Expedida la Constitución de 1886, prácticamente no rigió porque la Regeneración prefirió acudir a las normas transitorias que le permitían seguir en el poder. Por ejemplo, por mucho tiempo se acudió al ordinal k para que no hubiera libertad de prensa. Solo hasta 1910 fue cuando a esa carta se le introdujeron algunos principios democráticos, como la representación de las minorías, que permitieron hacerla un poco más aceptable. Siguieron los gobiernos conservadores hasta 1930, cuando se eligió a Enrique Olaya Herrera, a nombre de lo que se llamó la Concentración Nacional. La reforma constitucional de Alfonso López Pumarejo de 1936 fue la que introdujo los principios liberales y cambió sustancialmente la Constitución aprobada por la Regeneración 50 años atrás.
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Expedida la Constitución de 1886, prácticamente no rigió porque la Regeneración prefirió acudir a las normas transitorias que le permitían seguir en el poder. Por ejemplo, por mucho tiempo se acudió al ordinal k para que no hubiera libertad de prensa. Solo hasta 1910 fue cuando a esa carta se le introdujeron algunos principios democráticos, como la representación de las minorías, que permitieron hacerla un poco más aceptable. Siguieron los gobiernos conservadores hasta 1930, cuando se eligió a Enrique Olaya Herrera, a nombre de lo que se llamó la Concentración Nacional. La reforma constitucional de Alfonso López Pumarejo de 1936 fue la que introdujo los principios liberales y cambió sustancialmente la Constitución aprobada por la Regeneración 50 años atrás.
Los presidentes posteriores, incluidos los del Frente Nacional, gobernaron con esa Constitución, pero acudieron a una norma excepcional que se volvió permanente: el estado de sitio consagrado en el artículo 121. Se empleó para todo y, lo más paradójico, sirvió hasta hacia acabar con ella misma. Gracias a un decreto de estado de sitio se convocó la Asamblea Nacional Constituyente que aprobó la Constitución de 1991. Por eso siempre se dijo que el 121 comenzaba con uno y terminaba con uno.
Si bien el 121 hablaba de conmoción interior y guerra exterior, también permitió legislar para el orden público económico, lo que dio margen para que se aprobara en la reforma constitucional de 1968 un artículo nuevo que lo reglamentara.
En la Constitución del 91 se mantuvieron los estados de excepción, pero los gobiernos han sido muy cautos en utilizarlos. Sin embargo, consejeros del actual gobierno, en un acto de “grandeza”, para desconocer los acuerdos de paz, tuvieron la feliz iniciativa de proponer la conmoción interior. ¡Qué tal! Después de todo lo que se luchó para evitar el mal uso del estado de sitio, el único camino indicado es revivir el 121. Acabar con uno y terminar con uno.