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                                                                                                                                  Van der Hammen y Cumarál: La justicia “falla”

                                                                                                                                  Mientras en Bogotá se echa de menos una consulta que ratifique la postura del alcalde, en Cumarál se ponen límites a la voluntad ciudadana. 27 años después de promulgada la Constitución, desconocemos el alcance de las consultas y tampoco sabemos cuándo deben ser indispensables.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  La decisión sobre Cumarál retoma el artículo 105 de la Constitución que se refiere al alcance de las consultas: “para decidir sobre asuntos de competencia del respectivo  departamento o municipio”. El subsuelo, es patrimonio del Estado (Art.332) por lo que, en principio, los municipios no pueden decidir, absolutamente, sobre él. Se trata de un argumento sólido al que se puede agregar el interés general, representado en los ingresos que percibe la Nación, en este caso en contravía de los locales sobre los que tendría preeminencia.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Hasta allí el asunto parece saldado, aunque la Corte estableciera, apenas ahora, la necesidad de reglamentar las consultas por parte del Congreso y aunque se pueda argumentar, también fundamentado en el interés general, que el derecho a la salud y a un medio ambiente saludable, se encuentre por encima de  intereses de particulares. No en vano la gente de Cumarál, privilegió el desarrollo sostenible sobre eventuales ingresos para su municipio.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Aunque se trate de decisiones “en derecho” en los dos casos, existen claros intereses económicos y políticos que tomarán ventaja de las controvertidas decisiones. Los de las empresas que quieren seguridad para sus inversiones; los de los dueños de predios que pueden apostar a su valorización; los de los constructores; los de políticos que quieren conseguir votos con la bandera ambiental, y los de la ciudadanía que deben ser protegidos por el Estado. En uno de ellos tenemos consultas que no aplican; en el otro, aplicarían, para respaldar o no la postura de un alcalde “interesado”,  pero no se realizaron.

                                                                                                                                  Mientras diferentes instancias judiciales toman decisiones fragmentadas y encontradas sobre temas esenciales, el ambiental y el alcance de la voluntad popular, se ha generado aún mayor incertidumbre. Mientras tanto ¿Quién protege, en tiempo real, el interés de todos?

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Mientras en Bogotá se echa de menos una consulta que ratifique la postura del alcalde, en Cumarál se ponen límites a la voluntad ciudadana. 27 años después de promulgada la Constitución, desconocemos el alcance de las consultas y tampoco sabemos cuándo deben ser indispensables.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  La decisión sobre Cumarál retoma el artículo 105 de la Constitución que se refiere al alcance de las consultas: “para decidir sobre asuntos de competencia del respectivo  departamento o municipio”. El subsuelo, es patrimonio del Estado (Art.332) por lo que, en principio, los municipios no pueden decidir, absolutamente, sobre él. Se trata de un argumento sólido al que se puede agregar el interés general, representado en los ingresos que percibe la Nación, en este caso en contravía de los locales sobre los que tendría preeminencia.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Hasta allí el asunto parece saldado, aunque la Corte estableciera, apenas ahora, la necesidad de reglamentar las consultas por parte del Congreso y aunque se pueda argumentar, también fundamentado en el interés general, que el derecho a la salud y a un medio ambiente saludable, se encuentre por encima de  intereses de particulares. No en vano la gente de Cumarál, privilegió el desarrollo sostenible sobre eventuales ingresos para su municipio.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Aunque se trate de decisiones “en derecho” en los dos casos, existen claros intereses económicos y políticos que tomarán ventaja de las controvertidas decisiones. Los de las empresas que quieren seguridad para sus inversiones; los de los dueños de predios que pueden apostar a su valorización; los de los constructores; los de políticos que quieren conseguir votos con la bandera ambiental, y los de la ciudadanía que deben ser protegidos por el Estado. En uno de ellos tenemos consultas que no aplican; en el otro, aplicarían, para respaldar o no la postura de un alcalde “interesado”,  pero no se realizaron.

                                                                                                                                  Mientras diferentes instancias judiciales toman decisiones fragmentadas y encontradas sobre temas esenciales, el ambiental y el alcance de la voluntad popular, se ha generado aún mayor incertidumbre. Mientras tanto ¿Quién protege, en tiempo real, el interés de todos?

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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