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                                                                                                                                Fumar sobre mojado

                                                                                                                                En 2024 se cumplen 30 años del fallo de la Corte Constitucional sobre la dosis mínima. Fue una revolución en un país donde la palabra marihuanero era todavía un insulto de lesa humanidad. La sentencia declaró inconstitucional artículos del Código Penal que imponían tratamiento médico a los consumidores de “cualquier droga que produzca dependencia”. El “manicomio” por cárcel, para decirlo en palabras de nuestra prehistoria. Se confundía consumo con drogadicción y se prometía una cura peor que la “enfermedad”. El resumen de la sentencia es sencillo. Un Estado que se dice defensor de la dignidad humana y de la libertad individual no puede imponer penas ni tratamientos obligatorios por conductas que no afectan los derechos o la autonomía de otras personas. No se puede educar a los ciudadanos mediante el derecho penal, sus facultades punitivas no pueden usarse para obligar a la sobriedad ni a otras supuestas virtudes.

                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Luego de 15 años del fallo vino el cambio constitucional impulsado en el segundo gobierno de Álvaro Uribe. La segunda reelección ameritaba empujar esa obsesión. “Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad”, decía el articulito e invocaba medidas “pedagógicas, profilácticas, terapéuticas” para los “enfermos”. ¿Estado profiláctico? ¡Que bellos antecedentes! De nuevo la Corte corrigió la página. Se puede cambiar la constitución, pero no hacerlo de tal manera que se desvirtúen derechos y garantías que hacen parte de su esencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Luego de 15 años del fallo vino el cambio constitucional impulsado en el segundo gobierno de Álvaro Uribe. La segunda reelección ameritaba empujar esa obsesión. “Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad”, decía el articulito e invocaba medidas “pedagógicas, profilácticas, terapéuticas” para los “enfermos”. ¿Estado profiláctico? ¡Que bellos antecedentes! De nuevo la Corte corrigió la página. Se puede cambiar la constitución, pero no hacerlo de tal manera que se desvirtúen derechos y garantías que hacen parte de su esencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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