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                                                                                                                                Totalitarismo e impuestos contra las ONG

                                                                                                                                El Gobierno pretende suprimir las exenciones tributarias a las instituciones de utilidad común que no estén sintonizadas con las prioridades gubernamentales.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Esta iniciativa contradice el principio de igualdad reconocido en el artículo 13 de la Constitución. Los proyectos que sintonicen con la política del Gobierno serían considerados de utilidad común y estarían exentos de impuestos. Los otros, no. El Plan Nacional de Desarrollo no prevé la representación de víctimas que reclamen judicialmente la responsabilidad estatal por la violación de derechos humanos, ni la realización de campañas contra el uso del asbesto para evitar que otras personas sufran por ello cáncer, como el que le causó la muerte a Ana Cecilia Niño. Esas actividades y otras similares no estarían exentas de impuestos, ni financiadas por la cooperación internacional, que no querría que sus recursos se destinaran a pagar impuestos.

                                                                                                                                Dentro de los proyectos de utilidad común tienen que respetarse los que no están previstos en el Plan Nacional de Desarrollo, bien sea porque no cupieron allí o porque son contrarios a su filosofía, como la lucha contra el fracking que se opone a la política minero-energética promovida por el Gobierno.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Además es ilegal, porque la Ley 2010 de 2019 y las anteriores, que establecieron la exención de impuestos para estas entidades, no previeron una diferenciación entre las que desarrollaran proyectos afines al Gobierno y las que no lo hicieran.

                                                                                                                                Pero además de ilegal e inconstitucional, es una iniciativa puerca e indecente, que revela una concepción totalitaria de gobierno que la sociedad colombiana debería rechazar con profunda indignación y con toda decisión.

                                                                                                                                * Director de la Comisión Colombiana de Juristas (www.coljuristas.org).

                                                                                                                                El Gobierno pretende suprimir las exenciones tributarias a las instituciones de utilidad común que no estén sintonizadas con las prioridades gubernamentales.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Esta iniciativa contradice el principio de igualdad reconocido en el artículo 13 de la Constitución. Los proyectos que sintonicen con la política del Gobierno serían considerados de utilidad común y estarían exentos de impuestos. Los otros, no. El Plan Nacional de Desarrollo no prevé la representación de víctimas que reclamen judicialmente la responsabilidad estatal por la violación de derechos humanos, ni la realización de campañas contra el uso del asbesto para evitar que otras personas sufran por ello cáncer, como el que le causó la muerte a Ana Cecilia Niño. Esas actividades y otras similares no estarían exentas de impuestos, ni financiadas por la cooperación internacional, que no querría que sus recursos se destinaran a pagar impuestos.

                                                                                                                                Dentro de los proyectos de utilidad común tienen que respetarse los que no están previstos en el Plan Nacional de Desarrollo, bien sea porque no cupieron allí o porque son contrarios a su filosofía, como la lucha contra el fracking que se opone a la política minero-energética promovida por el Gobierno.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Pero además de ilegal e inconstitucional, es una iniciativa puerca e indecente, que revela una concepción totalitaria de gobierno que la sociedad colombiana debería rechazar con profunda indignación y con toda decisión.

                                                                                                                                * Director de la Comisión Colombiana de Juristas (www.coljuristas.org).

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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