Preocupaciones sobre la Ley Estatutaria de Educación
La Ley Estatutaria de Educación tiene como propósito garantizar y desarrollar el derecho humano a la educación como bien común. Esta fue una obligación aplazada durante treinta años y una norma general burlada, puesto que la Ley General de Educación de 1994, en su artículo noveno, así lo ordenaba. Ningún gobierno había querido cumplir la ley en este asunto trascendental, aun cuando amplios sectores de la sociedad lo habían reclamado con insistencia.
El próximo 17 de junio, en plenaria del Senado, la Ley Estatutaria podría ser aprobada. Pasaríamos del momento de la expectativa, a una nueva etapa histórica de la educación pública que señala otro horizonte de sentido. Son muchos los aspectos que cambiarían de significado, de peso y dimensión, si es adoptada esta decisión sin acoger la enmienda propuesta en la Comisión Primera del Senado.
En este orden de ideas, hay tres temas que queremos destacar por ser de nuestro resorte y sobre los que invitamos a un diálogo, abierto y sensato, a las y los honorables senadores, al Ministerio de Educación Nacional y a la sociedad en su conjunto. El primero es el régimen especial para las Escuelas Normales Superiores; el segundo, el Sistema de Formación Docente; y el tercero, la evaluación.
Frente al primero, con el reconocimiento de las Escuelas Normales Superiores (ENS), en su ciclo de formación complementaria, como parte de un Sistema Especial de Formación Docente, el cual haría parte de la Educación Superior, posibilitando que las ENS ofrezcan programas de licenciatura en alianza con las universidades, tenemos algunas observaciones.
El régimen especial para las Escuelas Normales Superiores -ENS- ha sido una aspiración permanente para superar el limbo jurídico en el que se mueven estas instituciones y sus docentes, el carácter de sus programas y las necesidades regionales. Las ENS son fundamentales para la educación de maestras y maestros en las regiones, teniendo una larga trayectoria, tanto por su modelo de formación en valores como por la sustentación pedagógica del ciclo complementario, articulado a los contextos culturales y su gran aporte a la formación de maestros para la educación preescolar y básica primaria. Sin embargo, la ambigüedad existente por formar Normalistas Superiores que se desempeñan como docentes, sin que se defina su naturaleza como institución de educación superior, es preocupante.
La Ley 30 de 1992 en su artículo 136 señala: “La Universidad Pedagógica Nacional será la institución asesora del Ministerio de Educación Nacional en la definición de las políticas relativas a la formación y perfeccionamiento de docentes no universitarios”. Esta tarea la hemos realizado de manera juiciosa y diligente. La UPN acompañó a las Escuelas Normales en su proceso de conversión a Normales Superiores y apoyó, con idoneidad y rigor pedagógico, las reformas curriculares a la luz de los mandatos de la Ley 115 del 1994, y el Decreto 3012 de 1997.
Teniendo en cuenta este recorrido pedagógico, invitamos al Congreso, al Ministerio y a las 134 Escuelas Normales Superiores a pensar colectiva y articuladamente para avanzar en el fortalecimiento de la formación de docentes en las regiones, en diálogo con las necesidades del contexto, la excelencia de la educación y el fortalecimiento de lo público.
Frente al Sistema de Formación Docente es lamentable que, aunque este se prefiguró hace tres décadas, aún no haya prosperado como una política fundamental, a pesar de los múltiples intentos por establecerla. La ponencia, si finalmente se hace la Ley Estatutaria, define que debe formularse un Plan de Formación Docente de manera participativa. Esto es una necesidad porque la pregunta por la formación integral de las y los docentes sigue diluida en múltiples programas de educación inicial, en ejercicio y posgradual, dentro del mosaico complejo y diverso de licenciaturas, maestrías y doctorados en educación.
Los avances en el campo de la pedagogía, la investigación en educación y las exigencias de la globalización, las nuevas tecnologías y la sociedad del conocimiento, así como las transformaciones en el campo de la ética, la estética, la psicología, las ciencias de la educación, los derechos humanos, la paz y la pedagogía, están demandando nuevas posiciones sobre el estatuto docente, la identidad pedagógica y sobre la fortaleza de las facultades de educación para resolver estos retos. Hay aquí otro dilema sin resolver entre las exigencias internacionales y las construcciones propias de la comunidad educativa.
En este sentido, hay que señalar una contradicción protuberante en la ponencia que se presentará a la plenaria del Senado. Está muy bien que el Congreso haya entendido la importancia y la necesidad de un Sistema de Formación Docente, como parte de la Educación Superior, y que en ese marco se formule y se ponga en marcha el Plan de Formación Docente, pero este debe convocar a todas las instituciones y actores que tienen que ver con la formación, el desarrollo y la dignificación del trabajo pedagógico, en el marco de la autonomía que caracteriza a la educación superior.
En esta línea, la Universidad Pedagógica ha venido trabajando en la elaboración de un proyecto con los ejes básicos para la formulación de política pública en educación, que esperamos pueda ser retomado en las mesas y comisiones del Ministerio de Educación Nacional.
Finalmente, la evaluación de aprendizajes, de docentes e institucional, necesita un abordaje más allá de los afanes cuantificadores y clasificatorios, de una mirada contabilizadora que reduce la complejidad de las prácticas pedagógicas a un estándar preestablecido, lejano de los contextos de las y los estudiantes, así como de las necesidades pedagógicas identificadas en el aula. Es preciso pasar de la información y los datos estadísticos, al conocimiento de la evaluación en el salón de clases, al reconocimiento de la diversidad y al fortalecimiento pedagógico de los Proyectos Educativos Institucionales Comunitarios, en contextos adversos marcados por el hacinamiento, la desigualdad, el conflicto armado y la construcción de paz. El debate tiene que abrirse en este sentido y en esto la UPN tiene ya una gran trayectoria de innovación e investigación que ponemos a disposición del Ministerio de Educación, de las y los honorables congresistas, de las organizaciones de maestros y de las instituciones educativas.
Es preocupante el impacto a mediano y largo plazo de que se quieran imponer conceptos y mecanismos de evaluación de los educadores, extra sistémicos y a priori de la constitución del sistema y del Plan de Formación Docente; resulta absurdo e inaceptable. En consecuencia, el artículo 39 de la ponencia (enmienda) que será debatida en la plenaria del Senado debería ser eliminado con todos sus parágrafos.
La evaluación formativa sigue siendo nuestro compromiso y desde la UPN las puertas estarán abiertas al debate argumentado y el análisis profundo del sistema educativo colombiano, para comprometer a toda la comunidad educativa en la construcción de política pública en educación, teniendo como horizonte el cerrar brechas educativas y la garantía de una educación de excelencia y pertinente, acorde a las diferentes necesidades del país.
Para la UPN la educación es un tema neurálgico que no se debe tomar a la ligera los diseños curriculares, la formación de profesionales con un férreo compromiso con la participación ciudadana, la posibilidad de cumplir proyectos de vida que no están condicionados por el mercado, el robustecimiento de las universidades públicas para garantizar acceso universal y de excelencia, han sido temas de estudio juicioso, de construcción de programas y estrategias que han sido presentados al Ministerio de Educación, gobernaciones y alcaldías.
Entendemos perfectamente que los tiempos de la academia y de las discusiones en el Congreso son muy diferentes, pero en medio del torbellino mantengamos a la mano la brújula, y recordemos la relación directa que existe entre fortalecimiento de las universidades públicas y la democracia.
* Rector Universidad Pedagógica Nacional
La Ley Estatutaria de Educación tiene como propósito garantizar y desarrollar el derecho humano a la educación como bien común. Esta fue una obligación aplazada durante treinta años y una norma general burlada, puesto que la Ley General de Educación de 1994, en su artículo noveno, así lo ordenaba. Ningún gobierno había querido cumplir la ley en este asunto trascendental, aun cuando amplios sectores de la sociedad lo habían reclamado con insistencia.
El próximo 17 de junio, en plenaria del Senado, la Ley Estatutaria podría ser aprobada. Pasaríamos del momento de la expectativa, a una nueva etapa histórica de la educación pública que señala otro horizonte de sentido. Son muchos los aspectos que cambiarían de significado, de peso y dimensión, si es adoptada esta decisión sin acoger la enmienda propuesta en la Comisión Primera del Senado.
En este orden de ideas, hay tres temas que queremos destacar por ser de nuestro resorte y sobre los que invitamos a un diálogo, abierto y sensato, a las y los honorables senadores, al Ministerio de Educación Nacional y a la sociedad en su conjunto. El primero es el régimen especial para las Escuelas Normales Superiores; el segundo, el Sistema de Formación Docente; y el tercero, la evaluación.
Frente al primero, con el reconocimiento de las Escuelas Normales Superiores (ENS), en su ciclo de formación complementaria, como parte de un Sistema Especial de Formación Docente, el cual haría parte de la Educación Superior, posibilitando que las ENS ofrezcan programas de licenciatura en alianza con las universidades, tenemos algunas observaciones.
El régimen especial para las Escuelas Normales Superiores -ENS- ha sido una aspiración permanente para superar el limbo jurídico en el que se mueven estas instituciones y sus docentes, el carácter de sus programas y las necesidades regionales. Las ENS son fundamentales para la educación de maestras y maestros en las regiones, teniendo una larga trayectoria, tanto por su modelo de formación en valores como por la sustentación pedagógica del ciclo complementario, articulado a los contextos culturales y su gran aporte a la formación de maestros para la educación preescolar y básica primaria. Sin embargo, la ambigüedad existente por formar Normalistas Superiores que se desempeñan como docentes, sin que se defina su naturaleza como institución de educación superior, es preocupante.
La Ley 30 de 1992 en su artículo 136 señala: “La Universidad Pedagógica Nacional será la institución asesora del Ministerio de Educación Nacional en la definición de las políticas relativas a la formación y perfeccionamiento de docentes no universitarios”. Esta tarea la hemos realizado de manera juiciosa y diligente. La UPN acompañó a las Escuelas Normales en su proceso de conversión a Normales Superiores y apoyó, con idoneidad y rigor pedagógico, las reformas curriculares a la luz de los mandatos de la Ley 115 del 1994, y el Decreto 3012 de 1997.
Teniendo en cuenta este recorrido pedagógico, invitamos al Congreso, al Ministerio y a las 134 Escuelas Normales Superiores a pensar colectiva y articuladamente para avanzar en el fortalecimiento de la formación de docentes en las regiones, en diálogo con las necesidades del contexto, la excelencia de la educación y el fortalecimiento de lo público.
Frente al Sistema de Formación Docente es lamentable que, aunque este se prefiguró hace tres décadas, aún no haya prosperado como una política fundamental, a pesar de los múltiples intentos por establecerla. La ponencia, si finalmente se hace la Ley Estatutaria, define que debe formularse un Plan de Formación Docente de manera participativa. Esto es una necesidad porque la pregunta por la formación integral de las y los docentes sigue diluida en múltiples programas de educación inicial, en ejercicio y posgradual, dentro del mosaico complejo y diverso de licenciaturas, maestrías y doctorados en educación.
Los avances en el campo de la pedagogía, la investigación en educación y las exigencias de la globalización, las nuevas tecnologías y la sociedad del conocimiento, así como las transformaciones en el campo de la ética, la estética, la psicología, las ciencias de la educación, los derechos humanos, la paz y la pedagogía, están demandando nuevas posiciones sobre el estatuto docente, la identidad pedagógica y sobre la fortaleza de las facultades de educación para resolver estos retos. Hay aquí otro dilema sin resolver entre las exigencias internacionales y las construcciones propias de la comunidad educativa.
En este sentido, hay que señalar una contradicción protuberante en la ponencia que se presentará a la plenaria del Senado. Está muy bien que el Congreso haya entendido la importancia y la necesidad de un Sistema de Formación Docente, como parte de la Educación Superior, y que en ese marco se formule y se ponga en marcha el Plan de Formación Docente, pero este debe convocar a todas las instituciones y actores que tienen que ver con la formación, el desarrollo y la dignificación del trabajo pedagógico, en el marco de la autonomía que caracteriza a la educación superior.
En esta línea, la Universidad Pedagógica ha venido trabajando en la elaboración de un proyecto con los ejes básicos para la formulación de política pública en educación, que esperamos pueda ser retomado en las mesas y comisiones del Ministerio de Educación Nacional.
Finalmente, la evaluación de aprendizajes, de docentes e institucional, necesita un abordaje más allá de los afanes cuantificadores y clasificatorios, de una mirada contabilizadora que reduce la complejidad de las prácticas pedagógicas a un estándar preestablecido, lejano de los contextos de las y los estudiantes, así como de las necesidades pedagógicas identificadas en el aula. Es preciso pasar de la información y los datos estadísticos, al conocimiento de la evaluación en el salón de clases, al reconocimiento de la diversidad y al fortalecimiento pedagógico de los Proyectos Educativos Institucionales Comunitarios, en contextos adversos marcados por el hacinamiento, la desigualdad, el conflicto armado y la construcción de paz. El debate tiene que abrirse en este sentido y en esto la UPN tiene ya una gran trayectoria de innovación e investigación que ponemos a disposición del Ministerio de Educación, de las y los honorables congresistas, de las organizaciones de maestros y de las instituciones educativas.
Es preocupante el impacto a mediano y largo plazo de que se quieran imponer conceptos y mecanismos de evaluación de los educadores, extra sistémicos y a priori de la constitución del sistema y del Plan de Formación Docente; resulta absurdo e inaceptable. En consecuencia, el artículo 39 de la ponencia (enmienda) que será debatida en la plenaria del Senado debería ser eliminado con todos sus parágrafos.
La evaluación formativa sigue siendo nuestro compromiso y desde la UPN las puertas estarán abiertas al debate argumentado y el análisis profundo del sistema educativo colombiano, para comprometer a toda la comunidad educativa en la construcción de política pública en educación, teniendo como horizonte el cerrar brechas educativas y la garantía de una educación de excelencia y pertinente, acorde a las diferentes necesidades del país.
Para la UPN la educación es un tema neurálgico que no se debe tomar a la ligera los diseños curriculares, la formación de profesionales con un férreo compromiso con la participación ciudadana, la posibilidad de cumplir proyectos de vida que no están condicionados por el mercado, el robustecimiento de las universidades públicas para garantizar acceso universal y de excelencia, han sido temas de estudio juicioso, de construcción de programas y estrategias que han sido presentados al Ministerio de Educación, gobernaciones y alcaldías.
Entendemos perfectamente que los tiempos de la academia y de las discusiones en el Congreso son muy diferentes, pero en medio del torbellino mantengamos a la mano la brújula, y recordemos la relación directa que existe entre fortalecimiento de las universidades públicas y la democracia.
* Rector Universidad Pedagógica Nacional