Los monopolios limitan la capacidad de elegir de los consumidores y generalmente ofrecen, a precios superiores, productos subóptimos o de mala calidad; inhiben la innovación; y resultan en una distribución inequitativa de la riqueza al concentrar los beneficios en una sola entidad. En algunos casos muy concretos se puede dar un monopolio otorgado por el Estado a un único agente económico y esta excepción ocurre cuando no hay otros agentes en capacidad de prestar un bien o un servicio. El artículo 336 de la Constitución del ‘91 permite que exista en Colombia el Monopolio de Licores con el fin de recaudar impuestos para los sectores de la salud, la educación y el deporte.
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Los monopolios limitan la capacidad de elegir de los consumidores y generalmente ofrecen, a precios superiores, productos subóptimos o de mala calidad; inhiben la innovación; y resultan en una distribución inequitativa de la riqueza al concentrar los beneficios en una sola entidad. En algunos casos muy concretos se puede dar un monopolio otorgado por el Estado a un único agente económico y esta excepción ocurre cuando no hay otros agentes en capacidad de prestar un bien o un servicio. El artículo 336 de la Constitución del ‘91 permite que exista en Colombia el Monopolio de Licores con el fin de recaudar impuestos para los sectores de la salud, la educación y el deporte.
De acuerdo con un excelente análisis de la redacción judicial de El Espectador, la Corte Constitucional estudia actualmente una demanda con la que piden tumbar la ley que permite a las licoreras de cada departamento bloquear en sus territorios la llegada del aguardiente de otras partes del país. Los magistrados, según dicho artículo, “tendrán que tomar la decisión de eliminar la norma y darle vía libre a la venta de cualquier licor en todo el territorio nacional, o si mantendrán los cercos para que solo se comercialicen productos locales”. Para los abogados demandantes, “los cercos de la ley vigente ‘desdibujan lo dicho en la Constitución, de que Colombia es un Estado unitario en el que las libertades públicas están garantizadas en todo el territorio nacional’”. Esto, señalan, “porque al tener cada departamento la posibilidad de bloquear la llegada de productos, crearía 32 jurisdicciones distintas con normas particulares”.
Más allá de la decisión de la Corte sobre la comercialización de licores en el país, lo que se debe buscar es la eliminación total del monopolio de licores, cuyos beneficios son inexistentes. Según el ya mencionado artículo, el mismo gobernador de Caldas, Henry Gutiérrez Ángel, argumentó que el monopolio “tal cual viene actuando, limita la libertad de los ciudadanos e incentiva el mercado ilegal, en el cual se abre una brecha para la adulteración de productos”. Según el gobernador, “abrir el mercado no es sinónimo de destruir las industrias licoreras, sino que las impulsaría a ser más competitivas y que a su vez permite a los ciudadanos elegir entre una mayor variedad de productos de calidad”. Habiendo múltiples agentes que estarían en capacidad de participar en el negocio de los licores, nada justifica un monopolio cuyo único propósito pareciera ser satisfacer los apetitos de una parte pequeña de la casta política. Al ponerle fin al monopolio de licores, lo que debe hacerse –aparte de fortalecer el impuesto al consumo que ya existe– es construir los mecanismos que sean necesarios para asegurar que todo gravamen al alcohol le llegue directamente a los departamentos para invertir en salud, educación y deporte. En pleno siglo XXI, un Estado cantinero, más que una aberración, es totalmente superfluo e innecesario.
Apostilla: Si se acepta la peregrina tesis de que aquellos elegidos por el voto popular no pueden ser investigados, entonces debemos eliminar de la historia el “Proceso 8.000″ y archivar toda investigación relacionada con Odebrecht.