De alguna manera, el almendrón de la necesaria reforma del régimen pensional consiste en integrar el viejo sistema nacido en 1950 con la creación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en desarrollo de una política estatal de seguridad social de pensiones y salud, que sobrevive como nostalgia en los proyectos de Gustavo Petro. Son proyectos necesarios pero obsoletos en su concepción, adecuados al país de ayer, un país donde la población crecía exponencialmente —se hablaba entonces de una explosión demográfica que llevaría a Carlos Lleras a apoyar a Profamilia y a la iniciación de las políticas de control de natalidad, en medio del auge de la industrialización con un empleo urbano en ascenso—. Para rematar, en ese entonces la esperanza de vida era de cincuenta y pico de años. Es decir, estaba montado el escenario de una política de pensiones de jubilación operando bajo la lógica y dinámica de la solidaridad intergeneracional donde los jóvenes empleados que cotizaban al ISS financiaban el pago de las pensiones de los jubilados. Era un sistema con un cubrimiento muy limitado de los obreros y trabajadores que tenían un empleo formalizado y estable, cuyos empleadores cotizaban igualmente a un fondo común de donde salían los dineros para los pensionados. El resto de la población —pobre, campesina, “rebuscadora”— no estaba cubierta, enfrentada a una pobreza que la acompañaría a la tumba. Los sectores más pudientes de la clase media alta para arriba tenían garantizada su vejez con su patrimonio y sistemas privados de ahorro. Con las cifras colombianas de hoy, la reforma pensional atañe a los intereses de la clase media.
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De alguna manera, el almendrón de la necesaria reforma del régimen pensional consiste en integrar el viejo sistema nacido en 1950 con la creación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en desarrollo de una política estatal de seguridad social de pensiones y salud, que sobrevive como nostalgia en los proyectos de Gustavo Petro. Son proyectos necesarios pero obsoletos en su concepción, adecuados al país de ayer, un país donde la población crecía exponencialmente —se hablaba entonces de una explosión demográfica que llevaría a Carlos Lleras a apoyar a Profamilia y a la iniciación de las políticas de control de natalidad, en medio del auge de la industrialización con un empleo urbano en ascenso—. Para rematar, en ese entonces la esperanza de vida era de cincuenta y pico de años. Es decir, estaba montado el escenario de una política de pensiones de jubilación operando bajo la lógica y dinámica de la solidaridad intergeneracional donde los jóvenes empleados que cotizaban al ISS financiaban el pago de las pensiones de los jubilados. Era un sistema con un cubrimiento muy limitado de los obreros y trabajadores que tenían un empleo formalizado y estable, cuyos empleadores cotizaban igualmente a un fondo común de donde salían los dineros para los pensionados. El resto de la población —pobre, campesina, “rebuscadora”— no estaba cubierta, enfrentada a una pobreza que la acompañaría a la tumba. Los sectores más pudientes de la clase media alta para arriba tenían garantizada su vejez con su patrimonio y sistemas privados de ahorro. Con las cifras colombianas de hoy, la reforma pensional atañe a los intereses de la clase media.
El sistema hacía agua 20 años después, no solo en Colombia. Las demandas de los jubilados aumentaban a una velocidad mayor a la de las cotizaciones de los activos. Eran más jubilados viviendo más años con una demografía desacelerada y el número de cotizantes disminuía en un mercado laboral con una menor dinámica; como resultado, aumentaba la informalidad y disminuía el número de cotizantes y los aportes empresariales. En 1950, en los inicios de la política, por cada adulto mayor de 60 años había 11 trabajadores activos; hoy son solo cinco y en menos de 30 años será un solo trabajador. Esta poderosa dinámica demográfica anula la solidaridad intergeneracional, fundamento del sistema público tradicional. Para completar el cuadro, el manejo que hizo el ISS de los recursos aportados no los acrecentó, lo cual hubiera facilitado el pago de las mesadas sin necesidad de acudir al presupuesto nacional; el Estado los administró mal, presa de intereses politiqueros y de malas inversiones en proyectos supuestamente de interés público.
En este punto del proceso se consideró como alternativa al simple y creciente apoyo fiscal al sistema que esos muy significativos recursos de ahorro ciudadano fueran administrados en cuentas privadas de ahorro individual, por entidades especializadas encargadas de su inversión y administración, con una tasa de rentabilidad real, no simplemente nominal, del 7 %, aportando significativamente al monto del valor de los fondos. Asofondos estima que el 70 % de su valor es producto de la rentabilidad de las inversiones. Su producido, descontada la comisión por administración, engrosaría el monto del activo del cotizante. Se sustituye el aporte presupuestal por la rentabilidad de la inversión de los recursos ahorrados por el cotizante.
Lo importante del proyecto es que permite pasar de un sistema de pensiones escindido, donde el público y el privado son independientes, a uno en donde son componentes interrelacionados y complementarios de un sistema. El punto de ligazón, si se quiere, el puente entre ambos, es el monto del salario mínimo por debajo del cual sería obligatorio cotizar en Colpensiones, en el sistema público. Para montos de ingresos superiores, el cotizante lo hace en el valor que determine, en una administradora privada, de capitalización individual, que funcionan en 46 países, incluidos México y China. De ahí la importancia estratégica del valor de ese tope, donde se centra mucha de la discusión en curso. El proyecto de ley propone un monto de tres salarios mínimos, con el cual el 91% de los actuales cotizantes quedarían a cargo de Colpensiones, logrando así el Gobierno su propósito, que el sistema sea estatal. Fedesarrollo propone que el tope sea 1,5 salarios mínimos.
Por encima de cualquier consideración, muchos cotizantes prefieren hacerlo en Colpensiones por la simple razón de que “el Estado no se quiebra” y hay experiencias en otros países de quiebra de administradoras privadas. Se han trasladado $100.000 millones de los fondos a Colpensiones. Esto requiere restricciones y regulaciones claras sobre las condiciones para las inversiones que realicen las administradoras, debiendo privilegiar la seguridad sobre la rentabilidad, no pueden ser inversiones especulativas; además, deben tener un porcentaje significativo de su portafolio en inversiones en el país, tanto privadas como públicas. Finalmente, el proyecto de ley no considera unos parámetros que deben ajustarse, algunos ya mencionados: edad para pensionarse, tiempo de cotización, tasa de cotización y vinculación de los trabajadores no formalizados, donde es evidente e ineludible la relación entre empleo, salarios y pensiones. En lógica, deben abordarse simultáneamente, teniendo además presente el sistema de salud, como se hizo en los inicios con el ISS.