Según el antiguo y venerable derecho de la neutralidad, el territorio de las potencias neutrales es “inviolable” (art. 1, “Convención relativa a los derechos y a los deberes de las potencias y de las personas neutrales en caso de guerra terrestre“ -Convención de La Haya V-, 18/10/1907). Por consiguiente, las partes en un conflicto no pueden utilizarlo de ninguna manera relacionada con el conflicto, p. ej., para el transporte de equipamiento para la guerra (art. 2,
Sobre el suministro de armas a Ucrania
01 de marzo de 2022 - 05:30 a. m.