerdo firmado el 29 de noviembre de 1996, que la oficina se abrió “como consecuencia de la petición que le formuló la Comisión de Derechos Humanos” (art. 1.a). De igual forma, se eliminó el quinto párrafo del preámbulo, que reseñaba “la declaración pronunciada por el presidente del 52º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el 23 de abril de 1996, en la cual la Comisión pide al alto comisionado que” establezca una oficina permanente en Colombia, con el doble mandato de brindar asistencia técnica y observar la situación de derechos humanos.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD
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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Lo que sí se eliminó ya fue la alusión al conflicto armado y al derecho internacional humanitario. En 1996 fue el Gobierno quien pidió que la actuación de la oficina en Colombia tuviera en cuenta esas circunstancias, de tal manera que dijera algo también sobre la responsabilidad de los insurgentes. La obsesión del uribismo por negar el conflicto armado lo llevó a proscribir su mención de este texto. El derecho humanitario también se borró pero, por si acaso, en el nuevo texto se habla de la vigencia del derecho internacional de los derechos humanos “y otras normas de derecho internacional relevantes”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  Un cambio positivo, pero también curioso: se incluyeron en el art. 7 las funciones previstas en el Acuerdo de Paz “que el Consejo de Seguridad acogió con beneplácito mediante su resolución 2307 (2016)”. Insistir internacionalmente en la supuesta invalidez del Acuerdo por el plebiscito habría sido demasiado osado.

                                                                                                                                  * Director de la Comisión Colombiana de Juristas (www.coljuristas.org).

                                                                                                                                  El pasado 30 de octubre se firmó un nuevo acuerdo de sede entre el Gobierno y la alta comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre su oficina en Colombia. Allí se suprimió la frase que decía, en el primer acuerdo firmado el 29 de noviembre de 1996, que la oficina se abrió “como consecuencia de la petición que le formuló la Comisión de Derechos Humanos” (art. 1.a). De igual forma, se eliminó el quinto párrafo del preámbulo, que reseñaba “la declaración pronunciada por el presidente del 52º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el 23 de abril de 1996, en la cual la Comisión pide al alto comisionado que” establezca una oficina permanente en Colombia, con el doble mandato de brindar asistencia técnica y observar la situación de derechos humanos.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD
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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Lo que sí se eliminó ya fue la alusión al conflicto armado y al derecho internacional humanitario. En 1996 fue el Gobierno quien pidió que la actuación de la oficina en Colombia tuviera en cuenta esas circunstancias, de tal manera que dijera algo también sobre la responsabilidad de los insurgentes. La obsesión del uribismo por negar el conflicto armado lo llevó a proscribir su mención de este texto. El derecho humanitario también se borró pero, por si acaso, en el nuevo texto se habla de la vigencia del derecho internacional de los derechos humanos “y otras normas de derecho internacional relevantes”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  * Director de la Comisión Colombiana de Juristas (www.coljuristas.org).

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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