Por qué persistir en implementar el subsidio a la demanda como mecanismo para financiar la educación superior

Leonardo Fabio Martínez Pérez
02 de agosto de 2019 - 05:00 a. m.
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

En innumerables escenarios el país ha esgrimido fundamentadas razones por la cuales resulta inconveniente la implementación de programas de financiación de la educación superior como Ser Pilo Paga, no solo porque su alcance fue poco significativo en términos de optimización del recurso público en relación con grueso de población por atender, sino porque trasladó a instituciones privadas cuantiosos dineros que deberían haber sido destinados a la base presupuestal de las universidades públicas.

En múltiples oportunidades los rectores del Sistema Universitario Estatal (SUE) argumentaron sobre cómo programas de esas características eran ineficientes, inviables y excluyentes, pues se focalizaban en un grupo muy reducido de la población e imponían exigencias que resultaban beneficiosas para determinadas instituciones, principalmente de carácter privado ubicadas en las grandes urbes, y alejaban a los estudiantes de sus contextos regionales.

En este panorama, a finales del año pasado, se desencadenó una movilización social sin precedentes, que desde varios sectores exigía traslados presupuestales a las universidades públicas para viabilizar una educación digna y de alta calidad. Esta gran movilización tuvo como resultado la firma del histórico acuerdo entre el Gobierno Nacional y las plataformas estudiantiles y profesorales del 14 de diciembre, que asignó nuevos recursos a la base presupuestal de las instituciones públicas para los próximos cuatro años. Dentro de dichos acuerdos se incluyó en el artículo 5 una reforma integral al Icetex, que garantizaría de forma idónea y eficaz el derecho a la educación de los colombianos; este artículo comprendía la transformación de la gobernanza, estructura y características de su portafolio de servicios, así como de sus fuentes de financiación.

Pese a lo acordado, actualmente se encuentra en tránsito por la Cámara de Representantes el proyecto de ley No. 198 de 2018 que, si bien no lleva el dinero público a las instituciones privadas, sí utiliza el subsidio a la demanda como mecanismo de financiación intermediado por el Icetex. Además, aunque el proyecto menciona la creación de becas y apoyo al sostenimiento de los estudiantes de las instituciones de educación superior públicas, en realidad crea créditos condonables focalizados en poblaciones con bajos recursos de instituciones de educación superior públicas.

Este programa, al igual que los precedentes, utiliza como principios de su desarrollo la competencia y el mérito para las poblaciones menos favorecidas, manteniendo la dinámica adoptada por los gobiernos de turno desde el año 2002 en materia de acceso y permanencia en la educación superior, con la consolidación de créditos educativos y el subsidio a la demanda como mecanismos garantes del acceso a la educación superior, basados en una lógica de focalización del gasto público. Sin embargo, al estar basados en una lógica de igualdad de oportunidades, donde el mérito individual es el garante del acceso, se conduce a una reproducción de brechas y de mecanismos de desigualdad en términos de estructura social.

Estas políticas, en lugar de atender las necesidades reales del contexto nacional en la materia, han surgido como producto de las orientaciones del Banco Mundial y de la OCDE, a propósito de los objetivos para la educación superior en la región, que crean en la educación un mercado y mejoran la capacidad del sector público para atenderlo. Con estas disposiciones, las iniciativas legislativas y las intenciones gubernamentales se alejarían de garantizar y fortalecer la educación como un derecho con condiciones de gratuidad sustentadas en una financiación pública de la oferta que implica el fortalecimiento de la base presupuestal de las universidades públicas.

Claramente es urgente y necesario avanzar en la reforma de los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992 para garantizar la sostenibilidad financiera de las universidades públicas como el mejor escenario para financiar la oferta y garantizar el derecho a la educación.

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar