¿Cuál reforma a la justicia?

Jorge Iván Cuervo R.
22 de septiembre de 2017 - 06:00 a. m.
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Una vez más crisis en la justicia, y otra vez esa sensación de que no hemos podido entender cuál es el rol que debe tener un sistema de justicia en una sociedad democrática, alejado del ruido de la política partidista, como un árbitro imparcial entre los poderes reales y garante de los derechos de los ciudadanos. El diseño institucional de la Constitución de 1991 y no haber podido consolidar una verdadera formación judicial en las facultades de Derecho pueden estar en el origen de esta enésima crisis.

Se ha dicho que todas las vías para reformar la administración de justicia están bloqueadas y por ello se precisa de medidas extremas, como una asamblea constituyente o un referendo como el que propone el gobierno, con un enorme riesgo de que al calor de la indignación ciudadana y del comportamiento reprochable de algunos magistrados de las altas cortes, se puedan revertir verdaderos logros institucionales de la justicia en Colombia.

Aquí hay dos temas: el contenido de la reforma y el camino para lograrlo, y ambos están relacionados. Si se precisa de reformas estructurales que toquen los principios de autogobierno judicial y de independencia y autonomía judicial, la vía está cerrada por Congreso de la República, e incluso por referendo, como lo señaló la Corte Constitucional en la sentencia C -285 de 2016, por la cual se declaró contrario a la Constitución el Consejo de Gobierno Judicial contenido en el Acto Legislativo 02 de 2015, recordado como la reforma de Equilibrio de Poderes.

Así que una reforma estructural que implique erosionar estos principios, y el de separación de poderes (Sentencia C -970 de 2004), que incluye la supresión de las facultades electorales de las altas cortes -solo podría hacerse por asamblea constituyente, un desafío político de marca mayor que no es conveniente en tiempos de polarización y posverdad, y en año electoral.

Otras reformas pueden hacerse vía Congreso y no se justificaría el desgaste de un referendo  para adoptar medidas de descongestión o de integridad ética en la formación de los abogados que es más una reforma educativa que judicial, y que abriría una puerta para que, so pretexto de la crisis y sobre la ola de la indignación ciudadana, se reviertan logros importantes atribuibles a una rama judicial con muchos problemas en su funcionamiento pero que al menos no ha sido cooptada por los otros poderes del Estado. O al menos se resiste a ello.

Ahora viene el tema del contenido de la reforma. Desde la llamada Comisión Bonivento se ha señalado la importancia de definir los distintos niveles de reforma: el constitucional, el estatutario, el ordinario, y lo relacionado con decisiones de política judicial y luego gerencia. Esto supone enfrentar, desde los problemas de acceso al recurso de casación hasta la falta de jueces en muchos municipios, la demora en los términos procesales y los problemas de congestión en la oralidad, entre otros temas que afectan el día a día de la administración de justicia, y que son diferentes en cada jurisdicción. No todo se puede hacer al mismo tiempo, y cada reforma exige estudios y análisis de escenarios institucionales y presupuestales. La gradualidad y el consenso alrededor de las reformas es la enseñanza que nos deja el fracaso de los anteriores intentos de reforma.

En el contexto del Plan Decenal de Justicia se debe definir a partir de ahora y durante el primer semestre del próximo año un marco de reformas para los próximos diez años orientado a resolver todos los problemas de funcionamiento de la administración de justicia –incluida por supuesto la Fiscalía y los problemas de corrupción judicial- que acoja los parámetros definidos por la Corte Constitucional. Esto va más allá del gobierno y de la propia rama judicial, exige lo que muchos han llamado un gran acuerdo nacional por la justicia.

De las carreras no queda sino el cansancio y reformas al calor de la indignación ciudadana pueden ser más contraproducentes que lo que existe.

@cuervoji

 

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