La Comunidad Andina de Naciones (CAN) en su momento de gloria llegó a reunir a Bolivia, Ecuador Colombia, Chile, Perú y Venezuela. Bajo el modelo de la Comunidad Europea, la CAN pretendía abrir paulatinamente las fronteras nacionales para promover la integración y la cooperación económica y social. El Pacto Andino -como se conoció en sus inicios- nació con el Acuerdo de Cartagena en 1969, bajo la inspiración de estadistas como Carlos Lleras y Eduardo Frei.
Lamentablemente, la misma torpeza histórica que frustró el sueño anfictiónico de Bolívar, hizo que Chile y Venezuela abandonaran la CAN. El retiro de esos países, la convulsión política y la globalización han afectado a la entidad, pero el ideal de integración no puede desaparecer.
Las normas jurídicas expedidas por la CAN forman parte del ordenamiento de los países miembros y prevalecen sobre el derecho interno. Dentro de esas disposiciones se encuentra la Decisión 351, modelo de protección de los derechos de autor en todo el mundo. Valga recordar que el año pasado algunas empresas multinacionales de telecomunicaciones, ante la realidad de que esa Decisión 351 estorbaba en sus intereses comerciales, le solicitaron al Gobierno colombiano que promoviera su derogatoria en el ámbito comunitario.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) es el organismo de la CAN que garantiza el cumplimiento del ordenamiento comunitario. No es una entidad protocolaria ni mucho menos. Sus decisiones son imperativas en el derecho interno y muchos procesos judiciales en Colombia requieren obligatoriamente el pronunciamiento previo de ese tribunal.
A pesar de la trascendencia de sus funciones, el presupuesto del TJCA es vergonzante y los países miembros -incluido Colombia- ni siquiera pagan a tiempo sus respectivas cuotas de sostenimiento. Por esa razón hoy en día la entidad está al borde del colapso y a punto de ser lanzada de su sede por mora en el pago del arrendamiento.
El presidente de la República, la canciller y el ministro de Comercio Exterior -más allá de declaraciones grandilocuentes- están obligados a garantizar los recursos que requiere el TJCA. No es un favor. Es de veras el debido respeto a la majestad de la justicia.
@jcgomez_j
La Comunidad Andina de Naciones (CAN) en su momento de gloria llegó a reunir a Bolivia, Ecuador Colombia, Chile, Perú y Venezuela. Bajo el modelo de la Comunidad Europea, la CAN pretendía abrir paulatinamente las fronteras nacionales para promover la integración y la cooperación económica y social. El Pacto Andino -como se conoció en sus inicios- nació con el Acuerdo de Cartagena en 1969, bajo la inspiración de estadistas como Carlos Lleras y Eduardo Frei.
Lamentablemente, la misma torpeza histórica que frustró el sueño anfictiónico de Bolívar, hizo que Chile y Venezuela abandonaran la CAN. El retiro de esos países, la convulsión política y la globalización han afectado a la entidad, pero el ideal de integración no puede desaparecer.
Las normas jurídicas expedidas por la CAN forman parte del ordenamiento de los países miembros y prevalecen sobre el derecho interno. Dentro de esas disposiciones se encuentra la Decisión 351, modelo de protección de los derechos de autor en todo el mundo. Valga recordar que el año pasado algunas empresas multinacionales de telecomunicaciones, ante la realidad de que esa Decisión 351 estorbaba en sus intereses comerciales, le solicitaron al Gobierno colombiano que promoviera su derogatoria en el ámbito comunitario.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) es el organismo de la CAN que garantiza el cumplimiento del ordenamiento comunitario. No es una entidad protocolaria ni mucho menos. Sus decisiones son imperativas en el derecho interno y muchos procesos judiciales en Colombia requieren obligatoriamente el pronunciamiento previo de ese tribunal.
A pesar de la trascendencia de sus funciones, el presupuesto del TJCA es vergonzante y los países miembros -incluido Colombia- ni siquiera pagan a tiempo sus respectivas cuotas de sostenimiento. Por esa razón hoy en día la entidad está al borde del colapso y a punto de ser lanzada de su sede por mora en el pago del arrendamiento.
El presidente de la República, la canciller y el ministro de Comercio Exterior -más allá de declaraciones grandilocuentes- están obligados a garantizar los recursos que requiere el TJCA. No es un favor. Es de veras el debido respeto a la majestad de la justicia.
@jcgomez_j