En peligro la riqueza y la diversidad académica de las universidades
Cuando el gobierno de Iván Duque inició su periodo y en consecuencia se posesionó la ministra de Educación, María Victoria Angulo, desde las universidades del Sistema Universitario Estatal (SUE) planteamos una importante reflexión sobre la inconveniencia de la norma que estableció como obligatoria la acreditación de alta calidad para los programas de educación a lo largo y ancho del país, sin considerar los diferentes contextos ni brindar las garantías y recursos necesarios para tales fines. Esa medida proferida en el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos, obró en contra del espíritu que hasta ese momento habían tenido los procesos de autoevaluación, los cuales estaban enmarcados en la autonomía y la responsabilidad ética de los programas y las instituciones para dar cuenta ante la sociedad de su calidad, pudiendo así optar o no por la acreditación de alta calidad conforme a sus realidades, condiciones y posibilidades. Desafortunadamente, como se predijo desde el SUE y desde la UPN en distintos escenarios, esa exigencia ocasionó el cierre de la oferta académica de varios programas de licenciatura en las regiones y aumentó las brechas educativas en la formación de maestros en el país. Todos estos elementos fueron expuestos a la ministra de Educación en aquel entonces, los cuales fueron escuchados y atendidos, pues efectivamente la obligatoriedad instaurada quedó sin efectos legales pues el plan de desarrollo del nuevo gobierno no la incluyó.
A partir de ello, comenzó también una discusión sobre los temas de aseguramiento de la calidad; los aportes realizados desde SUE estaban centrados especialmente en que los programas que tuvieran acreditación de alta calidad pudieran obtener la renovación de sus registros calificados de tal forma que no fueran procesos tortuosos y desgastantes para las dinámicas institucionales, que además se encontraban desarticulados entre sí. Por lo tanto, la solicitud fundamental fue poder concretar una normatividad que posibilitara que los registros calificados para los programas que tuviesen acreditación de alta calidad, pudiesen ser renovados de oficio, valorando así todos los esfuerzos realizados por las instituciones y las comunidades académicas como los recursos financieros y humanos para atender la calidad necesaria y, de esta forma, optimizar y poder reconocer esas dinámicas.
Sin embargo, la discusión fue orientada hacia otra dirección debido a algunos debates en los que participaron universidades privadas y públicas acreditadas y el ministerio comenzó a construir una propuesta de normatividad orientada hacia los resultados de aprendizaje, lo cual desviaba la atención de la preocupación inicial. La idea comenzó a tener fuerza porque tuvo apoyo de altos directivos que defienden tesis instrumentales y técnicas en la educación, pues pretende estandarizar los procesos de aseguramiento de la calidad siguiendo la lógica eficientista que soslaya el desarrollo de distintas concepciones epistemológicas y curriculares que sustentan la evaluación y no necesariamente centran su atención en resultados de aprendizaje. Por ejemplo, la evaluación cualitativa centrada en procesos y no en resultados podría rechazarse de entrada por parte de los pares encargados de verificar que todos los currículos den cuenta de la nueva disposición normativa.
En ese contexto, el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 1330 de 2019, por el cual modifica las condiciones para la solicitud y renovación de registros calificados y posteriormente expidió la Resolución 021795 de 2020, que lo reglamenta. Si bien, como se pondera en la parte inicial del presente texto, es fundamental reconocer la autoevaluación como un proceso que permite identificar las potencialidades y necesidades de las instituciones y sus programas académicos, la reglamentación expedida presenta aspectos delicados que deben ser abordados y analizados con detenimiento, particularmente sobre la perspectiva de la evaluación por resultados de aprendizaje y sus efectos sobre la organización y concepto de Universidad.
En esa medida, desde el Sistema Universitario Estatal se planteó la necesidad de estudio de la mencionada reglamentación. Así, se integró una comisión de vicerrectores académicos quienes al analizar de manera juiciosa cada documento, encontraron que las normas citadas podrían estar lesionando las comprensiones de la universidad como espacio deliberativo, de diálogo, discusión, investigación, construcción de saber, de transformación social así como su papel crítico y propositivo, afectando de manera significativa la apuesta formativa y el funcionamiento de algunos programas académicos hasta el punto de poner en riesgo su existencia.
De igual modo, establecen que el énfasis marcado en la Evaluación por Resultados de Aprendizaje tiende a restringir la riqueza y diversidad de nuestras trayectorias formativas y desconoce los conceptos pedagógicos, didácticos y educativos que las comunidades científicas han construido. De la misma manera, el modo en que los resultados de aprendizaje se articulan en las normas no es el único modo en que se puede introducir este concepto en la estructuración de los programas universitarios. De esta manera se tiende a un proceso de homogeneidad y estandarización como idea de calidad que desconoce la diversidad de contextos, conocimientos y culturas institucionales del país.
Por otra parte, esta normatividad pondera la adopción de conceptos precisos, dinámicas y procedimientos que afectan el funcionamiento interno de la universidad y su capacidad de tomar decisiones sobre sí misma, lo que afecta la autonomía universitaria. Así, se privilegia la comprensión de una sola idea de universidad, en detrimento de otras formas de comprensión que promuevan o fortalezcan el territorio, la cultura, a las comunidades locales y la función que esta cumple en el cuidado del pensamiento libre, autónomo y crítico, así como la construcción del conocimiento más allá de los fines que le impone el exterior.
Entre otros aspectos, se encuentra que las condiciones impuestas para la obtención de registro calificado y alta calidad exigen inversiones universitarias que resultan de difícil cumplimiento para muchas instituciones, sin las adiciones presupuestales adecuadas por parte del gobierno nacional.
Es así como desde el SUE solicitamos al gobierno nacional propiciar las condiciones para permitir a las instituciones continuar y consolidar las trayectorias de los programas académicos, manteniéndolos abiertos, como una forma de defender la universidad pública y sus funciones orientadas a la innovación científica, social y el diálogo de saberes entre diversas perspectivas del conocimiento. De igual manera, se propuso forjar espacios de concertación y diálogo que permitan la modificación de la normatividad enunciada, de tal manera que se respete la autonomía universitaria para que no se pierda la posibilidad de creación de currículos diversos con diferentes enfoques, no solo en términos de resultados de aprendizaje, sino de procesos que aporten de manera efectiva a los diversos contextos territoriales con los que cuenta el país.
* Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.
Cuando el gobierno de Iván Duque inició su periodo y en consecuencia se posesionó la ministra de Educación, María Victoria Angulo, desde las universidades del Sistema Universitario Estatal (SUE) planteamos una importante reflexión sobre la inconveniencia de la norma que estableció como obligatoria la acreditación de alta calidad para los programas de educación a lo largo y ancho del país, sin considerar los diferentes contextos ni brindar las garantías y recursos necesarios para tales fines. Esa medida proferida en el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos, obró en contra del espíritu que hasta ese momento habían tenido los procesos de autoevaluación, los cuales estaban enmarcados en la autonomía y la responsabilidad ética de los programas y las instituciones para dar cuenta ante la sociedad de su calidad, pudiendo así optar o no por la acreditación de alta calidad conforme a sus realidades, condiciones y posibilidades. Desafortunadamente, como se predijo desde el SUE y desde la UPN en distintos escenarios, esa exigencia ocasionó el cierre de la oferta académica de varios programas de licenciatura en las regiones y aumentó las brechas educativas en la formación de maestros en el país. Todos estos elementos fueron expuestos a la ministra de Educación en aquel entonces, los cuales fueron escuchados y atendidos, pues efectivamente la obligatoriedad instaurada quedó sin efectos legales pues el plan de desarrollo del nuevo gobierno no la incluyó.
A partir de ello, comenzó también una discusión sobre los temas de aseguramiento de la calidad; los aportes realizados desde SUE estaban centrados especialmente en que los programas que tuvieran acreditación de alta calidad pudieran obtener la renovación de sus registros calificados de tal forma que no fueran procesos tortuosos y desgastantes para las dinámicas institucionales, que además se encontraban desarticulados entre sí. Por lo tanto, la solicitud fundamental fue poder concretar una normatividad que posibilitara que los registros calificados para los programas que tuviesen acreditación de alta calidad, pudiesen ser renovados de oficio, valorando así todos los esfuerzos realizados por las instituciones y las comunidades académicas como los recursos financieros y humanos para atender la calidad necesaria y, de esta forma, optimizar y poder reconocer esas dinámicas.
Sin embargo, la discusión fue orientada hacia otra dirección debido a algunos debates en los que participaron universidades privadas y públicas acreditadas y el ministerio comenzó a construir una propuesta de normatividad orientada hacia los resultados de aprendizaje, lo cual desviaba la atención de la preocupación inicial. La idea comenzó a tener fuerza porque tuvo apoyo de altos directivos que defienden tesis instrumentales y técnicas en la educación, pues pretende estandarizar los procesos de aseguramiento de la calidad siguiendo la lógica eficientista que soslaya el desarrollo de distintas concepciones epistemológicas y curriculares que sustentan la evaluación y no necesariamente centran su atención en resultados de aprendizaje. Por ejemplo, la evaluación cualitativa centrada en procesos y no en resultados podría rechazarse de entrada por parte de los pares encargados de verificar que todos los currículos den cuenta de la nueva disposición normativa.
En ese contexto, el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 1330 de 2019, por el cual modifica las condiciones para la solicitud y renovación de registros calificados y posteriormente expidió la Resolución 021795 de 2020, que lo reglamenta. Si bien, como se pondera en la parte inicial del presente texto, es fundamental reconocer la autoevaluación como un proceso que permite identificar las potencialidades y necesidades de las instituciones y sus programas académicos, la reglamentación expedida presenta aspectos delicados que deben ser abordados y analizados con detenimiento, particularmente sobre la perspectiva de la evaluación por resultados de aprendizaje y sus efectos sobre la organización y concepto de Universidad.
En esa medida, desde el Sistema Universitario Estatal se planteó la necesidad de estudio de la mencionada reglamentación. Así, se integró una comisión de vicerrectores académicos quienes al analizar de manera juiciosa cada documento, encontraron que las normas citadas podrían estar lesionando las comprensiones de la universidad como espacio deliberativo, de diálogo, discusión, investigación, construcción de saber, de transformación social así como su papel crítico y propositivo, afectando de manera significativa la apuesta formativa y el funcionamiento de algunos programas académicos hasta el punto de poner en riesgo su existencia.
De igual modo, establecen que el énfasis marcado en la Evaluación por Resultados de Aprendizaje tiende a restringir la riqueza y diversidad de nuestras trayectorias formativas y desconoce los conceptos pedagógicos, didácticos y educativos que las comunidades científicas han construido. De la misma manera, el modo en que los resultados de aprendizaje se articulan en las normas no es el único modo en que se puede introducir este concepto en la estructuración de los programas universitarios. De esta manera se tiende a un proceso de homogeneidad y estandarización como idea de calidad que desconoce la diversidad de contextos, conocimientos y culturas institucionales del país.
Por otra parte, esta normatividad pondera la adopción de conceptos precisos, dinámicas y procedimientos que afectan el funcionamiento interno de la universidad y su capacidad de tomar decisiones sobre sí misma, lo que afecta la autonomía universitaria. Así, se privilegia la comprensión de una sola idea de universidad, en detrimento de otras formas de comprensión que promuevan o fortalezcan el territorio, la cultura, a las comunidades locales y la función que esta cumple en el cuidado del pensamiento libre, autónomo y crítico, así como la construcción del conocimiento más allá de los fines que le impone el exterior.
Entre otros aspectos, se encuentra que las condiciones impuestas para la obtención de registro calificado y alta calidad exigen inversiones universitarias que resultan de difícil cumplimiento para muchas instituciones, sin las adiciones presupuestales adecuadas por parte del gobierno nacional.
Es así como desde el SUE solicitamos al gobierno nacional propiciar las condiciones para permitir a las instituciones continuar y consolidar las trayectorias de los programas académicos, manteniéndolos abiertos, como una forma de defender la universidad pública y sus funciones orientadas a la innovación científica, social y el diálogo de saberes entre diversas perspectivas del conocimiento. De igual manera, se propuso forjar espacios de concertación y diálogo que permitan la modificación de la normatividad enunciada, de tal manera que se respete la autonomía universitaria para que no se pierda la posibilidad de creación de currículos diversos con diferentes enfoques, no solo en términos de resultados de aprendizaje, sino de procesos que aporten de manera efectiva a los diversos contextos territoriales con los que cuenta el país.
* Rector de la Universidad Pedagógica Nacional.