En los últimos 20 años el crecimiento económico del país ha estado ligado directamente a la instauración y desarrollo de un modelo económico centrado en la extracción de recursos naturales, principalmente, a través de la expansión de proyectos del sector minero-energético a lo largo y ancho del territorio nacional. Aunque muchas han sido las críticas y manifestaciones desde diferentes sectores sobre los riesgos para las poblaciones humanas y las consecuencias nefastas para la biodiversidad y los ecosistemas producto del desarrollo de estas actividades económicas, la promesa de desarrollo social en los territorios donde son ejecutados tales proyectos, no solo en función de fuentes laborales sino del mejoramiento de las condiciones de vida a través los recursos de regalías procedentes de este tipo de actividad económica, que suelen ser las principales justificaciones para su realización, no resultan apreciables.
Las regalías se conciben como el mecanismo a través del cual las empresas extractivas compensan de forma económica al Estado colombiano por la explotación de recursos naturales no renovables. De acuerdo con la ley, estos recursos deben ser invertidos en la financiación de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales; el ahorro destinado al pago de su pasivo pensional; las inversiones físicas en educación, ciencia, tecnología e innovación; para la generación de ahorro público; la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos; el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, y para aumentar la competitividad general de la economía buscando mejorar las condiciones sociales de la población.
Antes del año 2011, la asignación de recursos provenientes de regalías se concentraba principalmente en aquellas entidades territoriales en las cuales se desarrollaban los proyectos extractivos, desproveyendo al resto del territorio nacional de los recursos derivados de esta fuente. Sin embargo, a partir de la modificación de los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y de la creación del Sistema General de Regalías, se buscó una distribución más equitativa de los recursos que permitiera atender problemas de pobreza, ineficiencia de las inversiones, incorrecta utilización de los recursos y debilidad institucional en la administración de los mismos.
Esa reforma constitucional y la Ley 1530 de 2012 determinaron la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación de los ingresos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables. Establecieron, por ejemplo, que el 10 % de los recursos provenientes de esta fuente serían destinados al Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación con el fin de incrementar la capacidad científica, tecnológica y de innovación en las regiones. De la misma forma, priorizaron la asignación presupuestal para entidades territoriales en situación de pobreza, así como la distribución equitativa en las diferentes entidades territoriales a nivel nacional.
Pese a lo anterior, existen antecedentes históricos asociados a la ejecución efectiva de los recursos situados a las entidades territoriales para subsanar las necesidades básicas de la población, como en el caso del departamento de La Guajira, en donde ocurrió que a pesar de las significativas asignaciones presupuestales provenientes de regalías, que superan los $2 billones a lo largo de una década, los pobladores de diferentes municipios continúan viviendo en condiciones precarias, sin que se hayan atendido adecuadamente las necesidades básicas como suministro de agua potable y sistema de alcantarillado.
Es en ese marco que el Gobierno Nacional, a través del acuerdo con las plataformas estudiantiles y profesorales, se comprometió a la asignación de $1,5 billones para proyectos de inversión, fortalecimiento de infraestructura, investigación, ciencia, tecnología e innovación de las instituciones públicas de educación superior. Sin embargo, este compromiso no resulta ser suficiente en la ejecución efectiva de estos recursos para las universidades porque, al igual que en el caso de La Guajira, es necesaria la voluntad política de los gobernantes de las diferentes entidades territoriales y departamentales, así como la supervisión de organismos de control que garanticen tanto la asignación justa y pertinente de los recursos como su ejecución.
Lo anterior quedó demostrado en nuestra experiencia propia como universidad. Después de firmado el acuerdo en diciembre de 2018, presentamos siete iniciativas a la Gobernación de Cundinamarca para las líneas de inversión de infraestructura, dotación, regionalización y cualificación que en aquel entonces se habían definido, pero ninguna fue priorizada. Luego se hizo claridad en el sentido de que solamente se podía financiar infraestructura y, presentando las debidas justificaciones, se podrían destinar recursos para dotación, frente a lo cual se presentó un nuevo proyecto de un Centro de Formación Biocultural para la región de Gualivá de este departamento. Esta propuesta incorporó todas las recomendaciones de la Gobernación plasmadas en su Plan Departamental, pero nuevamente y a pesar de todo esto y de la importancia de la iniciativa para orientar procesos formativos con niños, jóvenes, adultos y maestros en la región sobre la biodiversidad y riqueza cultural de la región, el proyecto no fue tomado en consideración.
Aunque las regalías constituyan una fuente importante de recursos para el Estado y su distribución actual trate de utilizar criterios más equitativos para atender las necesidades del territorio nacional, aún persisten múltiples incertidumbres respecto a su manejo, al impacto real sobre las condiciones de vida de las diferentes poblaciones que requieren su ejecución efectiva, así como en relación con los procesos de fiscalización de actividades de exploración y extracción.
* Rector, Universidad Pedagógica Nacional.
En los últimos 20 años el crecimiento económico del país ha estado ligado directamente a la instauración y desarrollo de un modelo económico centrado en la extracción de recursos naturales, principalmente, a través de la expansión de proyectos del sector minero-energético a lo largo y ancho del territorio nacional. Aunque muchas han sido las críticas y manifestaciones desde diferentes sectores sobre los riesgos para las poblaciones humanas y las consecuencias nefastas para la biodiversidad y los ecosistemas producto del desarrollo de estas actividades económicas, la promesa de desarrollo social en los territorios donde son ejecutados tales proyectos, no solo en función de fuentes laborales sino del mejoramiento de las condiciones de vida a través los recursos de regalías procedentes de este tipo de actividad económica, que suelen ser las principales justificaciones para su realización, no resultan apreciables.
Las regalías se conciben como el mecanismo a través del cual las empresas extractivas compensan de forma económica al Estado colombiano por la explotación de recursos naturales no renovables. De acuerdo con la ley, estos recursos deben ser invertidos en la financiación de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales; el ahorro destinado al pago de su pasivo pensional; las inversiones físicas en educación, ciencia, tecnología e innovación; para la generación de ahorro público; la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos; el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, y para aumentar la competitividad general de la economía buscando mejorar las condiciones sociales de la población.
Antes del año 2011, la asignación de recursos provenientes de regalías se concentraba principalmente en aquellas entidades territoriales en las cuales se desarrollaban los proyectos extractivos, desproveyendo al resto del territorio nacional de los recursos derivados de esta fuente. Sin embargo, a partir de la modificación de los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y de la creación del Sistema General de Regalías, se buscó una distribución más equitativa de los recursos que permitiera atender problemas de pobreza, ineficiencia de las inversiones, incorrecta utilización de los recursos y debilidad institucional en la administración de los mismos.
Esa reforma constitucional y la Ley 1530 de 2012 determinaron la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación de los ingresos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables. Establecieron, por ejemplo, que el 10 % de los recursos provenientes de esta fuente serían destinados al Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación con el fin de incrementar la capacidad científica, tecnológica y de innovación en las regiones. De la misma forma, priorizaron la asignación presupuestal para entidades territoriales en situación de pobreza, así como la distribución equitativa en las diferentes entidades territoriales a nivel nacional.
Pese a lo anterior, existen antecedentes históricos asociados a la ejecución efectiva de los recursos situados a las entidades territoriales para subsanar las necesidades básicas de la población, como en el caso del departamento de La Guajira, en donde ocurrió que a pesar de las significativas asignaciones presupuestales provenientes de regalías, que superan los $2 billones a lo largo de una década, los pobladores de diferentes municipios continúan viviendo en condiciones precarias, sin que se hayan atendido adecuadamente las necesidades básicas como suministro de agua potable y sistema de alcantarillado.
Es en ese marco que el Gobierno Nacional, a través del acuerdo con las plataformas estudiantiles y profesorales, se comprometió a la asignación de $1,5 billones para proyectos de inversión, fortalecimiento de infraestructura, investigación, ciencia, tecnología e innovación de las instituciones públicas de educación superior. Sin embargo, este compromiso no resulta ser suficiente en la ejecución efectiva de estos recursos para las universidades porque, al igual que en el caso de La Guajira, es necesaria la voluntad política de los gobernantes de las diferentes entidades territoriales y departamentales, así como la supervisión de organismos de control que garanticen tanto la asignación justa y pertinente de los recursos como su ejecución.
Lo anterior quedó demostrado en nuestra experiencia propia como universidad. Después de firmado el acuerdo en diciembre de 2018, presentamos siete iniciativas a la Gobernación de Cundinamarca para las líneas de inversión de infraestructura, dotación, regionalización y cualificación que en aquel entonces se habían definido, pero ninguna fue priorizada. Luego se hizo claridad en el sentido de que solamente se podía financiar infraestructura y, presentando las debidas justificaciones, se podrían destinar recursos para dotación, frente a lo cual se presentó un nuevo proyecto de un Centro de Formación Biocultural para la región de Gualivá de este departamento. Esta propuesta incorporó todas las recomendaciones de la Gobernación plasmadas en su Plan Departamental, pero nuevamente y a pesar de todo esto y de la importancia de la iniciativa para orientar procesos formativos con niños, jóvenes, adultos y maestros en la región sobre la biodiversidad y riqueza cultural de la región, el proyecto no fue tomado en consideración.
Aunque las regalías constituyan una fuente importante de recursos para el Estado y su distribución actual trate de utilizar criterios más equitativos para atender las necesidades del territorio nacional, aún persisten múltiples incertidumbres respecto a su manejo, al impacto real sobre las condiciones de vida de las diferentes poblaciones que requieren su ejecución efectiva, así como en relación con los procesos de fiscalización de actividades de exploración y extracción.
* Rector, Universidad Pedagógica Nacional.